picture_as_pdf 2013-10-29

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

VELIA R. DE BENSULEY


Por disposición del Juzgado de 1ra. Inst. de Dist. Civ. y Com. de la 10°. Nom. de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo Oroño, Secretaria Autorizante, hace saber que en los autos: SCARABINO, GERARDO RAMON FRANCISCO s/ Quiebra, (Expte. Nº 653/02), la Martillera, Velia R. de Bensuley Mat. 321-R. 24- realizará la subasta del rodado Marca Mercedes Benz Sedan 4 Ptas. Modelo 300 D. Turbo año 1989 P.- Reg de importación P. Discapacitados Ley 19.279. Dominio WWH 613.” Informe del Registro Propiedad Automotor, consta el vehículo a nombre del fallido en un 100% en las condiciones que se expresa, no registrando Prendas y que dará a conocer mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y diario “El Forense” por el término de ley, señalase la fecha de subasta para el día 14 de noviembre de 2013 a las 15:30 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de esta ciudad, conforme las condiciones de subasta peticionadas, saliendo el rodado por la Base de $37.000. Facúltase a sufragar los gastos preparatorios de la subasta, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. Hágase saber en los edictos y publicidad complementaria que el rodado estará en Exhibición para ser revisado por los interesados los tres días hábiles anteriores a la subasta de 09:30 a 11:00 hs. en calle Liniers 2450 de esta ciudad. El rodado saldrá a la venta en el estado que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores a la subasta. Los gastos de transferencia, impuestos, patentes y multas que se adeudaren serán a cargo del comprador. El mismo deberá abonar en el acto en efectivo y/o cheque certificado, el 20% del precio de compra y el 10% de comisión al martillero, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por la cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante ante la AFIP. El saldo de precio deberá abonarse por transferencia interbancaria dentro de los tres días intimado el comprador luego de aprobada la subasta, al Banco Municipal de Rosario suc. Caja de Abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos, bajo apercibimiento en caso de imcumplimiento de perder el importe entregado a cuenta de del precio. Los gastos de transferencia, impuestos, patentes y multas que se adeudaren será a cargo del comprador. El IVA si correspondiere estará incluido en el precio de venta, debiendo el adquirente acreditar en el acto de remate su condición frente al tributo con comprobante emitido por AFIP-DGI y su correspondiente D.N.I. Atento la modificación introducida por art. 75 de la ley 24.441 al art. 3936 C. Civil, no procederá la compra en comisión. La entrega del rodado se hará una vez acreditado el pago total del precio de compra. Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 22 de Octubre de 2013. Carla V. Gussoni Porrez, secretaria.

S/C 214099 Oct. 29 Nov. 4

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POR

MARCELO EDMUNDO POLIOTTI


Por disposición Sr. Juez de 1ª Int. de Dist. Civ. y Com. de la 8ª. Nominación de Rosario Secretaría del autorizante se dispone en autos “MANGANARO PEDRO c/OTRO y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA” Expte. 268/10, que el Martillero Marcelo Edmundo Poliotti C.U.I.T. 20-12112569-3 y con oficina en la calle Corrientes 964 PB Of. 2 de Rosario, venda en pública subasta, el día 12 de Noviembre del 2013 a las 15:30hrs. en la Asociación de Martilleros de Rosario sita en la calle Entre Ríos 238, de resultar inhábil el día fijado o por fuerza mayor, se realizará el día hábil posterior, el siguiente inmueble a saber: “La parte pro-indivisa y proporcional del terreno y las cosas comunes y la unidad que forma parte del edificio situado en esta ciudad en la calle Santa Fe Nº 1535, designada como Unidad Once - Parcela Cero Ocho - Cero Uno, ubicado en el octavo piso con entrada por calle Santa Fe 1535 destinada a vivienda. Posee una superficie de propiedad exclusiva de 95,66 metros cuadrados; de bienes comunes de 38,6 metros cuadrados, con un valor proporcional de 8,25%.- Dominio Inscripto al Tomo 1015; Folio 358; Número 404376 - dpto. Rosario.- PH.- El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos. La Base de la subasta es de $ 942.500.-, Retasa 25% $ 705.875.- y de persistir la falta de interesados a continuación el bien saldrá de la venta. Informe del Registro de la Propiedad: Dominio: consta el dominio, Hipotecas: Tomo 578b Folio 264 Número 404635 F. insc. 03/11/06 F. carga por pesos 240.000.- “Manganaro Pedro c/Otro y otro s/Ejecución Hipotecaria” embargos Tomo 117E; Folio 7699; número 422711 del 30/12/08; por $ 15.000.- A favor de Manganaro Pedro c/Otro y otro s/Emb. Prev. - Expte. 2201/08 oficio 2284 del 26/12/08. Juz Circ. 4° Nom. de Rosario; Tomo 121E·; Folio 2356; Número 355020 del 03/07/12; por $ 155.106,33; a favor de Manganaro Pedro y Ot. c/Otro y Ot. s/Embargo Preventivo - Oficio 1657 del 29/06/12. Juz Circ. 4° Nom. de Rosario.- Inhibiciones: no posee.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta 10% seña a cuenta precio total, más la comisión de ley del 3%, únicamente con cheque cancelatorio y/o cheque certificado cuando supere la suma de $ 30.000.- de conformidad con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de esta Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documento a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por la cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Déjese constancia que el comprador en remate podrá solicitar la inscripción del mismo en el Registro General de la Propiedad Inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas y contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pese sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales o comunales), I.V.A. si correspondiere y gastos, como así mismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto Nacional a la trasferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. Corresponde a los demandados D.N.I. Nro. 27.163.801 y D.N.I. 29.677.601. Todo lo que se hace saber a sus/efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario de octubre de 2013.- Fdo Dr. Santiago M. Male Franch, secretario.

$ 860 214088 Oct. 29 Nov. 1

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y LABORAL


POR

GABRIELA PINAT


Por disposición del juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 14 Segunda Nominación Villa Constitución, la secretaria que suscribe hace saber que en autos COMUNA DE PAVON ARRIBA c/OTRO s/APREMIO FISCAL, Expte. 847/2009, se ha dispuesto que la martillera Gabriela Pinat CUIT N° 27-18107907-5, a los fines de la realización de la subasta ordenada en autos, se designa como lugar la sede del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Pavón Arriba, Depto. Constitución, el día 8 de noviembre del 2013 a las 11 hs. o, de resultar inhábil, el día hábil inmediato posterior. El 100 % del inmueble cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 106, Folio 383, Nº 91.692, Depto. Constitución, saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra (desocupado), con la base de $ 17.984 (pesos diecisiete mil novecientos ochenta y cuatro) (40% de la tasación realizada). Seguidamente, si no hubiere postores, con retasa del 25% y si tampoco hubiere postores, una tercera subasta con una base del 30% de la primera. En el acto del remate, el comprador deberá abonar el 30% del precio total en efectivo o cheque certificado con más la comisión de ley al martillero (3%). Con relación al saldo de precio, deberá ser pagado por el adquirente dentro de los 30 días de celebrada la subasta o con la aprobación de la misma (el plazo que sea menor), mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para estos autos y a nombre de este Juzgado; caso contrario, deberá abonarse por el retraso en concepto de interés, la tasa activa que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en las operaciones de descuento desde la fecha de la subasta, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C.C., y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de remate, a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. La martillera deberá informar en el acto de remate los importes actualizados de las deudas que el inmueble posea en concepto de tasas e impuestos, contribuciones y servicios y/o cualquier otro gravamen que pese sobre el mismo, los que serán a cargo del comprador en su totalidad, así como I.V.A. si correspondiere, los gastos, sellados y honorarios producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, y los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso, todo lo cual deberá ponerse en conocimiento de los interesados previo al acto de remate. Efectúense las comunicaciones del art. 506 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes, con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del C.P.C.C.. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los art. 494 y 495 del C.P.C.C., con constancias de haberse efectuado las publicaciones edictales y notificaciones ordenadas en el presente proveído, y permanecerá en Secretaría. El inmueble será exhibido los cinco días hábiles anteriores a la subasta, en horarios hábiles, lo que se hará saber a los demandados y/o sus ocupantes a efectos de permitir el acceso y exhibición a los posibles adquirentes, bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el diario “BOLETIN OFICIAL” de conformidad al art. 492 y c.c. del C.P.C.C. modificado por Ley Provincial N° 11.287, y en el hall de Tribunales. Notifíquese por cédula a la demandada titular del dominio. Ofíciese al Juez Comunal con competencia en la localidad de Pavón Arriba a los fines peticionados. Se hace saber que los títulos de dominio se encuentran en Secretaria a disposición de los interesados a los fines de su examen. (Expte. Nº 847/09). Firmado Dra. Griselda Ferrari Jueza, Secretaria Dra. Dora Diez.- El inmueble a subastar es un lote de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en el Pueblo de Pavón Arriba, Depto. Constitución, de esta Pcia., ubicado en la esquina que mira al Sud y al Oeste, formada por las calles Cattaneo y Bella Vista, compuesto de 17,32 mts. de frente al Oeste, por 43,30 mts. de fondo y frente al Sud, con una superficie de setecientos cuarenta y nueve metros noventa y cinco decímetros cuadrados. Linda al Oeste, con la calle Cattaneo; al Sud con la calle Bella Vista; al Norte con el lote 18 y al Este con el lote 16.- Dominio Inscripto al Tomo 106 Folio 383 Número 91692 Depto. Constitución, a nombre del demandado.- Del informe del registro General de la propiedad consta inscripto a nombre del demandado, hipotecas no registra, embargos sí al Tomo 119 E Folio 3071 Número 356503 por $ 17.921,42 Reaj. No, fecha 21/07/2010 inscripción definitiva, en los presentes autos y juzgado, oficio Nº 873, de fecha 19/05/2010. No registra inhibiciones.-Todos los informes previos agregados a los autos para su revisación en secretaria no admitiéndose reclamo alguno posteriori de la subasta por falta o insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Publicación sin cargo. Villa Constitución,9 octubre del 2013.- Secretaria Dra. Dora Diez-

S/C 214063 Oct. 29 Oct. 31

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