picture_as_pdf 2013-10-29

MINISTERIO DE OBRAS

PUBLICAS Y VIVIENDA


NOTIFICACION


Conforme lo ordenado en el Expediente Nº 00601-0043958-4, relacionado con la notificación de la Resolución N° 431/13 a la firma DICON S.R.L., con último domicilio conocido en calle Chiclana N° 1085 Rosario (CP 2000) se ha dispuesto publicar el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL a fin de notificar la mencionada Resolución N° 431/13 cuya parte pertinente se transcribe a continuación: “VISTO ... CONSIDERANDO ... RESUELVE ... ARTICULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública convocada para la contratación de la obra “CONSTRUCCION DE GALPONES Y OFICINAS PARA SECCIONES RODADOS Y LOGISTICA - U 2 - CARCEL LAS FLORES - SANTA FE - DEPARTAMENTO LA CAPITAL, realizada en fecha 18 de diciembre de 2008, y en el marco de las facultades conferidas por el artículo 30º de la Ley de Obras Públicas Nº 5188, desestímanse las propuestas presentadas por las firmas oferentes en el acto licitatorio y procédase a la devolución de las garantías, atento a lo expresado en los considerandos precedentes ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 10332 Oct. 29 Oct. 31

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MINISTERIO DE AGUAS,

SERVICIOS PUBLICOS Y

MEDIO AMBIENTE


RESOLUCION Nº 263


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”

VISTO:

El expediente N° 02101-0013506-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que en los informes producidos por el Proyecto Evaluación del Recurso Sábalo se sugiere la conveniencia de conservar ambientes donde las poblaciones de sábalo (Prochilodus lineatus) se encuentren libres de presión pesquera, manteniendo así una reserva poblacional y genética para la especie;

Que existen ambientes pertenecientes a las cuencas del río Salado y el arroyo Saladillo que hasta el momento se han mantenido fuera del área explotada por la pesquería comercial de sábalo, funcionando de hecho como áreas de reserva y re poblamiento;

Que estudios realizados por la Dirección General de Manejo Sustentable de los Recursos Pesqueros de la Secretaría de Medio Ambiente, confirman la importancia de estos ambientes como áreas de reproducción y cría para el sábalo y otras especies de interés comercial;

Que la constante expansión de la demanda externa estimula el continuo crecimiento y capitalización del sector pesquero provincial, llevándolo a aumentar su poder de pesca y a extender el área ocupada por la pesquería;

Que por lo tanto existe el riesgo cierto de ocupación de áreas hasta hoy libres de extracción pesquera, con lo cual se sometería a la especie sábalo a una nueva presión que podría llevarla a una situación de compromiso poblacional, con las consecuencias previsibles de colapso de la pesquería y todas las secuelas ecológicas, económicas y sociales que eso implica;

Que siendo necesario mantener la actividad pesquera dentro del marco del desarrollo sustentable, es menester tomar medidas regulatorias que prevengan las situaciones planteadas en los considerandos anteriores;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido en las Leyes Nº 12.212 y Nº 12.817, su Decreto Reglamentario 0025/07 y artículo 1°, Inciso 19 de la Resolución No 083/08, ampliada por su similar No 498/09, ambas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Derógase la Resolución N° 131 de 2006, emanada de la ex Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable conforme a los considerandos vertidos en el presente, decisorio.-

ARTICULO 2°.- Prohíbese la pesca del Sábalo (Prochilodus lineatus) en los territorios y ambientes mencionados a continuación:

a) Departamentos Vera, 9 de Julio, San Cristóbal y San Justo en toda su extensión

b) Departamento San Javier, en los ambientes ubicados al oeste de la Ruta Provincial Nº 1.-

ARTICULO 3°.- Prohíbese la actividad de acopio de sábalos (Prochilodus lineatus) que hayan sido capturados en los territorios y ambientes citados en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Las infracciones a la presente resolución serán sancionadas Conforme lo establecido en la Ley Nº 12.212 y su Decreto Reglamentario Nº 2.410/04.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. CESAR E. MACKLER

Secretario de Medio Ambiente

S/C 10330 Oct. 29 Oct. 30

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACION DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0029802-7 y sus agregados por cuerda floja Exptes. N° 16101-0136066-3 y 16101-0136303-9 del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1993 de fecha 25/07/12 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor DOSIO, WALTER ADRIAN, con último domicilio conocido en San Martín 247 de la localidad de Río Primero, Provincia de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 448 dictada el 1 de Julio de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando ... Resuelve: ... ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1365/2012. ARTICULO 2º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1993 de fecha 25/07/12, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 3º.- Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por MOLIENDAS RINCON S.R.L., con apoderada, contra el acta de Infracción Nº 1993/12 por los motivos invocados y elevar las actuaciones al M.O.P. y V. atento a la apelación planteada subsidiariamente. ARTICULO 4º.- Intimar al Sr. DOSIO, WALTER ADRIAN, en carácter de conductor, con domicilio en San Martín 247 de la localidad de Río Primero, Provincia de Córdoba, al transportista BANCO CREDICOP COOP. LTDA. con domicilio en Reconquista 484 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y al transportista y cargador MOLIENDAS RINCON S.R.L., con domicilio en Kennedy 121 de la localidad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba y/o Corrientes Nº 8 de la localidad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 118.624,66 (Pesos Ciento Dieciocho Mil Seiscientos Veinticuatro con 66/100) con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante Cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 5º.- La falta de pago en el término otorgado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión Iveco, Modelo 180 E 33, Dominio Chasis KSU 769, Dominio Acoplado LDY 397, Sr. DOSIO, WALTER ADRIAN, con domicilio en San Martín 247 de la localidad de Río Primero, Provincia de Córdoba, el transportista BANCO CREDICOP COOP. LTDA. con domicilio en Reconquista 484 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y el transportista y cargador MOLIENDAS RINCON S.R.L., con domicilio en Kennedy 121 de la localidad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba y/o Corrientes Nº 8 de la localidad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba, tendiente al cobro de la suma de $ 118.624,66 (Pesos Ciento Dieciocho Mil Seiscientos Veinticuatro con 66/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 6º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL, a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 10331 Oct. 29 Oct. 30

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ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS


POR MARTILLERA

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 1-A de Rosario, a cargo del Dr. Hector Zucchi, Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ LADRICOR S.R.L. s/ EJECUCION FISCAL”, Exp.N° 89.935-A, Boleta de Deuda N° 40.063/2012, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 20 de Noviembre de 2013, a las 15 hs., la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv.Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Un lote de terreno con todo lo en el existente situado en la localidad de Correa, en este Departamento y Provincia, que forma parte de la manzana Nº 8 del plano oficial al Sud de las vías férreas y que de acuerdo al plano que cita el titulo archivado en el año 1961 bajo el Nº 29.958 se designa como lote “I-b” ubicado con frente al Este sobre calle Lisandro de la Torre a los 29,78 m. hacia el Sud del Boulevard San Martin y se compone de 11 m. de frente por 25,33 m. de fondo, lo que forma una superficie total de 278,63 m2., que lindan: por el Este con calle Lisandro de la Torre; por el Oeste con propiedad de Hector Rodriguez; por el Norte con el lote I-a; y por el Sud con el lote I-c ambos propiedad de don Luis Ernesto Ramponi.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 249 Fº 25 Nº 300.810 DPTO. IRIONDO.- Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de la firma demandada, registrándose lo siguiente: Hipoteca: Al Tº 556 B Fº 462 Nº 300.811 del 06.01.1999, Escritura Nº 410 de fecha 03.12.1998, Escribano Maria Isabel Martinez, en 1º grado, por U$S 12.000.-, acreedor Morales Alejandro; Embargos: Al Tº 122 E Fº 1970 Nº 342.714 del 03.06.2013 o/los presentes autos y Al Tº 122 E Fº 324 Nº 312.263 del 19.02.2013 por $ 116.832,12, o/Juz.Federal Nº 1 Rosario, Exp.Nº 75.144/2010, autos Fisco Nacional (AFIP) c/Ladricor SRL s/Ej.Fiscal; e Inhibición: Al Tº 14 IC Fº 725 Nº 373.645 del 10.08.2004 s/monto o/Juzgado Civil, Comercial y Laboral Nº 2 Cda.Gomez, Exp.Nº 266/2004, autos Ladricor SRL s/Concurso Preventivo.- El inmueble saldrá a la venta con la condición de “Ocupado”, según constancias de autos, con la Base de $ 80.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 60.000.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa saldrá nuevamente a la venta con una 2º Retasa del 25 % de la 1º Retasa o sea $ 45.000.- y de persistir la falta de postores por la 2º Retasa la subasta se declarara desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10 % del precio de compra como seña, con mas el 3 % de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias del título de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios y/o contribuciones de mejoras que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera Te. 0341-4402392.- En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del ejecutado es 33-67388974-9 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista).- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 21 de Octubre de 2013. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C. 214223 Oct. 29 Oct. 30

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