picture_as_pdf 2008-10-29

INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL DE ROSARIO


INTIMACION


Ente administrador del SEGURO Y SUBSIDIO MUTUAL- MUNICIPAL, intima a los deudos y/o familiares y/o responsables de las personas fallecidas, cuyo detalle se desarrolla a continuación, para que en el término perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles a partir de esta publicación comparezcan en el horario de 07:00 hs. a 13:00 hs., por ante la sede de la Institución, sito en la calle San Lorenzo Nº 1055 de Rosario, a los fines de prestar conformidad y arbitrar los medios para el desalojo de los nichos ocupados en el panteón social del cementerio “El Salvador” cuyo término de comodato gratuito ha expirado, por haberse excedido los períodos previstos en el “Reglamento General de los Panteones Sociales de los cementerios El Salvador y La Piedad” dictado conforme facultades conferidas por Ordenanza Nº 7821/05. Se hace saber por este medio que en el caso de no dar respuesta a esta Intimación, el Instituto procederá a su desalojo e inhumación en las Parcelas del mismo en el Cementerio Jardín de Ibarlucea, sin derecho de los mismos a reclamo Indemnizatorio de ningún tipo.


1ER PISO 1ER PISO 1ER PISO


HUSAREWIEZ ELVIRA FERNANDEZ TOMAS ALMARAZ ELSA ROSA

DE FERRERI JORGE ORLANDO RIZZO JUAN MENOZZI IRMA

PEREZ SARA CATALINA ERALTA JUAN EULOGIO DUARTE JOSE DE JESUS

PERNA ALEJANDRO BALAGUER CONCEPCION GONZALEZ OSCAR LUIS

ENRIQUE TEODORO BRAULIO GONZALEZ PEDRO RAFAEL ROLDAN IRENE AMANCIA

LAIMO JOSEFA RUIZ DE JUANTO ELENA BARRAZA EDELMIRA M.

RANCIA TEOLIFO GUZMAN MARTINEZ FELISA ANA TORRES HERMINIA HAYDEE

RAS DE LEDESMA VICTORIA PEREZ FELICIANA SUAREZ TERESA FRANCISCA

BALBI FLORO AGAPITO RUIZ RUANO FRANCISCO FALCOFF JUANA

BECERRA HUGO ARIAS JUILIA LUGARDA TORRES SALVADOR JULIO

PEDAFLOR GUILLERMO RITO TERRAZZINO CARMEN RAMOS JORGE

CENTENO JOSE INDORADO ELVIRA LONGOS ANTONIA

CARBALLO ALEJANDRO FIDEL SACCANI RUBEN JUAN ANGEL STAVIO EUGENIA

MARTINEZ JOSE MATO DE LUDUEDA EUFEMIA CANCELA DE CARROLI CARMEN

GONSOLIN EMILIO ROBERTO CURCI MIGUEL MARITANO OLGA

SANTORO HAYDEE IRMA RAMOS JUAN CARLOS ARAYA DE SOUSA RAMONA

PIDA DE COLOVINI ARTEMIA GIOIOSA JUAN DELLA MAGDALENA MIGUEL

MAIOCCO DE BUTICE TERESA BANCORA AMARANTO ORLINDO CORDARO DE SOSA ROSARIO

CASTAGNO MIGUEL VITELLI ALCIDES ANIBAL CASTADEIRA JUAN MANUEL

LAZARI TERESA DIAZ ROSARIO EUFEMIA GOROSITO DE CANO SARA

IRIARTE DE GONZALEZ ZULEMA JONAITIS BRUNO ALVAREZ GUILLERMO FAUSTO

RUSSO DOMINGO GONZALEZ DE SMETILCOVICH ORELLANO VALENTIN DOLORES

CASTEDA JOSEFA LOMBARDO ALBERTO DELLACORTE MANUEL REYNAL

TAGLIAFERRI ITALO GARCIA EDUARDO MARIO RIVERO MAGDALENA LEONOR

NIEVES ALMANCIA ORNIZA LATORRE NORBERTA GIACOMETTO CARLOS EMILIO

CORONEL CLAUDIO RAMON LASSALLE ASENCIO MARIO DEPORTE ANA MARIA

PEDALINO CARLOS LOPEZ VICTOR DIAZ DE GONZALEZ NORBERTO

BUSTOS ANICETA LIDIA PESOA MARIA VIVIANA LASCALA DOMINGA

AHUMADA OSVALDO SIMPLICI ORSINI MARIA ESPINOSA DIEGO

ONESTO IGNACIO JOSE SALGUERO RAMON LAZZARINETTI DAVID

RETAMAL JUAN CARLOS GUSMAN DE RUIZ FELIPA TABOADA JOSE ROBESTIANO

SANCHEZ ANDRES NOCERA LUIS GUIRADO JUAN JOSE N.

ISEA DE MONTOYA AURORA GHIRARDI MARTIN RAMON GARRIDO PETRONILA

MORIS BALBINO JOAQUIN GARCIA ALBERTO BLOIS LIDIA SUSANA

ALVAREZ ROSALIA TARUSELLI CARLOS ALBERTO PEREYRA DE BARILEAU I.

LAFFATIGUE CARMEN TEODORA DELLACASA CARLOS ALBERTO LAFFATIGUE CIRIACA

BERMUDEZ ENRIQUE WENCESLAO GIMENEZ ROSA MARIA FIRO DE MAIOCCO ANGELA

MODRI ESTANISLAO GROSSO DE GOLCHMIDT A. MAINETTI OSCAR VICTOR

BRAZZA CLOTILDE TODORA GALAN CARLOS GERONIMO CASELLA DORA

MARQUEZ FELICIANO FONTANA ANTONIO AVALOS DESIDERIO EUSEBIO

GUFFANTI JUAN ANTONIO IGARABIDE MARIA ELISA GUATELA JOSE

LOGOS DE BLANCO JUANA FERRAGUT BARTOLOME GEORGE BENJAMIN ENRIQUE ROBLES JOSE ROSSI LUISA MARANGHELO ZULEMA

AMAYA EUGENIO ANTONIO SILVA FAUSTINO SOLITARIO DIMANGANO DORA CATALINA

BARRIENTOS HILDA ELBA CULLA FRANCISCO LO PRESTI ALBERTO

BEVACQUIA ENGRACIA CHAMORRO FELIX MONTERO MATILDE JOSEFA

ARCE JUANA BIENVENIDA BERON DE POTOU MATILDE AYALA MARCIAL

SAEZ PETRONA LISTER DE GONZALEZ FLORA VENSEDOR ALBERTO

SALAZAR LUISA RODRIGUEZ TOMASA MONSERRAT DOMINGA

FERNANDEZ ALBERTO B. GALDIZ ANDRES FRANCISCO SEGOVIA SANTIAGO

CEBALLOS ALCADIO ALBERTO CALONJE MARIA RAMSARES PALACIOS GENOVEVA

DOFFO ARMANDO BARGAS MARIA LUISA FANTONI VICTOR JORGE

MARTINA TERESA DEL PILAR BAIO JUAN LLORCA FERNANDO LUIS

BOTTI ANGELA PETRONA RODRIGUEZ ANTONIA CASTRO CARMEN

SOSA SEVERA VICTORIANA CASTRO MANUEL DE SANTA LEDESMA SARA RAMONA

ALTAMIRANO CARLOS SARCO FIDEL TOLOSA HIPOLITO

IBADEZ JOSE TEODORO BECERRA Y GARCIA TEODORA ESPINOSA VIRGINIA

DOMINGUEZ CESAR JULIO GRANADA RAMON FERNANDO RAMOS FLORENTINA

GUTIERREZ RAMON FAVA SALVADOR ALBANO BURGIO ROSA


2DO PISO 2DO PISO 2DO PISO


ALI ROBERTO LEPPEZ DE BRAZZA NELIDA GOMEZ LEONARDO MANUEL

BERARDINELLI CARMEN VALDEZ LUIS ALTAMIRANO LUIS

TABORDA MARIA TERESA DIAZ VICTORIANA CELINA NARDIELLO JUAN

VALLEJOS MARIA ANTONIA VILLARRUA MARIA CARMEN GRANISE AIDA MARIA

SKOP DE CIPOLLA OLGA CALCABRINI OLIVIA ALDOVI CENSABELLA DE GODOY ROSA

COLASANTA SALUSTIANO RIBLES JOSE ROBERTO ROJAS VICTOR VICENTE

PANTALONE FELIX VARGAS FELIPE FLORENCIO PERISSET GILBERTO

MUDO SEGUNDO BAUTISTA BRIZUELA DOMINGO CASTADEDA ENRIQUE MARTIN

OVIEDO ZENON JORGE CUSENZA ROSARIA VILLALBA SARA OFELIA

BRUNETTI JUAN NUDEZ JUSTO PITTAVINO ARMANDO

MAGALDI ARCANGELA TIBERI LUIS EL GARIP VIDA

SANCHEZ DE LUJAN MANUELA OSUNA JUAN CARLOS CORTEZ DE GALVAN PILAR

AZCURRA MARCELINO QUIROGA DOMINGO ALFREDO CICIONI DE CONTO LIDIA

BUFFA ESTEBAN RICARDO ENRIQUEZ GUINDITA GIGENA EUGENIO PEDRO

GONZALEZ ANTONIA PALOMINO RAMON JOSE CHOCHOY MARIA

MOREIQUE NELLY RAMONA VELEZ ISMAEL CHAVARRI GERONIMO

NATELLI MARIA NICOLA REYNOSO FEDERICO ASTURZI ADOLFO

RODRIGUEZ ERNESTO S. TUTTOLOMONDO MANUEL PECA ERMINIA

MENDEZ ELIAS LIBRADO CERRUTTI ANTONIA ANITA TASSI GUILLERMO

CONDE PAULINO LIGORIO SANGUEDOLCE ANTONIO OJER FRANCISCA

MOYANO PABLO C. ALBARRACIN MARGARITA DORA MARIANETTI CLEDIA ROSALIA

FREGONI ANGEL SANTOS FERNANDEZ DE RIGAMONTI J. DE SANTIS ADELIANA

MAURO AMADEO BRIGNARDELLO ANTONIO AGUIRRE DOMINGO ALBERTO

FERRERO CORINA ESTHER PETRONACCI MIGUEL MIRANDA DOLORES

COSTA DE QUIROGA ROSA MORENO RAMON ROSA MUJICA EUSEBIO

GOMEZ SANTIAGO DEL RE ANTONIO LOPEZ VICENTE

ANESSI VICTOR RIOS ISMAEL LEDESMA PAULINA ROBERTA

FRANCO CONCEPCION SZOMREF BRONISLAO GARAY DE ROMERO CLORINDA

FARIAS ACUDA EMILIO GUERRESCHI ARNALDO LUIS SERRANO DE MESTRE CARMEN

ZARATE PEDRO MAIERNA JUANA ARONNA DE MANGUSO MARIA

CHERCHI FRANCISCA ANGELA ZABALA JULIO TOMAS MARTINEZ ADELA ESTELA

DIAZ JOSE ANTONIO SARMIENTO DE SOLARI EGLE ROMANELLI IGNACIA

BLASCO CIPRIANO PEREZ DE FORNES DINA FISSOLO APOLONIA EDUVIGE

RANDISI JOSE AMARILLA JUANA MODESTA AGNESE ERNESTO FELIX

TROVARELLI MARIA IRMA PINTOS LUIS CIRAOLO ANTONIO

CURTO GRACIA DOMINGUEZ OSCAR ACEDO DE BORGHI ADELA

WYCE MARIA ELENA GATTARIO JUAN BENITO RODRIGADEZ IRMA ESTHER

CABRERA CARMEN FLORENCIA NICHEA DOMINGO


3ER PISO 3ER PISO 3ER PISO


SANCHEZ MARIA DE L.A. VIERA CIRIACO ALBERTO CARRANZA DE DUARTE LIDIA

NUDEZ RODOLFO PEDRO PARRINO JOSE CASTAGNO CATALINA

TOYA DE LESCANO A. ARGUELLO ERNESTO BACHIEGA TERESA A.V.

MENDOZA MARIANO NARDIELO MARIO CASTILLO NESTOR ESTEBAN

LUQUE MERCEDES GARAY OVIDIO TELESFORO LESCANO PEDRO JOSE

PRIMO ALFREDO VERA JOSE ANDRES COLICIA RAFAEL NICOLAS

CERQUEIRO LISANDRO LACIAR ZULEMA


4TO PISO 4TO PISO 4TO PISO


JURJO DE PAGLIA LUISA FREYTES CATALINA DOMINGUEZ ALFREDO

MORENGHI DEOLINDO GATTO CONCEPCION LUCIA DI CROSTA FERNANDO MIGUEL

BERNARDICK IDA ORLAND RAGONA ROQUE MANSILLA PEDRO DANIEL

FERNANDEZ ALBA S.


1ER SUBSUELO PLANTA BAJA 1ER PISO


SENGER LUISA JOSEFA LOPEZ PAULINA MORILLAS FRANCISCO

GONZALEZ MARCIANO R.


2DO PISO 3ER PISO

ROJAS GERARDO PEDRO RAMIREZ HONORIO C. ODE DE RUIZ DIAZ SARA.

$ 57 50632 Oct. 29

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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR N° 09/2008


BONIFICACIÓN GENERAL EXTRAORDINARIA PARA BENEFICIARIOS


VISTOLo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11.085, y la Resolución de Consejo Superior N° 03/2008, y

CONSIDERANDOQue la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 15, inciso f), de la Ley Nº 11.085 otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que la Resolución de Consejo Superior N° 03/2008 instituye la bonificación general de carácter mensual para las prestaciones otorgadas por la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta elaborada por el Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para modificar dicha bonificación incrementando su monto hasta diciembre de 2008 inclusive.

Que los estudios técnicos realizados permiten concluir que se cuenta con los recursos suficientes para el financiamiento de la bonificación sin perturbar el normal cumplimiento de las obligaciones de la Caja.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1º: Modificase el artículo 1° de la Resolución de Consejo Superior N° 03/2008 de fecha 23 de mayo de 2008, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1°: Otórgase a partir del 1º de mayo de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, una bonificación general de carácter mensual para las prestaciones otorgadas por la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.”

Artículo 2º: Modificase el artículo 2° de la Resolución de Consejo Superior N° 03/2008 de fecha 23 de mayo de 2008, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Articulo 2º: La bonificación referida en el artículo anterior se abonará según los siguientes montos:

a) Prestaciones Ordinarias, por Invalidez y por Incapacidad Total y Transitoria, con haberes básicos de ochenta (80) módulos: pesos cien ($ 100) de bonificación mensual por el período 01/05/2008 al 31/08/2008 y pesos quinientos ($ 500) de bonificación mensual por el período 01/09/2008 al 31/12/2008.

b) Prestaciones por Edad Avanzada con haberes básicos de cuarenta (40) módulos: pesos cincuenta ($ 50) de bonificación mensual por el período 01/05/2008 al 31/08/2008 y pesos doscientos cincuenta ($ 250) de bonificación mensual por el período 01/09/2008 al 31/12/2008.

c) Prestaciones por Pensión con haberes básicos de sesenta (60) módulos: pesos setenta y cinco ($ 75) de bonificación mensual por el período 01/05/2008 al 31/08/2008 y pesos trescientos setenta y cinco ($ 375) de bonificación mensual por el período 01/09/2008 al 31/12/2008.

d) Prestaciones por Pensión con haberes básicos de treinta (30) módulos: pesos treinta y siete con cincuenta centavos ($ 37,50) de bonificación mensual por el período 01/05/2008 al 31/08/2008 y pesos ciento ochenta y siete con cincuenta centavos ($ 187,50) de bonificación mensual por el período 01/09/2008 al 31/12/2008.

Para las prestaciones otorgadas con haberes básicos de montos diferentes a los antes indicados, se abonará una bonificación proporcional en relación a la prevista para el respectivo tipo de prestación con haber básico completo. Para las prestaciones reducidas temporales se abonará una bonificación proporcional respecto de la prevista para las prestaciones por edad avanzada de acuerdo a la relación que guardan los respectivos haberes básicos.

Por esta bonificación extraordinaria no se realizará pago adicional al abonarse el haber anual complementario de las prestaciones conjuntamente con los haberes de los meses de junio y diciembre.”

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 11 de septiembre de 2008.


Dra. Alicia S. Pereyra Dr. Ricardo O. Schneir

Contadora Pública Contador Público

Secretaria Presidente


$ 62 50562 Oct. 29

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RESOLUCION de CONSEJO SUPERIOR Nº 10/2008


DERECHO ANUAL DE EJERCICIO PROFESIONAL AÑO 2009


V I S T O

Lo dispuesto por el artículo 33 inciso h) y artículo 42, incisos b) y concordantes de la Ley 8738 -to- , y;

CONSIDERANDO

Que, es facultad del Consejo Superior fijar el valor del derecho anual de ejercicio profesional según el alcance de sus incumbencias y el derecho de mantenimiento de la inscripción matricular y la forma de percibirlos;

Que, la actual situación económica hace aconsejable otorgar a los matriculados la posibilidad de pagarlo en cuotas.

Que, ha de mantenerse la franquicia respecto de los profesionales de reciente graduación aunque precisando el término a partir del cual se goza del beneficio;

Que, los pagos fuera de los términos fijados para su vencimiento, deben originar recargos en función del atraso operado, ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1º de la Resolución 02/2000.

Que, es menester prever en el acuerdo el pago de la prima del Fondo Solidario creado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, su incidencia en el valor de la cuota y las consecuencias de la impuntualidad en el pago.

EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1º: Monto Anual

Fijar el Derecho Anual de Ejercicio Profesional (DAEP) para el año 2009 en:

a)La cantidad de pesos trescientos noventa ($ 390,00) para matriculados Contadores Públicos y Actuarios que se hubieren graduado con posterioridad al 31 de diciembre de 2006 y para los Licenciados en Economía, Licenciados en Administración, Doctores en Estadística y Estadísticos.

b)La cantidad de pesos seiscientos ($ 600,00) para matriculados Contadores Públicos y Actuarios que se hubieren graduado con anterioridad al 1° de enero de 2007.

En los montos del DAEP establecidos en los incisos a) y b) se incluye el valor de la Contribución Anual por Mantenimiento de Registro Matricular (CAMRM) la que se establece en pesos ciento veinte ($ 120,00) y la prima para el Fondo Solidario (FS) de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) de pesos sesenta ($ 60,00); esta última correspondiente al período noviembre 2008 a octubre del año 2009.

Artículo 2º: Vencimientos

Las obligaciones establecidas en el artículo 1º, DAEP, CAMRM y FS, deben cancelarse al 30 de diciembre de 2008.

Artículo 3º: Pago en cuotas

Los matriculados pueden optar por abonar el DAEP, incluyendo la CAMRM y la prima para el FS de la FACPCE, en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas a partir del mes de noviembre de 2008, las tres primeras de pesos treinta y cinco ($ 35,00) o pesos cincuenta y cinco ($ 55,00) respectivamente, según se trate de las situaciones previstas en los incisos a) o b) del artículo 1º. El valor de las restantes cuotas será fijado oportunamente de acuerdo a la evaluación que realice el Consejo Superior.

La falta de pago en término de cualquiera de las cuotas suspende los efectos de la habilitación profesional la que se recupera por la cancelación total de las cantidades vencidas y exigibles a la fecha de pago. Mientras perdure la mora el Consejo no otorgará legalizaciones por trabajos del profesional.

Artículo 4º: Inscripción Pericias - Síndicos Concursales

Los matriculados que se inscriban en las listas de Peritos de Oficio en la Justicia o en Sindicatura, deberán cancelar, como mínimo, las cuotas Nº 1 y 2 del DAEP, así como cualquier otro importe adeudado en concepto de Derecho Anual de Ejercicio Profesional o CAMRM por años anteriores, para extenderles el certificado de habilitación en el ejercicio profesional durante el año 2009. Este certificado perderá validez si no se cancela el resto de las cuotas que componen el Derecho Anual de Ejercicio Profesional, en sus respectivos vencimientos.

Los matriculados que integren las listas de síndicos concursales, deberán abonar el Derecho Anual de Ejercicio Profesional por los años que correspondan al período de inscripción en dichas listas. El certificado que respalda su habilitación ante la justicia para actuar como Síndico, perderá validez si no se cancelan los Derechos Anuales de Ejercicio Profesional a sus respectivos vencimientos durante los períodos indicados.

Artículo 5º: Nuevos matriculados

Los profesionales para obtener la habilitación de su ejercicio, en el año calendario de su matriculación, abonarán el DAEP y la CAMRM y la prima del FS de la FACPCE de acuerdo a la modalidad siguiente:

a)Si se graduaron durante los últimos doce meses, incluído el de matriculación, abonarán los conceptos citados en forma proporcional, debiendo pagar la cuota vigente al mes de inscripción y las que restan del año, en los respectivos vencimientos que establezcan las Cámaras. Si la inscripción se produce con posterioridad al vencimiento de la última cuota, se abonará el importe de la misma.

b)Los profesionales no comprendidos en el inciso anterior, abonarán las cuotas del DAEP y CAMRM vencidas al momento de su matriculación, y las restantes en los respectivos vencimientos que fije cada Cámara. La prima del Fondo Solidario de la FACPCE se liquidará y abonará a partir del momento de la matriculación.

Cuando se opte únicamente por el pago de la CAMRM su importe y el de la prima del FS de la FACPCE no se abonarán en forma proporcional, sin perjuicio de la facultad acordada al profesional para desistir del beneficio del Fondo Solidario de la FACPCE como se prevé en al Resolución Nº 01/2000 artículos 4º y 5º.

Artículo 6º: Falta de pago en tiempo y forma

Los matriculados que no hayan abonado, al 30 de diciembre de 2008, importe alguno en concepto de DAEP y CAMRM correspondientes al año 2009, podrán hacerlo hasta el mes de febrero de ese año, adicionándole a las cuotas vencidas los intereses punitorios correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en al artículo 4º precedente. A partir de febrero los pagos estarán sujetos a los plazos y efectos de la intimación que se formule conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 02/2000, artículo 1º inciso 1.1.

Si sobreviniere la falta de pago en término de cualquiera de las cuotas en que se hubiere dividido el total devengado se producen, respecto del deudor, idénticos efectos que los previstos en el artículo 3º -última parte-. Sin perjuicio de ello y de lo establecido en el artículo 42 último párrafo de la Ley 8738 -to-, el Consejo Superior podrá aplicar las sanciones contempladas en el artículo 8° de la Ley 8738 -to- y la Resolución 02/2000.

Artículo 7º: Publicidad

Publíquese por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, comuníquese a las Cámaras y a los matriculados, regístrese y archívese.

Santa Fe, 11 de setiembre de 2008.


Dra. Alicia S. Pereyra Dr. Ricardo O. Schneir

Contadora Pública Contador Público

Secretaria Presidente


$ 109 50564 Oct. 29

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RESOLUCION CAMARA II - Nº 11/08


TASAS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS PARA PRESTAMOS


VISTO

Las facultades delegadas por la Ley Nro. 8738 que permiten a cada una de las Cámaras establecer regímenes y sistemas asistenciales para los matriculados, en particular lo establecido por la Ley 8738 en sus artículos 35 inc. f) y 42 inc. f).

Que la Resolución del Consejo Superior Nº 1/68 de creación del Departamento de Servicios Sociales establece en su artículo 19 como servicio la posibilidad de otorgar préstamos a los profesionales.

Las diferentes líneas de préstamos reglamentadas por esta Cámara Segunda del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

CONSIDERANDO

Que el Consejo Superior, en su reunión del 11 de setiembre de 2008, ratificó las condiciones generales y acordó elevar la tasa para las líneas de préstamos a los profesionales que se otorgan en ambas jurisdicciones.

Que la tramitación y el otorgamiento de estos préstamos originan una serie de gastos administrativos y de sellados.

Que cada préstamo está cubierto por un seguro de vida hasta los 60 años de edad por el cual, si durante la vigencia del préstamo, se produjera el fallecimiento del adjudicatario, automáticamente queda extinguido el saldo no vencido del préstamo.

Que las resoluciones que reglamentan las distintas líneas de préstamos indican que la tasa de interés y el porcentaje de gastos administrativos serán establecidos por la Cámara.

Que corresponde revisar y ajustar dichas tasas conforme a la situación económica y financiera del país para preservar los recursos del sistema.

POR TODO ELLO

LA CAMARA SEGUNDA DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1º: Tasa de Interés.


a)Fijar como tasa de interés para las distintas líneas de préstamos las siguientes:


LÍNEA DE PRÉSTAMO

TASA DE INTERÉS

Resolución Nº 08/07: “Préstamos Personales - Tasa Variable”

17%

Resolución Nº 09/07: “Préstamos para Beneficiarios de la Caja de Seguridad Social – Tasa Variable”

17%

Resolución Nº 10/07: “Préstamos para Post Grados – Tasa Variable”

8,5%

Resolución Nº 11/07: “Préstamos para el Personal – Tasa Variable”

17%

Resolución Nº 12/07: “Préstamos Solidarios para Prestaciones Médico-Asistenciales “

0%

Resolución Nº 13/07: “Préstamos para cancelar deudas con la CSS – Tasa Variable“

17%


b)Tasa Máxima: Establecer una “Tasa Máxima” para todas las líneas de préstamos indicadas en el inciso a) equivalente a (tres) 3 veces la Tasa Pasiva del Banco Nación para depósitos a plazo fijo a 30 días. Es decir, que en todas las líneas de préstamos la tasa de interés será la indicada en el inciso a) o la “Tasa Máxima”, la que sea menor.

c)Variabilidad de la tasa: las tasas precedentemente indicadas podrán ser modificadas, durante la vigencia de los préstamos solicitados y adjudicados a partir del 1º de diciembre de 2007, hasta el tope establecido en el inciso anterior mediante resolución expresa de esta Cámara Segunda que establezca las nuevas tasas.

Artículo 2º: Gastos.

Fijar, para todas las líneas de préstamos indicadas en el artículo anterior, un tres (3%) por ciento en concepto de reintegro de gastos administrativos, seguro de vida hasta los sesenta años de edad y sellados.

Artículo 3º: Préstamos solicitados hasta el 30.11.2007

Mantener para los préstamos actualmente vigentes, solicitados hasta el 30 de noviembre de 2007, las condiciones y tasas pactadas oportunamente al momento de la adjudicación o solicitud de cada préstamo.

Artículo 4º: Vigencia.

Establecer que la presente resolución tiene vigencia a partir del 1º de Octubre de 2008, quedando derogadas todas las normas que se opongan a la misma.

Artículo 5º: Publicidad.

Comunicar al Consejo Superior, a la Caja de Seguridad Social, a los matriculados de Cámara Segunda, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, registrar y archivar.

Rosario, 22 de setiembre de 2008.-


Dra. Alicia S. Pereyra Dr. Ricardo O. Schneir

Contadora Pública Contador Público

Secretaria Presidente

$ 74 50565 Oct. 29

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RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR Nº 12/2008


RATIFICACION RESOLUCION TECNICA Nª 25 – FACPCE

Modificación de la Resolución Técnica Nº 11: Normas particulares de

exposición contable para entes sin fines de lucro”


VISTO

Las facultades otorgadas por la Ley 8738 (t.o.) al Consejo Superior, en particular las establecidas en el art. 33 inc. f);

La Resolución Técnica Nº 25 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas – FACPCE -, aprobada en la Junta de Gobierno del 4 de julio de 2008, y;

CONSIDERANDO

Que es atribución del Consejo reglamentar el ejercicio profesional dictando para ello las medidas y disposiciones de todo orden que estime necesario o conveniente para el mejor ejercicio de la profesión.

Que los Estados Contables constituyen uno de los elementos más importantes para la transmisión de información económica y financiera sobre la situación y gestión de los entes.

Que a fin de orientar a los Entes sin Fines de Lucro en la forma de preparar sus estados contables para que éstos cumplan con su finalidad y que reúnan los requisitos enunciados en el marco conceptual, se hizo necesario incorporar un modelo a la Resolución Técnica Nº 11.

Que este Consejo, en su calidad de miembro de la FACPCE, participó del estudio y aprobación del Proyecto que dio lugar a la Resolución Técnica Nº 25 y acompaña el proceso de armonización y aplicación de normas a nivel nacional e internacional.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1º: Disponer la aplicación, en el ámbito territorial de la competencia de este Consejo, de la Resolución Técnica Nº 25 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas sobre “Modificación de la Resolución Técnica Nº 11: Normas particulares de exposición contable para entes sin fines de lucro”.

Artículo 2º: Incluir la Resolución Técnica Nº 25 como parte de la presente Resolución integrando el Anexo “A”.(*)

Artículo 3º: Establecer que las disposiciones de esta Resolución regirán para los Estados Contables anuales o de períodos intermedios correspondientes a ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2009.

Artículo 4º: Comunicar a la FACPCE, a las Cámaras, a los matriculados, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en los medios de difusión de ambas Cámaras, registrar y archivar.

Santa Fe, 11 de setiembre de 2008.


Dra. Alicia S. Pereyra Dr. Ricardo O. Schneir

Contadora Pública Contador Público

Secretaria Presidente


(*) Para ver el texto completo de la Resolución Técnica Nº 25 “Modificación de la Resolución Técnica Nº 11: Normas particulares de exposición contable para entes sin fines de lucro” de la FACPCE ingrese a www.cpcesfe2.org.ar


$ 43 50566 Oct. 29

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FACULTAD DE CIENCIAS

ECONOMICAS Y ESTADISTICA

DE LA UNR


LLAMADO A CONCURSO


En la Facultad de Ciencias Económicas y Estadística de la UNR se realizarán concursos docentes para cubrir los siguientes cargos:


Carrera de Contador Público:

- Un Profesor titular, dedicación semiexclusiva, en la asignatura Administración Financiera para Contadores.

- Un JTP, dedicación simple en la asignatura Sociedades y Asociaciones.

- Un JTP, dedicación simple en la asignatura Introducción al Derecho Privado.

- Un Ayudante de 1º, dedicación simple en la asignatura Introducción al Derecho Privado.


Carrera de Licenciatura en Administración:

- Profesor titular, dedicación simple, en la asignatura Formulación y Evaluación de proyectos de Inversión.

- Un JTP, dedicación simple en la asignatura Administración de la Comercialización II.


Para información y consultas dirigirse a la Oficina de Concursos y Evaluaciones, en Bv. Oroño 1261 1º piso, desde el 24 al 28 de noviembre de 2008. La Solicitud de Inscripción, Reglamentos y Disposiciones están disponibles en la pagina www.fce con.unr.edu.ar, en Académica para docentes, concursos.

Para efectivizar la inscripción deberá presentar la solicitud con las constancias correspondientes (en caso de fotocopias deberán estar autenticadas y podrán autenticarse en la oficina de Concursos del 24 al 28 de noviembre. La solicitud de Inscripción deberá completarse en 7 (siete) juegos para entregarse junto a un juego de constancias desde el 1º al 9 de diciembre de 2008, de 8 a 12 hs.

$ 44 50717 Oct. 29 Oct. 30

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SANATORIO AMERICANO S.A.


SUSCRIPCION DE ACCIONES


Suscripción de Acciones por aumento de capital social. Derecho de preferencia y de acrecer. Se informa a los señores accionistas que, de conformidad con lo resuelto por la Asamblea Ordinaria de Accionistas, celebrada el 21 de febrero de 2006 y por el Directorio de la sociedad, en su reunión realizada el 11 de septiembre de 2006, se resolvió el llamado de suscripción de acciones nominativas no endosables, por un total de v$n 1.000.000,00 de acuerdo a las siguientes proporciones: acciones clase “A”. v$n 779.620,00 y acciones clase “B”: v$n 380.220,00; de peso uno ($ 1,00) cada acción y de un voto por acción. El precio de cada acción es de peso uno ($ 1,00), siendo la integración para las acciones clase “A” al contado efectivo, al momento de la suscripción y para las acciones clase “B” en doce (12) cuotas mensuales, a contarse desde el momento del vencimiento de la fecha de suscripción. (¿?)

Los titulares de las acciones, en el momento de la suscripción, podrán ejercer el derecho de preferencia y de acrecer - conforme al artículo 194 de la Ley 19.550, que será realizado dentro de los treinta (30) días de la última publicación. El Directorio.

$ 54 50664 Oct. 29 Oct. 31

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CLUB UNIVERSITARIO DE ROSARIO


CONVOCATORIA A ELECCIONES


De conformidad con las disposiciones estatutarias del Título XII, Art. 34, 36, 40 y 41 y siguientes se convoca a los socios egresados, activos y vitalicios de la Institución desde las 15 hs. hasta las 22 hs. del día 14 de Noviembre Año 2008, en la Sede Social de Av. Del Huerto 1051 de Rosario, a elecciones de renovación parcial de Comisión Directiva para elegir cinco Vocales Titulares, cuatro Vocales Suplentes, Síndico Titular y Síndico Suplente.

Dr. ALBERTO DANIEL SALVO

Presidente

Dra. EBE BORGONOVO

Pro-Secretaria

$ 45 50718 Oct. 19 Oct. 31

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MUNICIPALIDAD DE CASILDA


REDUCCION O TRASLADO DE RESTOS / SECCION

B” y “O” CEMENTERIO MUNICIPAL


La Municipalidad de Casilda, llama a los familiares y/o responsables de las personas fallecidas cuya lista se adjunta, para que procedan a realizar la reducción y/o traslado de restos que por tratarse de solares gratuitos y/o con arrendamientos sin renovación, se encuentran depositados en las Secciones “B” y “O” del Cementerio San Salvador de nuestra ciudad.

Los interesados deberán presentarse en la oficina Administración Cementerio ubicada en el mismo predio de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12.00 hs., hasta el día 1 de diciembre de 2008, inclusive.

Vencido dicho plazo se procederá a la remisión de los restos al Osario General, según lo dispone el Decreto Municipal Nº 65/84, que en su artículo 24 establece: ...”De tratarse de solares gratuitos y/o con arrendamientos sin renovación cuyos plazos hayan vencido, se establecerá un único plazo de 30 días, para que los interesados concreten la reducción y el traslado. Vencido dicho lapso se procederá sin más trámite a la remisión de los restos al Osario General...”


NOMBRE DEL FECHA DE

FALLECIDO DEFUNCION


MORENO, Lidia Comba de 23-11-2001

DANIELI, Gilberto L. 09-03-1996

SOBANSKY, Juana Jaime de 18-05-2001

MERCURI, Carlos 15-11-1997

ARRIAGA, Noemí Antonelli de 14-04-1999

CARNEVALE, Victoria Carmen 16-02-1999

RIVERO, Gregoria Bonetti de 28-10-2003

FRATTIN, Erminia Fantinatto de 30-11-1973

GOMEZ, María Nelly Garrido de 23-09-1998

RODRIGUEZ, Miguel Angel 29-06-2005

RIVERO, Raúl 25-01-2000

ALLERTA, Martín 01-04-1999

DIAMAYA, Vicente 23-08-1995

AGUIRRE, María Calvo de 20-04-1996

BERON, Albina 22-10-1995

N.N. (no tiene identificación)

N.N. (no tiene identificación)

SIMONIT, Humberto 20-05-1997

DEL POPOLO, María Villa de 23-08-2004

BENITEZ, Sixto 30-07-1991

AMADO, Roberto 11-10-2000

SARTIRAMA, José Juan 22-09-1996

ACOSTA, Nemesio 27-07-1996

MIGLIA, Bautista 22-07-1996

ASCONA, Martín Alberto 04-01-1994

CLEMORI, Rosa 14-04-1994

AVILA, Oriente 20-07-2007


Extintos ataúdes bebés:


Aguilar 18-02-1994

Vignolo 30-12-1994

Villarreal 15-09-1994

Scagnetti 07-01-1995

Antune 03-02-1994

Chazarreta 20-01-1994

Velásquez Eduardo M 17-02-1994

Danieli N ———

Acevedo 12-10-1994

Casales 17-12-1993

Iñon 22-07-1995

Aguilar 13-02-1994

Angel Javier 20-05-1994

Merlo 18-01-1994

Aguilar 14-01-1992

Tisera 14-01-1996

Jiménez ———

- Dos ataúdes cuyas placas identificatorias están oxidadas haciendo imposible su identificación y fecha de fallecimiento.

Municipalidad de Casilda, Octubre de 2008.

$ 70,40 50692 Oct. 29 Oct. 31

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