picture_as_pdf 2002-10-29

REGISTRADA BAJO EL 12047

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Acta Complementaria 129 Año 2001 celebrada entre los Ministerios Provinciales de Educación, representado por su Titular Dr. Alejandro Rébola, y de Hacienda y Finanzas, representado por su Titular Dr. Juan Carlos Mercier, y el Ministerio de Educación de la Nación, representado por el entonces Titular Lic. Andrés Delich, suscripta en el marco del Convenio de fecha 12 de Enero de 1999 aprobado por Decreto 2440/99 y ratificado por Ley 11.840; inscripta bajo el 1387 el 15 de Mayo de 2001, al Folio 195, III, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto 1767/84, Dirección de Técnica Legislativa y aprobada por Decreto 3310/01, cuya copia en nueve (9) fojas forma parte de la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS

NORBERTO BETIQUE

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

ALBERTO NAZARENO HAMMERLY

Presidente

Cámara de Diputados

AVELINO A. LAGO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

 

SANTA FE, 21 de Octubre de 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

CARLOS A. REUTEMANN

Gobernador de Santa Fe

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnet.com.ar

 

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