REGISTRADA BAJO EL N°
12047
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase el Acta Complementaria N° 129 Año 2001 celebrada entre los Ministerios
Provinciales de Educación, representado por su Titular Dr. Alejandro Rébola, y de Hacienda y Finanzas, representado por su
Titular Dr. Juan Carlos Mercier, y el Ministerio de
Educación de la Nación, representado por el entonces Titular Lic. Andrés Delich, suscripta en el marco del Convenio de fecha 12 de
Enero de 1999 aprobado por Decreto N° 2440/99 y
ratificado por Ley N° 11.840; inscripta bajo el N° 1387 el 15 de Mayo de 2001, al Folio 195, T° III, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N°
1767/84, Dirección de Técnica Legislativa y aprobada por Decreto N° 3310/01, cuya copia en nueve (9) fojas forma parte de la
presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS
NORBERTO BETIQUE
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
ALBERTO NAZARENO HAMMERLY
Presidente
Cámara de Diputados
AVELINO A. LAGO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, 21 de Octubre de 2002
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
CARLOS A. REUTEMANN
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnet.com.ar
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