picture_as_pdf 2006-09-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 12615

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Dónase a la Comuna de Gobernador Crespo, departamento San Justo, una parcela de terreno de 55,50 mts. sobre calle 9 de Julio y 60 mts. sobre calle Brigadier E. López, ubicada en la Manzana 27 de la zona urbana del citado distrito.

El dominio figura inscripto a nombre del Estado Provincial, Tomo 163, Folio 421, Número 20190 bis, departamento San Justo del Registro General, Partida Impuesto Inmobiliario Nro. 06-07-00-026658/0000.

ARTICULO 2.- El inmueble donado será destinado a la ampliación del parque infantil y construcción de un paseo peatonal.

ARTICULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la donataria, inclusive la confección del Plano de Mensura y Subdivisión.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2339

 

SANTA FE, 26 05 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.615 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Rubén Héctor Michlig

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