REGISTRADA BAJO EL Nº 12615
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dónase
a la Comuna de Gobernador Crespo, departamento San Justo, una parcela de
terreno de 55,50 mts. sobre
calle 9 de Julio y 60 mts. sobre
calle Brigadier E. López, ubicada en la Manzana 27 de la zona urbana del citado
distrito.
El dominio figura inscripto a nombre
del Estado Provincial, Tomo 163, Folio 421, Número 20190 bis,
departamento San Justo del Registro General, Partida Impuesto Inmobiliario Nro. 06-07-00-026658/0000.
ARTICULO 2.- El inmueble donado será destinado a la ampliación
del parque infantil y construcción de un paseo peatonal.
ARTICULO 3.- La totalidad de los gastos
que demande la presente donación serán a cargo de la donataria, inclusive la
confección del Plano de Mensura y Subdivisión.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2339
SANTA FE, 26 05 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.615 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Rubén Héctor Michlig
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