picture_as_pdf 2017-08-29

DECRETO Nº 2435


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

18 AGO 2017

VISTO:

El expediente N° 01106-0008847-1 y agregados N° 02001- 0028062-3 y N° 02001-0028063-4, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual tramita la aprobación de los Estatutos, del Código de Ética y Disciplina Profesional y Reglamento Electoral del Colegio de Cosmetólogos Faciales y Corporales de la Provincia de Santa Fe de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial; y

CONSIDERANDO:

Que, se inician las actuaciones mediante sendas presentaciones de las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Cosmetólogos Faciales y Corporales de la Primera y Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, solicitando la aprobación de sus Estatutos, del Código de Ética y Disciplina Profesional y Reglamento Electoral, asimismo detallan la documentación respaldatoria de su pedido;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 415/15 y su rectificatoria N° 646/15 se habilita la intervención de la Inspección General de las Personas Jurídicas dependiente de la Fiscalía de Estado para la "(...) toma de razón y aprobación del proyecto de Estatuto, Código de Ética y Reglamento Electoral del Colegio de Cosmetólogos Faciales y Corporales de la Provincia de Santa Fe — Primera Circunscripción y Segunda Circunscripción" (cita textual);

Que, tal como se dispusiera, toma intervención de competencia la Inspección General de Persona Jurídica, emitiendo así la Resolución IGPJ N° 741/16 por la que "se autoriza el funcionamiento como persona jurídica de la entidad denominada Asociación Civil Colegio de Cosmetólogos Facial y Corporal de la Provincia de Santa Fe — Primera Circunscripción", disponiendo en su art. 2° la aprobación de textos estatutarios;

Que, en virtud de ello, el Colegio Profesional de la Primera Circunscripción, se agravia formulando denuncia de ilegitimidad y la correspondiente declaración de nulidad de la Resolución N° 741/16;

Que luego incorporan antecedentes de transcripción de actas colegiales, declaraciones juradas sobre la condición de personas expuestas políticamente y con base la modelo de Estatuto, del Código de Ética y Disciplina Profesional y Reglamento Electoral propuesto por ambas entidades y se observan las intervenciones técnicas formuladas por la IGPJ mediante Dictamen N° 911/15 relativo a la Primera Circunscripción, Dictamen N° 4399/16, relativo a la Segunda Circunscripción y Dictamen N° 5238/16 que diera lugar a la Resolución IGPJ 741/16;

Que de ello surge que el proyecto agregado por la entidad resulta adecuado a la pretensión y a las exigencias de legalidad, por lo que corresponde aprobar dichos textos estatutarios;

Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, resulta competente para intervenir en las presentes actuaciones, en función de lo dispuesto en el inciso 15, del artículo 20 de la Ley de Ministerios N° 13.509, por cuanto a tal cartera le corresponde "entender en la reglamentación y fiscalización del ejercicio de las profesiones";

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen N° 0302 de fecha 21 de junio de 2017;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Apruébense el Estatuto, Código de Ética y Reglamento Electoral del Colegio de Cosmetólogos Facial y Corporal de la Provincia de Santa Fe (Ley N° 13.454) de la Primera Circunscripción, cuyo texto ordenado como Anexo I, es parte integrante de ésta norma.-

ARTÍCULO 2°: Apruébense el Estatuto, Código de Ética y Reglamento Electoral del Colegio de Cosmetólogos Facial y Corporal de la Provincia de Santa Fe (Ley N° 13.454) de la Segunda Circunscripción, cuyo texto ordenado como Anexo II, es parte integrante de ésta norma

ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese, comuníquese, y archívese.-

LIFSCHITZ

Dr. Ricardo Isidoro Silberstein

Nota: Los Anexos pueden consultarse en la página web del gobierno de la Provincia de Santa Fe: www.santafe.gov.ar

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