DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA 2da. Circunscripción
NOTIFICACIÓN DE EDICTO
Por Resolución de la Sra. Delegada Regional, Delegación San Lorenzo, Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da. circunscripción Dra. María Fernanda Sauvanet, hago saber a la Sra. Debora Vanes Avalos, DNI N° 43580497, que dentro del legajo administrativo nro. 9670 referenciadas administrativamente como “Sofía Belén Ortiz s/Resolución Definitiva” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de Notificar la siguiente resolución que a continuación se transcribe: “San Lorenzo, 21 de Junio de 2016. Disposición N° 31/16.1) Dictar Acto Administrativo De Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a Sofía Belén Ortiz, DNI N° 43.580.497, fecha de nacimiento 23/09/2001, hija de la Sra. Débora Vanesa Ávalos, DNI N° F- 980.490, con domicilio en calle Larralde y Uriarte, Asentamiento los Hornos de la localidad de Rosario, y del Sr. Germán Andrés Ortiz, DNI Nº 24.097.666, con domicilio en calle Bahía Blanca N° 52 de la localidad de Capitán Bermúdez, quien se encontraba al cuidado de la Sra. María Ávalos DNI N° se desconoce, actualmente alojada en la Unidad Penitenciaria N° 5 de la localidad de Rosario y del Sr. Marcelo Alberto Aguirre DNI N° 32.621.734, actualmente alojado en la Alcaldía Mayor de la localidad de San Lorenzo. 2- Proponer por ante el Juzgado de 1era instancia de Familia, del Distrito Judicial N° 12 de la localidad de San Lorenzo, la medida definitiva sugerida fundadamente por el Equipo Interdisciplinario de la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, 2da Circunscripción, Rosario, en cuanto a que, prima facie, se considere la posibilidad de que se otorgue el cuidado personal y responsabilidad parental exclusiva en relación a Sofía en favor de la progenitor (art. 51 Decreto reglamentario de la Ley 12967), en virtud de lo expuesto en el presente acto administrativo, en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento a la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación en la materia, por imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN; Ley N° 26061; Ley N° 12967 (Mod. Ley 13.237) y su respectivo decreto reglamentario. Código Civil y Comercial; CPC y C Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias; 3 Disponer notificar la resolución definitiva de la medida excepcional a los progenitores de las niñas de marras en el domicilio denunciado; 4) Disponer notificar la resolución correspondiente ante el Tribunal interviniente. 5) Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente Archívese.-. Fdo. Dra. María Fernanda Sauvanet, Delegada Regional, Delegación San Lorenzo - Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - 2da Circunscripción – Rosario. Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley N° 12.967 y Dto. 619/10. Asimismo se le hace saber que tiene derecho a ser asistido/a con un abogado/a, de su confianza: Art. 60: Resolución. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo- Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. Art. 61: Notificación. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. Art. 62: Recursos. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia a la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior. Dto. 619/10: Art. 60: Resolución. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional. Art. 61: Notificación. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.- Art. 62: Recursos. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional/ puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la cedida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.
S/C 17808 Ag. 29 Ag. 31
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
COORDINACION
EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA REGULARIZACION DOMINIAL
CITACION
Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 30 de AGOSTO de 2016, a las siguientes personas:
REGION III – NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTO TOME
1. IGNACIO MIGUEL DOMINGO COSTA, ANA MARIA FONTANARROSA DE COSTA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: TOMAS LUBARYNº 1610 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 16 Manzana 70 (conf.Catastro) 4816 (Municipal) Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3274-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0054069-1, Iniciador :AMARILLA MARIO JAVIER.
2. el inmueble sito en calle: 4 DE ENERO Nº 4734 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 12 Manzana 7 y/o 4734 Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2222-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0063776-8, Iniciador :ESCOBAR JOSE LUIS.
3. el inmueble sito en calle: ANDRES ROVERANO Nº 3120 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 17 Manzana 4731 E Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2648-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0053304-8, Iniciador :ESQUIVEL MIGUEL ANGEL.
4. el inmueble sito en calle: BELGRANO Nº 4772 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 11 Manzana Nº 116 Plano Nº 74057: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3603-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0066785-1, Iniciador :GALVAN ELENA MARIA GUADALUPE.
5. el inmueble sito en calle: MONTEAGUDO Nº 4739 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 28 Manzana Nº 4732 E Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2909-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0050601-1, Iniciador :LLOPART DOLORES CORNELIA.
6. el inmueble sito en calle: CAPERAUGE Nº 706 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 5 Manzana 67 Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/1840-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062619-7, Iniciador :MACHADO NATALIA LUISA.
7. el inmueble sito en calle: MITRE Nº 4765 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 19 Manzana 61 Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3025-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0056670-3, Iniciador :MAIDANA OFELIA MARGARITA.
8. el inmueble sito en calle: ANDRES ROVERANO Nº 2364 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 17 Manzana 111 y/o 4723 Plano Nº 74118/1974: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3168-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0060859-3, Iniciador :MONTIEL MARIA DE LOS ANGELES.
9. el inmueble sito en calle: FUNEZ Nº 4770 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 12 Manzana 115 y/o 4719O Plano Nº 74057/1974: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3936-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062858-6, Iniciador :MOREL ALBERTO ANTONIO.
10. el inmueble sito en calle: MOSCONI Nº 4840 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 10 Manzana 16 y/o 4838E Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/1046-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0058761-4, Iniciador :NAVARRO NORMA GLADYS.
11. el inmueble sito en calle: ALFONSINA STORNI Nº 4754 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 10 Manzana 63 y/o 4710 Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3903-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0064249-4, Iniciador :PERALTA CLAUDIA FLORENCIA.
12. el inmueble sito en calle: TOMAS LUBARYNº 3548 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 18 Manzana 19 Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3589-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052203-1, Iniciador :RIOS GLADIS BELKIS.
13. el inmueble sito en calle: ANDRES ROVERANO Nº 1656 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 16 Manzana 55 y/o 4716 Plano Nº D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2642-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0064248-3, Iniciador :RODRIGUEZ HECTOR RAMON.
14. sobre el inmueble sito en calle: ANDRES ROVERANO Nº 1091 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 1 Manzana 78 y/o 4810 Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/1016-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062438-4, Iniciador :ZAPATA EDGARDO RAMON.
15. el inmueble sito en calle: SAN JUAN Nº 4856 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lotes 11 Manzana 4811E Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2706-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069253-6, Iniciador :BALDOMIR NORMA GUADALUPE.
16. el inmueble sito en calle: 4 DE ENERO Nº 4890 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 16 Manzana 4834 Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/0457-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0071295-5, Iniciador :D ARCANGEL ADRIANA ISABEL.
17. el inmueble sito en calle: SAN JUAN Nº 4891 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 21 Manzana 78 Plano D 818/1960: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/2077-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0071419-3, Iniciador :ECHAGUE SARA VICENTA.
18. el inmueble sito en calle: VICTORIA OCAMPO Nº 4853 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 25 Manzana 4831 E Plano D 818/1960: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3053-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0072457-0, Iniciador :LORENZUTTI DOMINGO NESTOR.
19. el inmueble sito en calle: ANDRES ROVERANO Nº 2142 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 16 Manzana 113 Plano 74118: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3671-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0075401-0, Iniciador :ARRIONDO VIVIANA GUADALUPE.
20. el inmueble sito en calle: CALLE 8 Y 31 S/Nº ,de la ciudad de: SAUCE VIEJO, identificado como: Lote 16 Manzana 50 Plano D 818: Partida Inmobiliaria Nº 10-13-00-742384/3076-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/1971, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/1959 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074959-1, Iniciador :ARANDA LIDIA BEATRIZ.
S/C 17830 Ag. 29 Ag. 31
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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
NOTIFICACIÓN
“Por el presente se hace saber al María ALTAMIRANDA, que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico Forestal y Minero E/ Acta de infracción Nº 006088. Ley de pesca. Art. 38 de la misma ley art. 4 de la Ley Nº 12703. Sr. ALTAMIRANDA María”, se ha dictado la Resolución Nº 334 del 26 de abril de 2016, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente Nº 00701-0084415-8 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- Sancionar a la señora María ALTAMIRANDA, D.N.I. Nº 33.296.628, con domicilio en Comipini Zona Rural s/n, de la localidad de Arocena, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 5.000 M.T. (CINCO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 500 (PESOS QUINIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 10 sábalos, 15 bogas, 5 patíes y 20 kg de filet de pescado, por infracción a los artículos 38 y 40 de la Ley Nº 12212, sin licencia habilitante para el acopio de pescado y tenencia de especies de pescado sin la guía correspondiente.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción.- Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción”.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
S/C 17812 Ag. 29 Ag. 30
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NOTIFICACION
“Por el presente se hace saber al Osmar Alberto ZEBALLOS, que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico Forestal y Minero E/ Eleva Acta de infracción Nº 225. Sr. Zeballos Osmar”, se ha dictado la Resolución Nº 425 del 24 de mayo de 2016, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente Nº 00701-0091208-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Osmar Alberto ZEBALLOS, D.N.I. Nº 23.913.208, con domicilio en calle Colonia San Jose S/N, de la localidad de Colonia San José, Departamento San Javier, Provincia de Santa Fe, con multa de $ 2.500 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 4 carpinchos y 1 guazuncho, por infracción al artículo 3 de la Ley Nº 4830, por cazar especies prohibidas.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en calle Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Nº 4830.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción”.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
S/C 17811 Ag. 29 Ag. 30