REGISTRADA BAJO EL Nº 12576
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Apruébase
en todos sus términos el Convenio suscripto el 28 de abril de 2005 entre el
Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el señor Gobernador y el
Ministro de la Producción, y el Instituto de Promoción de la Carne Vacuna
Argentina - IPCVA, con la finalidad de mejorar e incrementar los índices de
producción ganadera de la Provincia, generar carne de alta calidad y propender
a la mayor eficiencia de toda la cadena.
El mencionado convenio fue inscripto en
fecha 16-05-05 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el Nº 2448, al Folio 126, Tomo
V, que se agrega y forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DíAS
DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2116
SANTA FE, 22 08 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.576 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Armando Ceretto
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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