picture_as_pdf 2006-08-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 12576

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto el 28 de abril de 2005 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el señor Gobernador y el Ministro de la Producción, y el Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina - IPCVA, con la finalidad de mejorar e incrementar los índices de producción ganadera de la Provincia, generar carne de alta calidad y propender a la mayor eficiencia de toda la cadena.

El mencionado convenio fue inscripto en fecha 16-05-05 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el Nº 2448, al Folio 126, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DíAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2116

 

SANTA FE, 22 08 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.576 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Roberto Armando Ceretto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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