picture_as_pdf 2006-08-29

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION 011/06 - GRAL.

 

Santa Fe, 15 de Agosto de 2006.

VISTO:

El expediente Nº 13301-0145288-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración viene desarrollando distintos softwares domiciliarios para que los Contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de presentación y pago, en forma eficiente y práctica;

Que, a tales efectos, oportunamente se dispuso la utilización obligatoria del software para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y los Agentes de Percepción y Retención de Ingresos Brutos;

Que, el sistema informático instrumentado tiende a optimizar la capacidad operativa de este Organismo, posibilitando un adecuado control y un perfeccionamiento de la base de datos integral, contribuyendo de esta manera a una mayor eficiencia de la administración tributaria.

Que, se considera conveniente incluir en una nueva versión las sugerencias y observaciones realizadas por los contribuyentes usuarios de estas herramientas;

Que asimismo, en esta nueva versión se han contemplado nuevos requisitos técnicos exigidos por la AFIP, para la homologación de estas aplicaciones;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIA

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la versión 3.0 Reléase 23 del aplicativo IBSF - Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Artículo 2º - Establecer, que los Contribuyentes Locales obligados a presentar sus declaraciones juradas y pagos mediante la utilización del sistema OSIRIS de la AFIP., podrán utilizar cualquiera de las dos (2) versiones en vigencia (la versión 2.0 Reléase I o la versión 3.0 Reléase 23), hasta el anticipo 09/2006, cuyo vencimiento se produce en el mes de octubre de 2006. A partir del anticipo 10/2006, cuyo vencimiento se produce en el mes de noviembre de 2006, será de uso exclusivo y obligatorio la versión 3.0 Reléase 23, quedando la versión anterior inhabilitada.

Artículo 3º - Disponer la libre utilización de la actualización del aplicativo citado en el artículo 1º, el que se pone a disposición de los usuarios en las sedes de las Administraciones Regionales, sus respectivas Delegaciones y en la página web de Internet con acceso a través de: www.santafe.gov.ar/

Artículo 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

N. DANIEL O. VEGA

A/C Administración Pcial. de Impuestos

S/C         21381    Ag. 29

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