ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION N°
011/06 - GRAL.
Santa Fe, 15 de Agosto de 2006.
VISTO:
El expediente Nº 13301-0145288-2 del
registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que esta Administración viene
desarrollando distintos softwares domiciliarios para
que los Contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de presentación y
pago, en forma eficiente y práctica;
Que, a tales efectos, oportunamente se
dispuso la utilización obligatoria del software para los contribuyentes del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y los Agentes de Percepción y Retención de
Ingresos Brutos;
Que, el sistema informático
instrumentado tiende a optimizar la capacidad operativa de este Organismo,
posibilitando un adecuado control y un perfeccionamiento de la base de datos
integral, contribuyendo de esta manera a una mayor eficiencia de la
administración tributaria.
Que, se considera conveniente incluir
en una nueva versión las sugerencias y observaciones realizadas por los
contribuyentes usuarios de estas herramientas;
Que asimismo, en esta nueva versión se
han contemplado nuevos requisitos técnicos exigidos por la AFIP, para la
homologación de estas aplicaciones;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIA
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar la versión 3.0
Reléase 23 del aplicativo IBSF - Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Artículo 2º - Establecer, que los
Contribuyentes Locales obligados a presentar sus declaraciones juradas y pagos
mediante la utilización del sistema OSIRIS de la AFIP., podrán utilizar
cualquiera de las dos (2) versiones en vigencia (la versión 2.0 Reléase I o la
versión 3.0 Reléase 23), hasta el anticipo 09/2006, cuyo vencimiento se produce
en el mes de octubre de 2006. A partir del anticipo 10/2006, cuyo vencimiento
se produce en el mes de noviembre de 2006, será de uso exclusivo y obligatorio
la versión 3.0 Reléase 23, quedando la versión anterior inhabilitada.
Artículo 3º - Disponer la libre
utilización de la actualización del aplicativo citado en el artículo 1º, el que
se pone a disposición de los usuarios en las sedes de las Administraciones
Regionales, sus respectivas Delegaciones y en la página web
de Internet con acceso a través de: www.santafe.gov.ar/
Artículo 4º - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
N. DANIEL O. VEGA
A/C Administración Pcial. de
Impuestos
S/C 21381 Ag. 29
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