MINISTERIO
DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCION GRAL.
DE DESPACHO Y SERVICIO INTERMINISTERIAL
NOTIFICACIONES
Por medio de la presente, se hace saber
al Señor JORGE RUBEN BOLLIA (D.N.I. N° 14.165.701) lo expresado en la Resolución N° 220/04 de fecha 17 de junio del corriente año, que dice:
“ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del
Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los
Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de
Estado. ARTICULO 2°: Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de
las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se
indica en el “Anexo II”, conforme a los Dictámenes N°
1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la
Asociación Bancaria, al Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada,
y al personal identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus
Anexos y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de
Asesoría Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16875 Jul.
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Por medio de la presente, se hace saber
al Señor JORGE DANIEL ALBORODO (D.N.I. N° 12.907.933) lo expresado en la Resolución N° 220/04 de fecha 17 de junio del corriente año, que dice:
“ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del
Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los
Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de
Estado. ARTICULO 2°: Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de
las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se
indica en el “Anexo II”, conforme a los Dictámenes N°
1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la
Asociación Bancaria, al Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada,
y al personal identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus
Anexos y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de
Asesoría Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16874 Jul.
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Por medio de la presente, se hace saber
al Señor MARIO JULIO ARUR (D.N.I. N°
6.122.249) lo expresado en la Resolución N° 220/04 de
fecha 17 de junio del corriente año, que dice: “ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del Programa de Propiedad
Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el
personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 2°:
Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B”
del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo II”,
conforme a los Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de
Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la Asociación Bancaria, al
Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada, y al personal
identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus
Anexos y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de Asesoría
Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16873 Jul.
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Por medio de la presente, se hace saber
al Señor ROBERTO ALEJANDRO GARMANI (D.N.I. N° 16.228.005) lo expresado en la Resolución N° 220/04 de fecha 17 de junio del corriente año, que dice:
“ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del
Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los
Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de
Estado. ARTICULO 2°: Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de
las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se
indica en el “Anexo II”, conforme a los Dictámenes N°
1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la
Asociación Bancaria, al Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada,
y al personal identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus
Anexos y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de
Asesoría Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16872 Jul.
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Por medio de la presente, se hace saber
al Señor JORGE LUIS ABAD (D.N.I. N°
10.877.990) lo expresado en la Resolución N° 220/04
de fecha 17 de junio del corriente año, que dice: “ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del Programa de Propiedad
Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el
personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 2°:
Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B”
del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo II”,
conforme a los Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de
Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la Asociación Bancaria, al
Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada, y al personal
identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus Anexos
y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de
Asesoría Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16871 Jul.
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Por medio de la presente, se hace saber
al Señor ANGEL OSCAR DAINOTTO (D.N.I. N° 6.069.199) lo expresado en la Resolución N° 220/04 de fecha 17 de junio del corriente año, que dice:
“ARTICULO 1°: Reconócese como beneficiarios del
Programa de Propiedad Participada de las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A., el personal que se indica en el “Anexo I”, conforme a los
Dictámenes N° 1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de
Estado. ARTICULO 2°: Queda excluido del Programa de Propiedad Participada de
las Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el personal que se
indica en el “Anexo II”, conforme a los Dictámenes N°
1121/03 y 1122/03 de Fiscalía de Estado. ARTICULO 3°: Notifíquese a la
Asociación Bancaria, al Apoderado Legal del Programa de Propiedad Participada,
y al personal identificado en el Anexo I “Beneficiarios del P.P.P.”,
y en el Anexo II - “Excluidos del P.P.P.”. ARTICULO
4°: Publíquese en el Boletín Oficial la presente resolución con todos sus
Anexos y en forma resumida en el diario de mayor circulación
editados en las ciudades de Santa Fe y Rosario, y por el término de tres
días. ARTICULO 5°: Todo aquel personal que crea tener mejores derechos, deberá
presentarse con la documental correspondiente ante la Dirección General de
Asesoría Letrada General de la Función Pública, sita en calle 3 de Febrero N° 2649 de la ciudad de Santa Fe, y dentro del término de
treinta días corridos, contados a partir de la última publicación de la
presente. ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. C.P.N. WALTER A. AGOSTO,
Ministro de Hacienda y Finanzas”.
S/C 16870 Jul.
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