DECRETO Nº 1993
Santa Fe, 16 de julio de 2003
VISTO:
El Expediente Nº 00401-8014004-V del registro del Ministerio de Educación,
mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada solicita la
aprobación definitiva de los Planes de Estudios de las Carreras de “Técnico
Superior en Periodismo” y “Técnico Superior en Periodismo Deportivo” que se
aplican en el Instituto Superior Particular Autorizado Nº 4064 “Taller Escuela
Agencia” de la ciudad de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que los mismos, contemplan tres (3) años de duración cada uno, y comenzaron
a aplicarse a partir del período lectivo 1996 en el referido instituto, siendo
aprobados con carácter experimental por Disposición Nº 0009/97 del Servicio
Provincial precitado, en orden al Artículo 9º - inciso e) de la Ley Nº 6427, y
Capítulo 1 - Título 1º - Artículo 8º - inciso c) del, Decreto Nº 2880/69;
Que además corresponde señalar que la Disposición referida fue modificada,
a partir del ciclo escolar 2000, mediante Disposición Nº 0853/01 del mencionado
organismo;
Que las evaluaciones realizadas han sido abordadas desde una perspectiva
pedagógica, académica y organizacional a los efectos de adecuar la oferta a las
exigenciás que imponen los cambios experimentados en
el rol y actividad del periodista actual;
Que se evidencia la necesidad de superar en lo pedagógico didáctico,
paradigmas tradicionales, incorporando prácticas situadas en marcos que
faciliten la integración teórico - práctica, estimándose que la implementación
de la modalidad de Taller, extendida a todas las disciplinas que integran los
Planes de Estudios permitió lograr un mejor nivel de motivación en los alumnos
para un saber hacer pertinente y contextualizado,
científica y éticamente, confirmando que los nuevos contenidos curriculares
permitirán al egresado desempeñarse con la debida competencia y capacidad
reflexiva, para ejercer la investigación permanente sobre el impacto de la
dinámica tecnológica en los medios;
Que habiendo tomado intervención previa al efecto el Círculo de Periodistas
Deportivos de Rosario, la Comisión Provincial Permanente creada por Decreto Nº
5799/91 en Dictamen Nº 061/02 otorga su aval para la aprobación de tales
Planes, aconsejando las pertinentes incumbencias profesionales a asignar a los
títulos respectivos, y la correspondiente competencia para el ejercicio de la
docencia en esta Jurisdicción al de Técnico Superior en Periodismo, destacando
en lo que respecta al de Técnico Superior en Periodismo Deportivo, que por la
especificidad de su temática, éste no merece asignación de habilitaciones para
la docencia;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
aportados por los organismos intervinientes, estima
procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones propias
conferidas por el Artículo 72º - Inciso 5º de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Apruébanse los Planes de Estudios
de las Carreras de “Técnico Superior en Periodismo” y de “Técnico Superior en
Periodismo Deportivo” aprobados en forma experimental por Disposición Nº
09/97 y su modificatoria Nº 853/01 del Servicio Provincial de Enseñanza Privada
del Ministerio de Educación, los que como Anexos I y II en nueve (9) y ocho (8)
fojas, respectivamente, integran el presente decreto; y dase
por autorizada su aplicación a partir del Ciclo Lectivo 1996, en el Instituto
Superior Particular Autorizado Nº 4064 “Taller Escuela Agencia” de la ciudad de
Rosario, dependiente del Servicio Provincial precitado.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
C.P.N. Daniel Germano
Nota: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados
en Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
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