DECRETO N°
1985
SANTA FE, 16 de Julio de 2003.
VISTO:
El expediente N° 00501-0044.926-7 del S.I.E. mediante el cual el Departamento de Radiofísica Sanitaria de la Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud y Medio Ambiente,
gestiona la adhesión de la Provincia de Santa Fe a las normas contenidas en la
Resolución N° 1271/01 del Ministerio de Salud de la
Nación; y
CONSIDERANDO:
Que por dicho acto administrativo se aprobaron las “Normas de Verificación,
Instalación y Uso de Equipos Láser”;
Que el desarrollo de la tecnología láser con su variada aplicación en el
campo de la investigación y los usos industriales, como así también, en el
ámbito de la medicina en permanente desarrollo diagnóstico y terapéutico
conlleva un riesgo, por lo que resulta necesario contar con normas de
organización, de funcionamiento y de atención médica y manuales de
procedimientos;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2°, inciso e), y 3°,
inciso c), de la reglamentación aprobada por Decreto N°
132/94, se dio intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos
Jurisdiccional y a Fiscalía de Estado, las que se expidieron al respecto
mediante Dictámenes Nros. 62.122/02 (f. 19) y 168/03
(fs. 54 y 55), respectivamente, considerando
conveniente este Poder Ejecutivo adherir a las citadas normas nacionales;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Adhiérese la Provincia de Santa Fe a
lo establecido en la Resolución N° 1271/01 del
Ministerio de Salud de la Nación, por la cual se aprobaron las “Normas de
Verificación, Instalación y Uso de Equipos de Láser”, siendo el Departamento de
Radiofísica Sanitaria de la Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud y Medio Ambiente,
el organismo de aplicación Provincial.
ARTICULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Ing. Fernando Bondesío
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