picture_as_pdf 2009-06-29

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


NOTIFICACIONES


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente, DEL CORRIPIO ANDREA RITA cuenta N° 091-036133-6 con domicilio fiscal en Porvenir 270 (C.P. 2154 ), Capitán Bermúdez Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal 1.0. 1997, la Resolución Nro. 776-4/09- dictada en autos caratulados: “Expediente N° 13302-0707683-8”:

Rosario - 31 de Marzo de 2009 - VISTO: .... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:

Artículo 1°: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente DEL CORRIPIO ANDREANRITA cuenta N° 091-036133-6, con domicilio fiscal en Porvenir 270-(C.P. 2154); Capitán Bermúdez -Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 25 a 30 de conformidad al siguiente detalle:


Impuesto Recargo Multa Omisión

Período Determinado e Intereses (Res.04/98) Totales

2008/08 6.242,61 918,79 2.497,04 9.658,44

6.242,61 918,79 2.497,04

Suma Parciales 9.658,44

Multa Infrac.a los deberes formales (Res. 06/93) 300.00

Total General .......... 9.958,44

Artículo 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Nueve Mil Novecientos Cincuenta Y Ocho Con44/100.- ($ 9.958,44 ), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3°: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853 - Rosario- Santa Fe.

Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5°: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.-

C.P.N. DIANA EMILIA SANDOZ

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 72399 Jun. 29 Jul. 3

_________________________________________________


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente, RUSSO FABIAN y JAVIER cuenta N° 021-284555-0 con domicilio fiscal en Ruta 21 Km 2670 (C.P. 2126) Fighiera - Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 075-4/09- dictada en autos caratulados: “Expediente N° 13302-0681642-8”:

Rosario 13 de Enero de 2009 - VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:

Artículo 1°: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente RUSSO FABIAN y JAVIER cuenta N° 021-284555-0, con domicilio fiscal en Ruta 21 Km 2670-( C.P.2126 ); Fighiera -Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 10 a 15 de conformidad al siguiente detalle:


Impuesto Recargo Multa Omisión

Período Determinado e Intereses (Res.04/98) Totales

2007/09 6.354,06 1.616,66 2.541,62 10.512,34

6.354,06 1.616,66 2.541,62

Suma Parciales ...... . 10.512,34

Multa Infrac. a los deberes formales (Res. 06/93) ... 100.00

Total General. ......... 10.612,34

Artículo 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Diez Mil Seiscientos Doce con 34/100.- ($ 10.612,34 ), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3°: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853 - Rosario- Santa Fe.

Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5°: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.-

C.P.N. Diana Emilia Sandoz

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 72398 Jun. 29 Jul. 3

_________________________________________________


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente MAGROSA S.R.L., cuenta N° 021-274680-0 con domicilio fiscal en Catamarca 1640 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal 1.0. 1997, la Resolución Nro. 1019-9/09 - dictada en autos caratulados: “Expediente N° 13302-0711636-5”:

Rosario - 28 de Mayo de 2009 - VISTO: .... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:

Artículo 1°: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente MAGROSA S.R.L.. cuenta N° 021-274680-0, con domicilio fiscal en Catamarca 1640 - 2000 Rosario -Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 11 a 16 de conformidad al siguiente detalle:

Impuesto Recargo Multa Omisión

Período Determinado e Intereses (Res.04/98) Totales

2008/10 A 12 10.677,15 1.252,27 4.270,84 10.200,26

10.677,15 1.252,27 4.270,84

Suma Parciales ...... 16.200,26

Multa Infrac. a los deberes formales (Res. 06/93) .......... 900,00

Total General ........ 17.100,26

Artículo 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) Días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Diecisiete Mil Cien Con 26/100.- ($ 17.100,26), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3°: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853 - Rosario- Santa Fe.

Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5°: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.-

C.P.N. Diana Emilia Sandoz

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 72396 Jun. 29 Jul. 3

_________________________________________________


C.U.D.A.I.O.


ORDEN Nº 071/09


VISTO:

El Expediente N° 00512-0000855-2 mediante el cual el Sanatorio Parque de Rosario solicita la incorporación de la Dra. Lichenco, Ana Ma. al equipo de Trasplante de Renal; y

CONSIDERANDO:

Que dicho equipo de Trasplante Renal; ha sido habilitado por Orden N° 003/09 de fecha 12/02/09 de este CUDAIO, para funcionar en el Sanatorio Parque, con domicilio en Bv. Oroño 860 de la ciudad de Rosario, cuya Dirección Médica está a cargo del Dr. José Luis Sgrosso, por un período de dos años.

Que realizada la evaluación correspondiente por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO, en ejercicio de las funciones de contralor previstas en los artículos 3º y 9º de la Ley Nacional Nº 24193, surge que se cumplimentaron los requisitos exigidos por la citada Ley Nacional, su Decreto Reglamentario N° 512/96, y las pertinentes resoluciones del INCUCAI,

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL CUDAIO

ORDENA:

Artículo 1°) Habilítase e incorpórase al equipo de Trasplante Renal- Adultos- del Sanatorio Parque de la ciudad de Rosario, en carácter de integrante, a la Dra. Ana María Linchenco, DNI: 6.288.861-M.P 5801-Nefróloga.

Artículo 2º) La habilitación otorgada en el artículo anterior, tendrán vigencia mientras dure la concedida al equipo de Trasplante Renal por Orden Nº 003/09.

Articulo 3°) Regístrese. comuníquese y archívese.

Dr. GUILLERMO GARCIA

Director Provincial

CUDAIO

S/C 3302 Jun. 29 Jun. 30

__________________________________________


C.U.D.A.I.O.


ORDEN Nº 072/09


Santa Fe, 11 de Junio de 2009

VISTO:

El expediente Nº 00512-0000847-1, por medio del cual se gestiona la incorporación de diversos profesionales al Sanatorio Centro de Rosario, para efectuar implantes de tejidos del sistema músculo-esquelético y ostearticular, y


CONSIDERANDO:

Que el Sanatorio Centro - Aurea Med. S.A., por Orden Nº 036/09 del 27/03/09, emitida por este CUDAIO, ha sido habilitado para realizar implantes de tejidos del sistema músculo-esquelético y osteoarticular, por el término de dos años.

Que por medio del acto administrativo citado en el párrafo anterior se habilitaron tres (3) profesionales para efectuar las prácticas mencionadas.

Que en los presentes actuados se solicita incorporar al grupo de profesionales habilitados a los Dres. Sergio Verger, Fernando Bonetto y Luis J. Turus.

Que dichos profesionales han acreditado contar con la documentación pertinente de acuerdo a las normativas vigentes, para poder efectuar implantes de tejidos del sistema músculo- esquelético y osteoarticular - según Resolución INCUCAI Nº 326/03.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL CUDAIO

ORDENA:

Artículo 1º) Habilítase a los Dres. Sergio Verger, D.N.I. 14.287.949 - M.P. 10.102 - Especialidad: Traumatólogo, al Dr. Fernando A. Bonetto, D.N.I. 14.552.144 - M.P. 10.597 - Especialidad: Ortopedia y Traumatología y al Dr. Luis J. Turus - D.N.I. 22.737.254 - M.P. 14.569 - Especialidad: Traumatología, para realizar prácticas de implantes de tejidos del sistema músculo-esquelético y osteoarticular en el Sanatorio Centro - Aurea Med. S.A. de la ciudad de Rosario, sito en calle Paraguay 975, a cargo del Médico Director Dr. Carlos Muckley.

Artículo 2º) La presente habilitación tendrá vigencia hasta tanto dure la otorgada al establecimiento por orden Nº 036/09. Orden Nº 072/09.

Artículo 3º) Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. GUILLERMO GARCIA

Director Provincial

CUDAIO

S/C 3303 Jun. 29 Jun. 30

__________________________________________


EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO DE PRECIO Nº 8210


Objeto: Contratación en Alquiler de un automóvil tipo sedan o un utilitario tipo furgón chico con puerta lateral y doble hilera de asientos, con chofer por 1.400 horas y 20.000 Km. - Modelo 2004 en adelante al Servicio de Unidad Proyectos EPE.

Apertura de Propuestas: día 14/07/09 - Hora: 11:00

Consultas Técnicas a: Movilidad y Transporte EPE - Urquiza y Tucumán 3000 - Santa Fe.

Entrega de Pliegos e Informes. Empresa Provincial de la Energía - Primera Junta 2558 - 1er. Piso - Of. 7 - Santa Fe - Tel. 0342-4505849

S/C 3304 Jun. 29 Jun. 30

__________________________________________