picture_as_pdf 2004-06-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 12277

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos, el Convenio Marco suscripto el día 12 de marzo de 2003, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia de Santa Fe y la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura de la Universidad Nacional de Rosario, con el fin de desarrollar un programa de asistencia técnica y colaboración recíproca para contribuir al estudio, solución de proyectos y problemas de interés común.

Dicho Convenio fue aprobado por Decreto Nº 2189/03 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, el día 21-03-03, bajo el Nº 1703, Folio 53, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 18 de junio de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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