picture_as_pdf 2009-05-29

RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la 4° Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: COMUNA DE PILAR c/L.E. 2.374.880; L.E. 6.236.258 y L.E. 6.264.892 s/Apremio Fiscal Expte. Nº 1243/07, la Martillera Pública María Alejandra Gutiérrez Mat. 789 Cuit 27-17229269-6, procederá a vender en pública subasta el inmueble inscripto bajo el Nº 027749, Fº 1418 Tº 0187 Impar Dpto. Las Colonias, fíjase el día 08/06/09, a la hora 10, o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado, a la misma hora. La misma se realizara por ante el Juez Comunal a cargo de la localidad de Pilar, Dpto. Las Colonias, el inmueble saldrá a la venta, al mejor postor y con la base del Avalúo Fiscal de $ 28.818.86. En caso de no haber pastores, después de esperar un tiempo prudencial de su ofrecimiento, la base se reducirá en un 25% y si, a pesar de la reducción y transcurrido otro tiempo prudencial, no se presentaren postores, el inmueble saldrá a la venta sin base, todo de acuerdo al siguiente título. La manzana de terreno n° cuarenta y ocho (48) de las que forman el pueblo de la colonia Pilar, Depto Las Colonias, compuesta de ciento treinta y cinco metros de Este a Oeste, por ciento cuarenta y cinco metros cuarenta y ocho centímetros de Norte a Sur, lindando: al Norte, con la manzana n° cuarenta y cuatro y camino, al Este, la n° cuarenta y siete; al Sur, concesiones y caminos, y al Oeste, también concesiones de la Colonia. El Registro General de la Propiedad. Informa que el dominio se encuentra inscripto al Nº 27749, Fº 1418, Tº 187, Dpto. Las Colonias; de fecha 18/02/08. Aforo 15318, por $ 33.292.37, el de estos autos. API 09-20-00-087697/0000-4, adeuda $ 2.602,66 al 13/02/09. El consorcio Caminero Nº 38 Leyes 9663 y 10090 Informa que no registra deuda por encontrarse fuera del radio, cooperativa de Agua Informa Comuna de Pilar: informa por tasa de servicios Públicos Urbanos adeuda $ 4.696 por 49 períodos, Obra de Desagües Cloaca les $ 15.787,30 por 48 períodos y por Obra de Pavimento urbano $ 21.916,61 por 34 períodos al 09/02/09. El Sr. Juez Comunal de Pilar, a los 19 de marzo de 2009, comprendido entre las calles Saavedra hacia el Este, Güemes hacia el Norte, Cabal hacia el Sur y Benefactores al Oeste; y se constata: que en el extremo del vértice Nor-Este se encuentra con una edificación antigua, construida íntegramente en ladrillos asentados en barro, con techo de cinc, paredes sin revocar en todos su paredes exteriores, la construcción se encuentra ocupada por distintas personas que lo hacen en distintos ambientes de la misma; D.N.I. 31.092.484 la parte que ocupa la que comprende 1 (una) cocina de 4x3 mts aprox. con piso de hormigón alisado, paredes revocadas y pintadas en mal estado, cielorraso de tejuela sobre tirantillos; 2 (dos) piezas dormitorios de 5 x 5 mts aprox. y con iguales características construidas a la precedente señalada, con cada una de ellas con una ventana a calle Pública Saavedra, separado de estos 1 (un) galpón precario construido en ladrillos, con techo de zinc y piso de tierra de 5x4 mts. aprox. Y 1 (una) precaria letrina construida en ladrillos; otro sector que por dichos del antes nombrado consta de 1 (un) pasillo con puerta de madera de dos hojas que permite su acceso desde calle Saavedra, de 5 x 1,50 mts. aprox. con piso de ladrillos y paredes revocadas en mal estado y cielorraso de tejuelas, es imposible el ingreso al mismo por cuanto se encuentra con cerrojo de cadena y candado y no compareciendo profesional de la actora no se requiere presencia del cerrajero, este permite acceso a su vez a 2 (dos) piezas de 5 x 5 mts. aprox. con iguales características constructivas que las antes señaladas y cada una también con ventana a calle Pública Saavedra, este sector por los dichos del Sr. Segovia es ocupado por quien se identifica como llamado Arturo Ramassotti o Ramassotto, quien tiene en deposito muebles y otras pertenencias que en su mayoría se dicen ser en desuso; a continuación se construyo en el ultimo sector a constatar que tiene acceso por un amplio patio posterior, en el mismo se encuentra la presencia de quien dice llamarse Paola Adriana Wittemann D.N.I. 28.974.668, quien permite el acceso al mismo y se constata que consta de 1 (una) cocina de 4x4 mts. aprox. con piso de hormigón alisado, paredes revocadas y pintadas y en mal estado, cielorraso de tejuelas sobre tirantillos y con puerta de ingreso desde el patio; seguida a esta 1 (un) dormitorio de 6 x 4 mts, aprox. con piso de mosaico en mal estado, paredes revocadas y pintadas en mal estado y cielorraso de tejuelas sobre tirantillos, con una ventana clausurada y con una abertura simple hada el anterior descrito aunque sin puerta; separado de estos dos 1 (una) letrina precaria construida en ladrillos; se deja constancia que el señor José A. Segovia dice habitar el sector que ocupa junto a su esposa e hijos de esta y uno de ambos; asimismo la señora Paola Witterman dice hacerlo junto a su esposo y la hija de ambos; en los dos casos dicen hacerlo en forma precaria, sin mediar contrato alguno por cuanto no pueden exhibir documental que acredite sus dichos y también en ambos casos dicen hacerlo por cuanto le han sido cedidos los ambientes que ocupan por parte del señor Arturo Ramassotti o Ramassotto y también ambos dicen desconocer las razones por cuanto el nombrado se atribuye como para cederles la ocupación que realizan. Este sector constatado cuenta con servicio de agua potable, energía eléctrica y además con redes de desagües cloacales aunque a estas sin conectarse. El resto del predio lo constituye cuatro potreros de distintas medidas, en los mismos no se advierte ocupación efectiva, ni emprendimientos o explotación alguna, solo pastizales sin cortar, estos potreros se encuentran divididos uno de otros en su interior por alambradas de cuatro hilos sobre postes y varillas, del mismo modo se encuentra delimitados respecto de respectivas calles públicas a las que cada uno tiene sus frentes, a saber sus medidas se pueden identificar: 1 (uno) con frente a calle Güemes, 20 mts. de extensión aprox. sobre el mismo, en sus costados Este y Oeste 65 mts., aprox. de extensión, delimita en su costado Este con patio y sector de vivienda antes señalado, en su costado Oeste con 1 (un) potrero de 75 mts. por su frente Norte a calle Güemes por 35 mts. por su frente Oeste a calle Benefactores, este a su vez delimita con 1 (un) potrero de 75 mts. de frente por su lado Sur a calle Cabal e igual frente por su lado Norte que da al antes inmediato señalado, cuenta con 100 mts. aprox. por su lado Oeste que da a calle Benefactores e igual medida por su lado Este en el que delimita con el primero identificado en una extensión aprox. de 30 mts. y el resto de 70 mts. aprox. con un ultimo potrero a identificar, este último 1(un) potrero de 70 mts. por su frente Sur a calle Cabal x 70 mts. en su lado Este a calle Saavedra, por su lado Norte delimita con patio lateral y sector de vivienda primeramente constatada y como quedara dicho por su lado Oeste con el antes inmediato descrito. Todo el inmueble se ubica en sector del ejido urbano, las cuatro calles que lo rodean son de tierra con afirmado de escoria industrial y otros materiales; se sitúa a un promedio de 8 a 10 cuadras entes gubernativos, financieros, cooperativos, mutuales, de otros servicios, educativos, y a solo 50/60 mts. de hospital público de la localidad. El comprador deberá abonar en el acto del remate el 10% del precio en dinero efectivo con más la comisión del martillero. El saldo de precio con más el impuesto los impuestos, a la compraventa, Provinciales, Municipales Impuesto a la transmisión onerosa de inmueble, e IVA (si correspondiere), deberán ser abonados dentro del término de 5 días de ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta previa notificación por cédulas libradas en legal forma. Hágase saber que el comprador se hará cargo, a partir de la fecha del acta de remate, y los que surjan del acto mismo de compra de los impuestos Provinciales y/o Municipales que pesan sobre el inmueble. El comprador deberá conformarse con las constancias de autos, adjudicado el bien no se admitirá reclamación por falta o insuficiencia de títulos. Publíquense edictos ley. A tales fines. Informes en la Secretaría del Juzgado y/o Martillera, calle Arenales 432, Rafaela, Cel. 0342-156102619. Rafaela, 22 de Mayo de 2009. Elido G. Ercole, secretario.

S/C 69596 May. 29 Jun. 2

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