TECNO DALVO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Y DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición de señor Juez de la Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. nominación, a cargo del Registro Público de Comercio, en los autos “TECNO - DALVO S.R.L s/modificación de los Art. 5 y 6 y designación de autoridades” Expte. 307/2009, se ha ordenado la siguiente publicación:
Por acta de fecha 31 de marzo de 2009 se resuelve:
Primero: El señor Héctor Raúl Villar cede al señor Héctor Sebastián Villar 300 cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada una, y cede al señor Diego Artemio Villar 300 cuotas sociales de pesos diez ($ 10.-) cada una.
Segundo: La señora Raquel María del Valle Olivero de Villar cede al señor Héctor Sebastián Villar 300 cuotas sociales de pesos diez ($ 10) cada una, y cede al señor Diego Artemio Villar 300 cuotas sociales de pesos diez ($ 10) cada una.
Los artículos 5 y 6 quedan redactados de la siguiente manera:
Artículo 5- El capital social se fija en la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) representados en 2000 cuotas de pesos diez ($ 10.-), valor de cada una, suscripto e integrado por los socios de la siguiente manera, el socio Héctor Raúl Villar, suscribe e integra 1200 cuotas-, el socio Héctor Sebastián Villar, suscribe e integra 400 cuotas y el socio Diego Artemio Villar, suscribe e integra 400 cuotas.
Artículo 6- La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designados por tiempo indeterminado. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualesquiera de ellos.
II- De acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta se resuelve que la gerencia estará a cargo de dos gerentes y se designa por unanimidad gerentes, a Héctor Raúl Villar, L.E. 8.636.035 y a Héctor Sebastián Villar, D.N.I. 29.722.657.
Santa Fe, 20 de mayo de 2009. - Mercedes Kolev, secretaria.
$ 40 69313 May. 29
__________________________________________