DECRETO N°
1290
SANTA FE, 20 MAY 2003
VISTO el expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes
Nº 00201-0085446-0 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), relacionado con
el proyecto de cambio del límite territorial de las Comisarías Primera y
Segunda, con asiento en Reconquista (Unidad Regional IX Dpto. Gral. Obligado),
elevado por la Jefatura de Policía de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el Acta obrante a fojas 1 y 2 de autos, expresa que las causas que se
tuvieron en cuenta para la gestión, son las de equiparar la división de sendos
territorios, como consecuencia de la disparidad que existía debido a que la
ciudad de Reconquista fue ampliando sus zonas barriales, habiendo mayor
conglomeración de personas en el sector y/o zona suroeste, convergiendo por
ello variados incidentes que hacen necesaria la intervención policial, además
de la prevención que ello trae aparejado, resulta, con la modificación
propuesta, más equitativo el límite, y la labor policial será más eficaz y
eficiente;
Que por ello, el Jefe de la Unidad Regional IX (Dpto. Gral. Obligado),
dictó la Resolución 001, del 31 de octubre de 2002, en cuyo artículo 1º
determinó: modificar el límite de la Comisaría Primera, hacia el cardinal Sur,
llevando el mismo hasta el Boulevard Lovato,
continuando hacia el cardinal Oeste con la Ruta Provincial Nº 40-S, hasta el
límite jurisdiccional del Destacamento Nº 4 (La Potasa), y hacia el Este sigue
la línea imaginaria que concluye con las márgenes del arroyo El Rey. El limite de la Comisaría Segunda, se disminuye partiendo desde
Boulevard Lovato y Ruta Provincial 40-S hacia el Sur,
incluyendo las citadas arterias en ambas márgenes;
Que el señor Jefe de Policía de la Provincia, mediante Resolución 001, del
8 de enero de 2003, ratificó la delimitación efectuada, explicando que la
facultad del Jefe de la Unidad Regional para proponer tales modificaciones está
contemplada en el artículo 9º, del inciso i) del Reglamento Orgánico de la
Unidad Regional;
Que por lo expuesto, no mediando ninguna objeción de tipo legal, y atento a
los dictámenes nros. 0051/03 de la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto y 000290/03
de Fiscalía de Estado, corresponde aprobar las modificaciones propuestas, de
conformidad a las prescripciones del artículo 55 y ss.
de la Ley 7395 (aprobada por el Decreto 1841/75);
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º) - Apruébase, de conformidad a lo
normado por el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia Nº
7395, la Resolución 001, del 8 de enero de 2003, emanada del señor Jefe de
Policía de la Provincia -que como Anexo forma parte del presente, por la cual
se ratifica la nueva delimitación efectuada por la Unidad Regional IX (Gral.
Obligado), de las jurisdicciones inherentes a las Comisarías Primera y Segunda,
con asiento en la ciudad de Reconquista.
ARTICULO 2º) - Regístrese, comuníquese y archívese.
REUTEMANN
Dr. Carlos Alberto Carranza
RESOLUCION J.P.P.
Nro. 001/03.
VISTO: El contenido del presente expediente DOPP Nro.
912/02 referido a la modificación de límites jurisdiccionales de las
Comisarías: 1) y 2) de la Unidad Regional IX Departamento General Obligado, y
CONSIDERANDO: Que la aludida Unidad Regional IX ha resuelto la modificación
del límite territorial de las Comisarías 1era. y 2da. mediante Resolución nro. DOP UR IX
nro. 001/02 (vista fojas 03). Que en fojas (21) la
División Operaciones Especiales (D.3) previo dictamen de la Asistencia Letrada
del Departamento del Departamento Operaciones, opina que de acuerdo a la
planimetría insertada queda claro que solamente se ha modificado el límite
entre ambas unidades de orden público de mención extendiéndose el territorio
jurisdiccional de la Comisaría 1era. en su cardinal
Sur hasta Boulevar Lobato e imaginariamente su
continuación al Este y Oeste siendo dicho Boulevard el nuevo límite con la
Comisaría 2nda. Que atento a los artículos 8, 9 inciso i) del ROUR el jefe de
Unidad Regional tiene facultades para proponer las modificaciones que crea
necesarias en función del resguardo de la seguridad en la tutela de personas y
bienes de la comunidad, y;
ATENTO : A lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica Policial y demás
facultades que le son propias
EL JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE:
ART. 1º: Ratificar la nueva delimitación efectuada por la Unidad Regional
IX Departamento General Obligado sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo
Provincial de las jurisdicciones inherentes a la Comisaría 1era. y 2nda. U.R.IX y específicamente
en el cardinal Sur de la primera de las nombradas y Norte de la segunda, siendo
el nuevo límite el Boulevard Lobato de la ciudad de Reconquista de acuerdo a la
planimetría adjuntada desde folios 15 a 20 de autos.
ART. 2º: Por Secretaría General, remitir copia de la presente a la Unidad
Regional IX General Obligado y elevar el presente al Ministerio de Gobierno
Justicia y Culto a los fines dicte el acto administrativo pertinente de acuerdo
a lo connotado en el 2do. párrafo del artículo 55 de
la Ley Orgánica Policial.
JEFATURA DE POLICIA DE LA PROVINCIA.
SANTA FE, 08 de enero de 2003.
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