JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 1ra. Nominación de Rosario, secretaría a cargo del Dr. Ricardo Sullivan, se cita a la demandada, la Sra. Elena Beatriz Weinstock a la audiencia de trámite conforme el Art. 51 de la Ley 7945, fijada el día 23 de Junio de 2016 a las 9:30 horas, a los fines de conciliar. De no lograrse la conciliación, en dicha audiencia, deberá absolver posiciones, reconocer documental y exhibir la documentación detallada en el punto “C” del escrito de demanda; todo ello, bajo apercibimiento de tenerse por confesa, de considerarse reconocida la documental, y de lo dispuesto en el Art. 51, 52 y 66 del C.P.L., en los autos caratulados: RZEMYK, OSCAR ANTONIO c/WEINSTOCK, ELENA BEATRIZ s/Cobro de pesos, Expte. N° 1448/11. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 3 de Marzo de 2016. Dr. Sullivan, Secretario.
S/C 289693 Abr. 29 May. 3
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Silvia A. Cicuto, en los autos caratulados PASTOR, EDUARDO ANDRES s/Ausencia con presunción, Expte. Nº 326/2013, se ha ordenado: Rosario, 23 de Abril de 2013. Por presentado, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado. Por promovida la presente acción para declarar el fallecimiento presunto de don Eduardo Andrés Pastor. Fdo. Dra. Silvia A. Cicuto (Juez) Dra. Raquel Badino (Secretaria). Otro: Rosario, 10 de Marzo de 2016. ... Precédase a la publicación de edictos como solicita. Fdo. Dra. Silvia A. Cicuto (Juez) Dra. Daniela Jaime (Secretaria). En consecuencia se hace saber que se ha dispuesto citar y emplazar una vez por mes, durante seis meses al señor Eduardo Andrés Pastor, D.N.I. Nº 20.598.676, argentino, nacido en Rosario el 10 de Enero de 1969, de apellido materno Hube, para que comparezca a hacer valer sus derechos en esta causa, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Rosario, 21/03/2016. Dra. Sedita, Secretaria.
$ 270 286454 Abr. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, Secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/NIEVA, ARIEL ALEJANDRO MARTÍN s/Ordinario; (Expte. N° 877/12) se ha dictado la providencia del siguiente tenor: Rosario, 01/03/16. Atento constancias de autos y a lo normado por el Art. 73 CPCC, cítese a la demandada por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley, y bajo los apercibimientos previstos en los Arts. 77, 78 y cc CPCC. Fdo.: Dr. Marcelo Quiroga (Juez) y Dra. Lorena González (Secretaria). Rosario, Abril de 2016.
$ 33 289706 Abr. 29 May. 3
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, en autos: QUINEGO, ROMINA INGRID s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. Nro. 1064/15 mediante auto Nº 683 de fecha 25/04/16, se ha dispuesto fijar las fechas de las indicadas en el Art. 88 LCQ, en virtud de lo cual los acreedores pueden verificar sus créditos hasta el día 24/05/2016, por ante la sindica CPN Nora Silvia Rossi de lunes a viernes en el horario de atención de 08:00 a 11:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en calle Rueda 255 P.A. de Rosario, te. 4850853. Los informes individual y general, deberán ser presentados por la Sindicatura los días 01/07/2016 y 12/08/2016, respectivamente. Rosario, 25 de Abril de 2016. Firmado: Dra. Aldana Viele, prosecretaria.
S/C 289677 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, en autos: BARGUT DAVID NAZARIO s/Concurso Preventivo; (CUIJ Nº 21-02854410-0), se hace saber que por Sentencia Nro. 742 de fecha 01 de Abril de 2016 se ha decretado la apertura del concurso preventivo de Bargut David Nazario, CUIT Nº 20-12520926-3, con domicilio real en calle Brassey 8401 y domicilio legal en calle Paraguay 777, piso 9, ambos de la ciudad de Rosario, que tramitará conjuntamente con el concurso preventivo de SOLIDO S.A., fijándose hasta el día 5.7.16 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación al Síndico, C.P.N. Mariela Lilian Rodríguez, C.P.N. Néstor Eduardo Amut y el C.P.N. Rubén Dario Basteri, en el domicilio de calle Ituzaingo 1642 2° “A” de Rosario de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 hs. Fíjase el día 30.09.2016, para la presentación del Informe Individual y el 6.12.2016, para la presentación del Informe General. Rosario, Secretaría, 25 de Abril de 2016. Dra. Cinalli, Secretaria.
$ 180 289782 Abr. 29 May. 5
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario dentro de los caratulados: BANCO CREDICOOP CL c/PILLA CLAUDIO JESUS s/Ejecutivo; (CUIJ: 21-01606920-2), ha dispuesto no habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 25 de Abril de 2016. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria.
$ 33 289665 Abr. 29 May. 3
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro Boasso, Secretaria Dra. María Sol Sedita, en autos HEISTERBORG, ERIKA WANDA s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 1592/10), en fecha 17/12/14, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Alejandro Echarte (L.E. 2.116.960), así como a todas aquellas personas que se creyeran con derecho sobre el inmueble inscripto al T° 70bis, F° 871 vta., Nº 29780 Dpto. Rosario, para que dentro del término y bajo los apercibimientos del Art. 597 CPCC, comparezcan a estar a derecho, publicándose edictos tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación (Art. 73 CPCC). En caso que no comparecieren en término, se nombrará un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes. Rosario, 20 de Abril de 2016. Dra. Porrez, Secretaria E/S.
$ 52,50 289672 Abr. 29 May. 3
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación Dr. Marcelo Bergia, Secretaria Dra. Verónica Accinelli, hace saber que en autos BANCO MACRO S.A. c/BELLU, DANIELA CARINA s/Ejecutivo; (Expte. Nº 1533/13), en fecha 09/03/16 por sentencia N° 321, se ha dispuesto lo siguiente: Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Hago lugar a la demanda y, en consecuencia, ordeno llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Daniela Carina Bellu (DNI 30.890.624), hasta que se pague a Banco Macro S.A. la suma de $ 15.548,11, con más intereses compensatorios a una tasa del 35,5% nominal anual y punitorios del 50% de los primeros, desde el 10/02/13 todo hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Si al momento de practicarse la correspondiente liquidación surgiera que los intereses compensatorios son superiores a los que resulten de aplicar la tasa para adelanto en cuenta corriente del Nuevo Banco de Santa Fe, capitalizados mensualmente, o los intereses punitorios son superiores a la mitad de los compensatorios, deberán reducirse a esos límites. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los mismos se actualizarán conforme lo dispuesto por el Art. 32 Ley 6767 (según ley 12.851). El obligado al pago deberá pagarlos dentro del plazo de 15 días corridos de haber quedado firmes al valor actualizado a la fecha de pago. En caso que no sean pagados dentro de ese plazo, los mismos devengarán intereses al 6% anual desde la fecha de la mora y hasta la fecha de efectivo pago. Los rubros que integran las costas que no son honorarios devengarán intereses la tasa activa del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para operaciones de adelanto en cuenta corriente, no capitalizados, desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha de la presente sentencia. Una vez vencido el plazo para el pago se le aplicará la misma tasa de interés y de la misma forma prevista para el capital. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Fdo. Dr Marcelo Bergia (Juez) Dra. Verónica Accinelli (Secretaria). Rosario, 20 de Abril de 2016. Dra. Porrez, Secretaria.
$ 65 289664 Abr. 29 May. 3
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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, hace saber que dentro de los autos caratulados: SIUFI, ANGELA MARIA c/BALBI, ANDRES s/Usucapión; Expte. Nº 152/10, se ha dictado la siguiente Resolución: N° 668 Rosario, 28 de Marzo de 2016: Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Ampliar la sentencia Nº 3674/14 (fs. 177/183) en el sentido que la descripción del inmueble objeto de los presentes, conforme Plano de Mensura Para Información Posesoria es la siguiente: Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, designado como Lote A en el plano confeccionado por los Agrimensores Dardo J. Delorenzi y Adrián R. Tamagno, archivado en Duplicados bajo el Nº 4302-R el 10 de Febrero de 2.012 en el Servicio de Catastro e Información Territorial, Regional Rosario, situado en calle Mendoza entre el Pasaje Tossi y el Pasaje Alvarado, ubicándose a los 19,21 metros del Pasaje Alvarado hacia el Este, compuesto de 8,08 metros de frente al Norte, su lado Este mide 53,61 metros formando un ángulo con el lado Norte de 104° 17´ 54”, el lado Sur mide 14,43 metros formando un ángulo con el lado Este de 90° 00’ 00”, y su lado Oeste está formado por una línea quebrada de nueve tramos, cuyo primer tramo de 22,81 metros, parte del extremo Oeste del lado Sur con un ángulo de 90°00’00”, en dirección al Norte, desde el extremo Norte del último tramo, y formando con éste un ángulo de 90º100’00”, parte el segundo tramo en dirección al Este de 0,46 metros, desde el extremo Este del último tramo, y formando con éste un ángulo de 270°09’30”, parte el tercer tramo en dirección al Norte de 15,81 metros, desde el extremo Norte del último tramo, y formando con éste un ángulo de 88º03’46”, parte el cuarto tramo en dirección al Este de 4,88 metros, desde el extremo Este del último tramo, y formando con éste un ángulo de 91º46’44”, parte el quinto tramo en dirección al Sud de 2,59 metros, desde el extremo Sud del último tramo, y formando con éste un ángulo de 270°00’00”, parte el sexto tramo en dirección al Este de 5,28 metros, desde el extremo Este del último tramo, y formando con éste un ángulo de 270º00’00”, parte el séptimo tramo en dirección al Norte de 7,31 metros, desde el extremo Norte del último tramo y formando con éste un ángulo de 270°00’00”, parte el octavo tramo en dirección al Oeste de 4,06 metros, y desde el extremo Oeste del último tramo, y formando con éste un ángulo de 89º36’35”, parte el noveno y último tramo en dirección al Norte de 12,42 metros, cerrando la figura y formando un ángulo con el lado Norte de 76°05’31, encerrando una superficie de 643,06 m2: y linda al Norte con calle Mendoza, al Este y al Sur con Vicente Santo y otro, al Oeste con Julio Rubio y otra, Nilda Bertolini y otra, Adalberto Dean, Julio Rubio y Nelly Rubio, Cristian Miracca, Sebastián Abdelnur, y con Hugo Kaplan y Norberto Kaplan. Insértese y hágase saber. Fdo, Dra. Silvia Ana Cicuto (Juez), Dra. Daniela A. Jaime (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 18 de Abril de 2.016. Fdo. Dra. Daniela A. Jaime (Secretaria).
$ 33 289688 Abr. 29 May. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Octava Nominación de Rosario, en autos: LOPEZ SCHENBERGER, GASTON IVO s/Quiebra; CUIJ 21-02850703-5, por Auto Nº 905 de fecha 19/04/16, se ha resuelto: Resuelvo: 1) Fijar hasta el día 06 de Junio de 2016 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 03 de Agosto de 2016 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 15 de Septiembre de 2016, para la presentación del Informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETIN OFICIAL haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Asimismo, se hace saber que el Síndico designado en los presente autos es el C.P.N. Guillermo Félix Spiller, con domicilio en Mitre 868 Piso 6to., oficina “6” de esta ciudad con horarios de atención de lunes a viernes de 08:30 a 17:30 Hs. Publíquense por 5 días - Edicto sin cargo conforme Art. 182 L.C.Q. Dra. Huljich, Secretaria.
S/C 289719 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, en los autos BANCO MACRO SA c/BLANCO ALBERTO s/Ejecutivo; Expte. Nº 1276/2014, se ha dispuesto citar y emplazar a estar a derecho por el término de tres (3) días bajo apercibimientos de ley al demandado llamado Alberto Blanco, lo que así fue resuelto por decreto de fecha 23.12.14. Rosario, 25.04.16. Dra. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 33 289717 Abr. 29 May. 3
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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Sexta Nominación Rosario, Dr. Néstor García, notifica la Resolución Nro. 1911, de fecha 29.6.2015, que expresa; Rosario, 29 de Junio de 2015. Y Vistos... Y Considerando... Fallo: 1.- Haciendo Jugar a la demanda y en consecuencia, condenando a la parte demandada a que en el término de treinta (30) días proceda a suscribir la escritura traslativa de dominio a favor de la actora respecto del inmueble inscripto al tomo 375 C, folio 18 Nro 161935 del distrito de Alvear, departamento Rosario, Provincia de Santa Fe bajo apercibimientos e hacerlo el suscripto a costa de la demandada (Art. 265 CPCC). 2.- Las costas se impondrán provisoriamente a la actora tal como se expusiera en los considerandos de la presente preservando el derecho de aquella de repetir las sumas pagadas de la parte perdidosa. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Néstor Garcia (Juez); Dra. Baclini Belén (Secretaria). (Autos: PERALTA PABLO A. y Otra c/CANOVAS JUAN CARLOS y Otros; CUMPLIMIENTO DE CONTRATO - ESCRITURACIÓN; Expte. Nº 47/2010. Rosario, de Febrero de 2016. Dr. Bitetti, Prosecretario.
$ 52,50 289742 Abr. 29 May. 3
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: PFARRER, ALICIA LEONOR E. s/Concurso Preventivo; Expte. N° 656/2014, mediante Resolución Nº 895 de fecha 19/04/16, se ha declarado la Quiebra Indirecta de Alicia Leonor Estefanía Pfarrer, DNI Nº 4.437.875, con domicilio en calle San Martín 876 Piso 9 y domicilio legal en calle Santa Fe 1261 6to. Piso oficina 601 “A” ambos de esta ciudad. 2) Mantener al proceso en la categoría “B”, imponer que continúe la sindicatura ya designada, CPN Carmen Stella Verón, con domicilio en San Martín 971, Piso 1, Oficina “C” de Rosario, con los trámites inherentes a esta quiebra. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (C.A.B.A.), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Designar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación al síndico actuante el día 06 de Junio de 2016, para la presentación del informe individual el día 03 de Agosto de 2016, y para la presentación del informe general el día 15 de Septiembre de 2016. 7) Intimar al deudor para que, dentro de las 24hs., entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 8) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 9) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 10) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 11) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley Nº 24.522, a cuyo fin oficiar a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual), en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes. Los oficios deberá ser remitidos por la Secretaria por mail, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 12) Haciendo saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el Art. 103 de la Ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 13) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (Art. 106 y ss. L.C.Q.) 14) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Manteniendo como síndico y funcionario incautador a quien intervino en el concurso preventivo infructuoso, quien procederá a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceda a la incautación prevista por el Art. 177 de la Ley 24.522. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 15) Publíquense edictos conforme lo dispuesto en el Art. 89 de la L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días. 16) Hágase saber a la Sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución, deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberá encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 17) Hágase saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 18) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. 19) Los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente. Ordenar al síndico la realización el recálculo de los créditos verificados en el concurso preventivo aplicando intereses a las tasas correspondientes a cada, uno hasta la fecha de esta resolución. 20) Procediendo, por Secretaría, a recaratular estas actuaciones con el aditamento “Hoy su Quiebra”. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme Arts. 89 y 182 L.C.Q. Dra. Huljich, Secretaria.
S/C 289723 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: TIRABOSCHI, MARIO JOSE s/Quiebra; Expte. Nº 87/15, mediante Resolución Nº 807 de fecha 11/04/16, se ha declarado la Quiebra Indirecta de Mario José Tiraboschi, DNI 21.810.391, con domicilio en calle Gaboto 2972 y domicilio legal en calle Santa Fe 1261 6to. Piso oficina 601 “A” ambos de esta ciudad. 2) Mantener al proceso en la categoría “B”, imponer que continúe la sindicatura ya designada, CPN Ariel Walter Folch, con domicilio en Zeballos 2071 de Rosario, con los trámites inherentes a esta quiebra. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (C.A.B.A.), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Designar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación al síndico actuante el día 30 de Mayo de 2016, para la presentación del informe individual el día 27 de Julio de 2016, y para la presentación del informe general el día 08 de Septiembre de 2016. 7) Intimar al deudor para que, dentro de las 24hs., entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 8) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 9) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 10) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 11) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley 24.522, a cuyo fin oficiar a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Pe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual), en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes. Los oficios deberá ser remitidos por la Secretaría por mail, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 12) Haciendo saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el Art. 103 de la Ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 13) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (Art. 106 y ss. L.C.Q.) 14) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Manteniendo como síndico y funcionario incautador a quien intervino en el concurso preventivo infructuoso, quien procederá a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceda a la incautación prevista por el Art. 177 de la Ley 24.522. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 15) Publíquense edictos conforme lo dispuesto en el Art. 89 de la L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días. 16) Hágase saber a la Sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución, deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberá encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 17) Hágase saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 18) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. 19) Los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente. Ordenar al síndico la realización el recálculo de los créditos verificados en el concurso preventivo aplicando intereses a las tasas correspondientes a cada uno hasta la fecha de esta resolución. 20) Procediendo, por Secretaria, a recaratular estas actuaciones con el aditamento “Hoy su Quiebra”. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme Arts. 89 y 182 L.C.Q. Dra. Huljich, Secretaria.
S/C 289724 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: ROSSETTI, MARIELA EDITH s/Propia Quiebra; CUIJ 21-02853347-8, mediante Resolución Nº 835 de fecha 14/04/16, se ha declarado la Quiebra de Mariela Edith Rossetti, D.N.I. Nº 25.524.617, argentina, con domicilio real en Cazadores Nº 2319 y legal en Santa Fe 1410 Piso 2, Oficinas 13-14 ambos de la ciudad de Rosario. 2) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 3) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (C.A.B.A.), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 4) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API ( a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 5) Intimar al deudor para que, dentro de las 24hs., entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Intimar al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 7) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 8) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A. 9) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley 24.522, a cuyo fin oficiar a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual), en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes. Los oficios deberá ser remitidos por la Secretaría por mail, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 10) Haciendo saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el Art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 11) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (Art. 106 y ss. L.C.Q.) 12) Clasificando al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico a sus efectos designase la audiencia del día 04 de Mayo de 2016 a las 10.00 hs. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el Art. 88 última parte L.C.Q. se fijaran por auto ampliatorio de la presente aceptada que fuere el cargo por el Síndico sorteado. 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Manteniendo como síndico y funcionario incautador a quien intervino en el concurso preventivo infructuoso, quien procederá a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceda a la incautación prevista por el Art. 177 de la Ley 24.522. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publíquense edictos conforme lo dispuesto en el Art. 89 de la L.C.Q. en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días. 15) Hágase saber a la Sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución, deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberá encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hágase saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme Arts. 89 y 182 L.C.Q. Dra. Huljich, Secretaria.
S/C 289727 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Octava Nominación de Rosario, en autos: TONON, PATRICIA LILIANA s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ: 21-02845797-6, por Auto N° 809 de fecha 12/04/16, se ha resuelto: 1) Fijar hasta el día 30 de Mayo de 2016 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del Art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 27 de Julio de 2016, para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 08 de Septiembre de 2016, para la presentación del informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETIN OFICIAL haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Asimismo, se hace saber que la Síndica designada en los presentes autos es la C.P.N. Liliana Ester Taccetta, con domicilio en calle Jujuy 2033 PB de esta ciudad con horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 a 12.00 y de 16.00 a 19.00 horas. Publíquense por 5 días - Edicto sin cargo conforme Art. 182 L.C.Q. Rosario, 12 de Abril de 2016. Dra. Huljich, Secretaria.
S/C 289725 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. instancia en lo Civil y Comercial de la 5a. Nominación de la ciudad de Rosario Dr. Kvasina -Juez-, se cita, llama y emplaza por el término de ley a los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados de don Filippi Osvaldo Roberto, DNI 5.984.634, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por 10 días, Art. 592 CPCC. (Autos: FILIPPI OSVALDO R. s/Declaratoria de Herederos Expte. Nº 21-028454357-0,). Fdo. Dr. Alfredo Farias, secretario; y Dr. Kvasina Iván, Juez. Rosario, 21 de Abril de 2016. Dr. Farias, Secretario.
$ 45 289757 Abr. 29 May. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de ALVAREZ o ALVAREZ GONZALEZ, DAVID, DNI Nº 6.038.010; y de AMORINI, ELSA ENRIQUETA, DNI Nº 5.558.517, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C. Civil). (Expte. CUIJ: 21-02845310-5). Rosario, 22 de Abril de 2016. Dra. Jessica M. Cinalli, Secretaria.
$ 45 289551 Abr. 29
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de la ciudad de Rosario Dr. Oroño, Juez, se cita, llama y emplaza por el término de ley a los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados de don Juan Carlos Chiappini, DNI 5.971.341, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por 10 días, Art. 592 CPCC; (Autos: CHIAPPINI JUAN CARLOS s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 21-02854149-7). Fdo. Dra. Carla Gussoni Porrez, Secretaria; y Dr. Eduardo Oroño, Juez. Rosario, 19 de Abril de 2016. Dra. Becerra, Prosecretaria.
$ 45 289760 Abr. 29 May. 12
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Por disposición de1 Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Juárez, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Juan Angel Pasutti, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 (treinta) días y bajo los apercibimientos legales dentro de los autos caratulados: PASUTTI, JUAN ANGEL s/Declaratoria de Herederos, CUIJ: 21-02854282-5. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y hall de Tribunales. Rosario, de 2016. Dr. Santiago M. Malé Franch, Secretario.
$ 45 289653 Abr. 29
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Alicia Noemí Córdoba, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. CORDOBA, ALICIA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02855634-6). Rosario, 20 de Abril de 2016.
$ 45 289671 Abr. 29 May. 12
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, Dra. Julieta Gentile, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Bernardo Cabral, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 (treinta) días y bajo los apercibimientos legales dentro de los autos caratulados: CABRAL, BERNARDO s/Sucesorio; Expte. N° 107/2016, CUIJ 21-02853683-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y Hall de Tribunales. Rosario, de 2016. Dra. María Silvia Zamanillo, Secretaria. Dra. Dulcich, Prosecretaria.
$ 45 289652 Abr. 29
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Juárez, Secretaría Dr. Santiago Malé Franch, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Diego Eduardo Turner (DNI 5.992.206), para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. TURNER, DIEGO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02854436-4). Rosario, 20 de Abril de 2016. Dra. Porrez, Secretaria E/S.
$ 45 289668 Abr. 29
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario dentro de los caratulados: RUIZ ENRIQUE s/Sucesorio (CUIJ 21-02855178-6), llama a los herederos, acreedores o legatarios de Enrique Ruiz, para que en el término de treinta días comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos por un día en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Rosario, 25 de Abril de 2016. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria en suplencia.
$ 45 289662 Abr. 29
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El señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario hace saber que el Sr. VICENTE ABATE, D.N.I. 6.031.645 Y la Sra. MARTHA ROSA FOGLIA, LC 3.803.989 y cita a sus herederos, acreedores, legatarios y todas los que se consideren con derecho a los bienes de su patrimonio, para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día. Dra. Verónica A. Accinelli. (ABATE SERGIO y Ot s/Declaratoria de herederos.) Secretaría, Rosario, 18 de Abril de 2016. Dra. Accinelli, Secretaria.
$ 45 289667 Abr. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios de don Eduardo Marcelo Corbat, DNI Nº 14.729.458, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de diez días bajo apercibimientos de ley, dentro de los autos caratulados “CORBAT, EDUARDO MARCELO s/Sucesorio” - Expte. No 21-02850040-5. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de entradas del Palacio de Tribunales. Rosario, 7 de Abril de 2016. Dra. Becerra, Prosecretaria.
$ 45 289777 Abr. 29 May. 12
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de ANITA ALFONSINA MANGIARELLI, por un día para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 25 de Abril de 2016. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria.
$ 45 289660 Abr. 29
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de INES ANA CONCINA, por diez día para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 25 de Abril de 2016. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria.
$ 45 289658 Abr. 29 May. 12
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de ROSA ALBINA BENZI, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 25 de Abril de 2016. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria.
$ 45 289657 Abr. 29 May. 12
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de NATIVIDAD GODOY, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 25.04.16. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 289711 Abr. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de ANGELA GUIDITA MORRESI, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 25.04.16. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 289714 Abr. 29
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de DOMINDO EULALIO DIAZ y CLERY ALICIA MAZZARON, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 25.04.16. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 289715 Abr. 29
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 16, Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Pozzi, Secretaria de la Dra. Laura Mariana Barco, en los autos caratulados NOGAROTO HUMBERTO s/Declaratoria de Herederos (Expte. 374/16), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Nogaroto, Humberto, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley, comparezca ante este tribunal a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Barco, Secretaria.
$ 45 289745 Abr. 29 May. 5
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, 1ra. Nominación de Casilda, se hace saber que en los autos caratulados: GARCIA HUGO MARCIAL s/Declaratoria de Herederos - Sucesión; Expte. N° 735/2015, se ha ordenado la publicación del presente por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante García Hugo Marcial; (Art. 2340 C.C.C.), a hacer valer sus derechos. Casilda, 15 de Abril de 2016. Dr. Agustín M. Crosio, Secretario.
$ 45 289726 Abr. 29 May. 12
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución se llama a todos los acreedores, herederos o legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Enriqueta Teresa Crevacuore, para que comparezcan a este Tribunal por el término de treinta días a hacer valer sus derechos. Autos: CREVACUORE, ENRIQUETA T. s/Sucesión Testamentaria; Expte. Nro. 85/16. Villa Constitución, de 2016. Dra. Mauro R. Bonato (Secretario).
$ 45 289694 Abr. 29 May. 12
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de la Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, Pcia. de Santa Fe, el secretario que suscribe comunica que se ha dictado la sentencia Nro. 836 de fecha 02 Julio 2015 acogiendo la ejecución fiscal contra el demandado -LUZ DE LUNA S.A.- referida al impuesto inmobiliario partida Nro. 172600-385499-0002-2, correspondiente a los años 2004 (periodo 3 y 4), 2005 (periodo 1 a 4), 2006 (periodo 1,3 y 4), 2008 (periodo 1 y 3) con mas los intereses según Decreto nro. 1560/91, Art. 130 del código fiscal y resolución del ministerio de hacienda y finanzas al respecto vigente a la fecha de la sentencia, ascendiendo el capital de la deuda a la suma de pesos tres mil ochocientos treinta y seis con 97/100, con más las costas a parte la accionada (Art. 251 del CPC). Los honorarios serán regulados oportunamente, en los autos caratulados “API c/LUZ DE LUNA SA s/Ejecución fiscal; Expte. 1739/2009. Publíquense sin cargo por cinco (5) días. Rufino, 6 de Noviembre de 2015. Dra. Parenti, Secretaria Subr.
S/C 289748 Abr. 29 May. 5
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Por disposición del señor Juez de la Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Pcia. de santa fe, el secretario que suscribe comunica que se ha dictado la sentencia Nro. 837 de fecha 02 Julio 2015 acogiendo la ejecución fiscal contra el demandado. -VELEZ ALDO PEDRO- referida al impuesto inmobiliario partida nro. 173000-386856-0003-2, correspondiente a los periodos totales de los años 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 con más los intereses según Decreto Nro. 1560/91, Art. 130 del código fiscal y resolución del ministerio de hacienda y finanzas al respecto vigente a la fecha de la sentencia, ascendiendo el capital de la deuda a la suma de pesos once mil trescientos quince con 15/100, con más las costas a parte la accionada (Art. 251 del cpc). Los honorarios serán regulados oportunamente, en los autos caratulados API c/VELEZ ALDO PEDRO s/Ejecucion fiscal; Expte. 1542/2009. Publíquense sin cargo por cinco (5) días. Rufino, 6 de Noviembre de 2015. Dra. Parenti, Secretaria Subr.
S/C 289749 Abr. 29 May. 5
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Santa Fe, Distrito Nro. 8, el secretario que suscribe, cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios que el fallecimiento de Renzi Segundo, para que comparezcan por el término de ley, a hacer valer sus derechos. Autos caratulados: “RENZI SEGUNDO s/Declaratoria de Herederos – Sucesión”; Expte. Nº 1064/2015. Melincué, 22 de Febrero de 2016. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.
$ 45 289698 Abr. 29 May. 12
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La señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, titular del juzgado de Distrito Nº 8 de los Tribunales de Melincué, Dra. Analía M. Irrazabal, Jueza, llama a los herederos, acreedores y legatarios de doña Bava, Antonia Catalina, por el término de diez días para que hagan valer sus derechos. Autos: BAVA, ANTONIA CATALINA s/Sucesión; Expte. Nº 268/2016. Melincué, 11 de Abril de 2016. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.
$ 45 289701 Abr. 29 May. 12
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