picture_as_pdf 2007-03-29

SANTA FE

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

WALTER ZIPPERLEN

Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, provincia de Santa Fe, en autos: COMUNA DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio" (Expte. 22/04), la Secretaría que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, CUIT N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 11 de Abril de 2007 a las 11 hs o el día hábil siguiente si el Fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito de San Genaro con la base de $ 8.567,75 (100% A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe: "Una fracción de terreno ubicada en la colonia San Genaro de este Departamento, que es parte Sud de una fracción mayor señalada con el número "Seis" que en el plano particular del vendedor se describe así: se halla ubicada a partir de los veinticinco metros de la fracción "Siete" hacia el Oeste y mide Diez metros de frente al Sud por Cincuenta y Seis metros Doscientos setenta y cinco milímetros de fondo, encerrando una superficie de Quinientos sesenta y dos metros setenta y cinco decímetros cuadrados, lindando por su frente al Sud, con fracción número Once, por el Este, con más terreno de su fracción, ahora propiedad de la compradora, por el Norte, con resto de la fracción número seis y al Oeste, con más terreno de su fracción, que se reserva el vendedor, Dominio tomo 85 impar Folio 593 Número 43753 San Jerónimo, Informa Registro General Santa Fe: consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones pero si Embargo: N° 043412 de fecha 11/05/04 orden Juzgado Primera Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos "Comuna de San Genaro c/otro s/Apremio" por $ 1.897,45. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasará en un 25% menos de la base o sea $ 6.425,81 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. IVA si correspondiere, con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Jenaro Norte a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3ro. de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el artículo 31 de la ley de rito provincial y artículo 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 34 se trata de un terreno baldío, libre de cosas y ocupantes. Se deja constancia que obra agregada a fs. 41 y 42 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del CPCC). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes en el Juzgado y/o al martillero al teléfono 03471-452278. San Genaro, 16 de Marzo de 2007. Miguel Cilla, secretario.

S/C 6978 Mar. 29 Abr. 3

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POR

WALTER ZIPPERLEN

Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, provincia de Santa Fe, en autos: "COMUNA DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio" (Expte. 16/04), la Secretaría que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, CUIT N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 11 de Abril de 2007 a las 10 hs o el día hábil siguiente si el fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito de San Genaro con la base de $ 513,11 (100% A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe: "Un lote de terreno situado en este pueblo San Genaro, Departamento San Jerónimo, Pcia. de Santa Fe, que es parte de la manzana número 69 y señalado con el número "Doce" en el plano del Ingeniero Berbard que cita su título, archivado bajo el número de orden 3.547 y número 3.084, año 1927, compuesto de 24,50 metros de frente al Este, por 23,50 metros de fondo y frente al Sud, lo que hace una superficie total de 575,75 m2. lindando por su frente al Este con la calle San Juan, por el Norte con el lote 11, por el Oeste con parte del lote 13, y por el Sud con calle Moreno, todos de acuerdo al plano citado. Dominio tomo 147 par Folio 143 N° 4131 San Jerónimo. Informa Registro General Santa Fe: consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones pero si Embargo: N° 043415 de fecha 11/05/04 orden Juzgado Primera Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos "Comuna de San Genaro c/Otro s/Apremio, por $ 10.482,18. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasará en un 25% menos de la base o sea $ 384,83 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. IVA si correspondiere, con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Jenaro Norte a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el artículo 31 de la ley de rito provincial y artículo 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 34 se trata de un terreno baldío, libre de cosas y ocupantes. Se deja constancia que obra agregada a fs. 43 a 47 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del CPCC). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes en el Juzgado y/o al martillero al teléfono 03471-452278. San Genaro, 26 de Marzo de 2007. Miguel Cilla, secretario.

S/C 6977 Mar. 29 Abr. 3

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POR

WALTER ZIPPERLEN

Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 25 de San Genaro, provincia de Santa Fe, en autos: "COMUNA DE SAN GENARO c/Otro s/Apremio" (Expte. 20/04), la Secretaría que suscribe a dispuesto que el Martillero Walter Zipperlen, Mat. 1623-Z-20, CUIT N° 20-22727973-8 proceda a vender en pública subasta el día 11 de Abril de 2007 a las 9 hs., o el día hábil siguiente si el fijado fuere inhábil en las puertas del Juzgado de Circuito de San Genaro con la base de $ 516,60 (100% A.I.I.) el siguiente bien inmueble que a continuación se describe: "Un lote de terreno con lo clavado y plantado, ubicado en la manzana 74 de éste pueblo San Genaro, Depto. San Gerónimo, de esta provincia, que en el plano del Agrimensor don Luis G. Perotti inscripto al número 14.173 se señala como lote "Cuatro" y ubicado a los 25 mts. de la esquina Sud de la manzana, mide 29,50 mts. de frente al Este por 42 mts. de fondo, encerrando una superficie de 1.239 m2, lindando por su frente al Este con calle Rioja, por el Norte, con lote 3, por el Sud, con lotes 5 y 6, y por el Oeste con el lote 7. Dominio tomo 89 impar Folio 503 N° 45406 San Jerónimo. Informa Registro General Santa Fe: consta a nombre del demandado, no registra hipotecas ni inhibiciones pero si Embargo: N° 043414 de fecha 11/05/04 orden Juzgado Primera Instancia de Circuito N° 25 San Genaro en autos "Comuna de San Genaro c/Otro s/Apremio" por $ 4.884,27. En caso de no haber ofertas por la base fijada se retasará en un 25% menos de la base o sea $ 387,45 y en caso que tampoco hubiere postores saldrá a la venta sin base y al mejor postor. El comprador abonará al momento de la subasta el 10% del precio de venta en dinero efectivo en concepto de seña. IVA si correspondiere, con más el 3% de comisión al martillero también en dinero en efectivo y el saldo de precio dentro de los cinco (5) días posteriores a la aprobación de subasta, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal San Jenaro Norte a nombre de estos autos y este juzgado, todo bajo apercibimientos de ley aplicable en caso de incumplimiento. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar DNI, estado civil y domicilio real, bajo apercibimientos de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 de la ley de rito provincial. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate del nombre y domicilio de la persona para la cual se adquiere el bien (comitente), debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco (5) días de aprobado el remate, bajo apercibimientos de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una persona jurídica deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. El comprador en subasta se hará cargo de la mensura que y si correspondiere del inmueble objeto de la subasta como asimismo de las deudas por impuestos, contribuciones y/o tasas que adeudare, como así también los gastos de transferencia y tributos fiscales motivos que gravaren la venta, si correspondiere. De optar el comprador por el procedimiento previsto en el art. 505 párrafo 3° de la ley de rito provincial, deberá acreditar el pago total de las deudas del inmueble y en todo otro trámite que se relacione con el bien adquirido, lo será conforme el artículo 31 de la ley de rito provincial y artículo 34 de la Ley Provincial 6767. Según acta de constatación que obra a fs. 30 se trata de un terreno baldío, libre de cosas y ocupantes. Se deja constancia que obra agregada a fs. 43 y 44 copia del título lo que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos (Art. 494 del CPCC). Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de Santa Fe. Mayores informes en el Juzgado y/o al martillero al teléfono 03471-452278. San Genaro, 26 de marzo de 2007. Miguel Cilla, secretario.

S/C 6976 Mar. 29 Abr. 3

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POR

FRANCISCO NUÑEZ

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre, en los autos caratulados "Expte. nº 495, año 2004 – CONCURSO ESPECIAL en D.N.I. 12.891.125 (C.U.I.L. 27-12891125-7) s/ CONCURSO –Hoy QUIEBRA–Acreedor: BANCO HIPOTECARIO S.A." se ha dispuesto que el Martillero Público Francisco Nuñez, matrícula nº 605, CUIT 20-06254580-2, proceda a vender en pública subasta el día 12 de Abril de 2007 a las 11,00 horas o el día hábil siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado, ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 28 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, un bien inmueble ubicado en calle Colón 1428 –Unidad U2-00-02- de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe. Saldrá a la venta con la base del crédito hipotecario de Pesos Veinticinco Mil Setecientos Cuarenta y Cinco con 07/00 ($ 25.745,70), conforme fuera verificado en los autos tramitados ante este mismo Juzgado, caratulados "D.N.I. 12.891.125 s/ CONCURSO PREVENTIVO – HOY QUIEBRA" (Expte. nº 68/2003). De no haber postores, seguidamente saldrá con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes se procederá a continuación a subastar SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR, el inmueble que a continuación se transcriben según título: Bajo el régimen de Propiedad Horizontal Ley Nacional 13.512, ley Provincial 4194 y Decretos Reglamentarios y Leyes de aplicación subsidiaria el Departamento perteneciente al CONSORCIO DE PROPIETARIOS del inmueble de calle Colón número 1428 de la ciudad de Santo Tomé, Departamento La Capital de esta Provincia, designado como: a) UNIDAD U2 CERO CERO GUION CERO DOS (U2 00-02): es de planta baja, a la misma se ingresa por el número 1428 de la calle Colón utilizando un Pasillo "Bien común de uso común" y se compone de: cocina-comedor, baño, estar, dos dormitorios y un patio de uso exclusivo.- Tiene la siguiente planilla de superficies y porcentajes: PROPIEDAD EXCLUSIVA: Ambientes: cincuenta y seis metros ochenta y nueve decímetros cuadrados.- Total de Propiedad Exclusiva: cincuenta y seis metros ochenta y nueve decímetros cuadrados.- BIENES COMUNES: De Uso Exclusivo: diecinueve metros cuarenta y nueve decímetros cuadrados.- De uso común: Muros y superficies cubiertas: cuatro metros noventa y cuatro decímetros cuadrados.- Muros y Superficies no cubiertas: treinta metros setenta y un decímetros cuadrados.- TOTAL GENERAL: ciento doce metros tres decímetros cuadrados.- PORCENTAJE SOBRE VALOR: veinticinco por ciento (25%).- b) La parte proporcional DE LAS COSAS COMUNES: Son propiedad común de todos los copropietarios, además del terreno donde se asienta el edificio con su correspondiente subdivisión, todas las cosas de uso común del edificio indispensables para mantener la seguridad, como los cimientos, muros maestros, techos, columnas, servicio de agua corriente, cloacas, línea de conducción eléctrica, gas, etc., hasta el ingreso a sus respectivas unidades; patios, terrazas, arenque fueran de uso exclusivo de una unidad; además de todas aquellas partes del edificio sobre las cuales ningún copropietario pueda invocar dominio exclusivo fundado en su título de propiedad, como así también todas las cosas comunes que se especifican en la Ley y en sus respectivas reglamentaciones. Los bienes comunes de propiedad común, en ningún caso perderán su condición de tal, salvo resolución unánime de todos los copropietarios.- c) La parte proporcional del inmueble donde se asienta el edificio y que de acuerdo al plano de propiedad horizontal confeccionado por el Ingeniero Agrimensor don Rubén A. López, inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro bajo el número 107427 en fecha 11 de Junio de 1985 se describe como: una fracción de terreno con todo lo clavado, plantado, edificado y adherido al suelo, ubicada en la manzana número dos mil doscientos catorce del Distrito de Santo Tomé en la ciudad del mismo nombre, Departamento La Capital de esta Provincia, con frente a la calle Colón, a veinte metros cuarenta centímetros de la calle Falucho (al Este) y cincuenta y dos metros ochenta centímetros a la calle Macía (al Oeste), las que la cortan formando sus respectivas esquinas, y mide: diez metros veinticinco centímetros de frente (línea A-D), por igual contrafrente (línea B-C), siendo sus lados Este (línea C-D) y Oeste (línea A-B) de cuarenta y dos metros cincuenta centímetros, con una superficie de cuatrocientos treinta y cinco metros sesenta y dos decímetros cuadrados; y linda al Sur, que es su frente, con calle Colón; al Norte, con Luis Constancio Plancentini; al Este, con Asamblea Cristiana y al Oeste, con Edgardo Pedro Palazo. La descripción es de acuerdo a su título antecedente".- INFORMA EL REGISTRO GENERAL: que el titular dominial es la demandada, D.N.I. 12.891.125; que el inmueble se encuentra inscripto al Tomo 137 Impar (PROPIEDAD HORIZONTAL), Folio 82, Nº 9996, Depto. La Capital; que registra la hipoteca de autos: inscripta el 06/02/1998 al Tº 39 PH, Fº 228, Nº 9997, Depto. La Capital, Sección "Gravámenes"; que sí se registran inhibiciones: 1) De fecha 24/04/03, Aforo 33449, Tº 130, Fº 1341, autos: Expte. 68/2003 - D.N.I. 12.891.125 s/ CONCURSO PREVENTIVO, Juzgado: 1ra. Inst. Civil y Ccial. 5ta. Nom. Sta. Fe, sin prescripción; 2) De fecha 20/04/04, Aforo 35082, Tº 145, Fº 1111, autos: Expte. 68/2003 - D.N.I. 12.891.125 s/ CONCURSO PREVENTIVO HOY QUIEBRA, del mismo Juzgado; que no registra embargos. INFORMA LA ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS (API) que bajo el número de partida 10-12-00-142015/0001-2 se adeudan $ 1.393,75 a fecha 29/12/2006, por los períodos 1998 (3-4), 1999 (T), 2000 (T), 2001 (T) y 2002 (T) - apremio Nº 045568802-38, 2003 (1) – apremio Nº 045568881-45, 2003 (2-3-4) y 2004 (1) – Dr. Freyre Ricardo – Oficina apremios – Centro Cívico Gubernamental – Avda. Arturo Illia 1151 – Santa Fe -; 2004 (2-3-4), 2005 (T) y 2006 (T). INFORMA LA MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME (STA.FE) que se adeudan: en concepto de Tasa General de Inmuebles (TGI en oficina) 2003-04/2006-06: $ 814,61; Tasa General de Inmuebles (TGI en gestión judicial) 1998-06/2003-03: $ 1.663,61; Agua Corriente y Cloaca (TOS en oficina) 1998-03-1/2006-02-2: $ 1.929,32; y Agua Corriente y Cloaca (TOS en gestión judicial) 1999-05-1/2003-01-1: $ 1.431,37, informando un TOTAL DEUDA: $ 5.838,91; la Sección Obras Privadas informa que se registra un plano de documentación aprobado el 22/10/84 (Permiso Nº 9.759), pero que se verificó que existe una ampliación que no cuenta con permiso municipal, adeudando en consecuencia el Derecho de Edificación y la presentación de los planos ampliatorios respectivos; la Dirección de Asuntos Legales informa que se registra deuda en concepto de Honorarios y aportes, con referencia a la deuda de la manzana: 2214 Parc. 15/2 y que dichos honorarios se regulan en autos. De la CONSTATACIÓN realizada por el Sr. Oficial de Justicia surge lo siguiente: se trata de un departamento interno, existiendo en el lugar además del referido, otros dos departamentos. Al frente se accede por un pasillo de aproximadamente dos metros de ancho, que posee una puerta-portón de rejas de hierro. La vivienda que se constata se ubica en primer término desde la puerta del frente. Consta de un Estar, Cocina-Comedor, dos Dormitorios, Baño y Patio. La construcción es de materiales tradicionales, paredes de ladrillos, revocadas y pintadas; en la cocina-comedor, las paredes se encuentran revestidas con cerámico, posee mesada de granito, con bacha de acero inoxidable, alacena y bajo mesada de madera. Los dormitorios poseen piso cerámico y paredes sin pintar; al Baño posee sanitarios completos –y ducha- el lavatorio se encuentra rajado. Paredes con azulejos y piso de baldosas. Al patio se accede por el Estar, y posee una puerta de chapa d salida al pasillo. Las puertas interiores son de madera placa, y las exteriores de chapa al igual que la ventana al frente. El Techo de la vivienda es de chapa y el cielorraso de yeso. El estado del inmueble es regular, denota falta de mantenimiento y de cuidado en su uso. Se ubica en zona que cuenta con todos lo servicios y cercana a centros educacionales, comerciales y a servicios de transporte. El inmueble se encuentra ocupado por José Augusto CANDIOTI, quien justificó su identidad con DNI 31.628.940, quien manifestó que lo hace juntamente con su hermano, Javier Sebastián CANDIOTTI, y su madre, la demandada.- CONDICIONES: Quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo el 10% del importe a cuenta del precio, más la comisión de ley (3%) del martillero actuante. El adquirente deberá efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe –Agencia Tribunales- a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación el art. 497 del CPC. Para el caso de que el adquirente plantee la nulidad de la subasta deberá integrar el saldo del precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta como asimismo el impuesto a la compraventa y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación y demás documental informativa, sirviendo la misma de suficiente título, no admitiéndose reclamo alguno por falta e insuficiencia de los mismos después del remate. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, Ley 11287 y acordada respectiva de la Excma. Corte Suprema de Justicia, con dos avisos económicos en el diario El Litoral. Autorízase la confección de 500 volantes de publicidad con oportuna rendición de cuentas. Establécese un día antes de la subasta, en la que se pondrá en exhibición el inmueble. Más informes en Secretaría del Juzgado y/o al martillero público.-Santa Fe, 21 de marzo de 2007.- Raúl A. Gallego, secretario.

S/C 6576 Mar. 29 Abr. 9

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POR

SONIA DE GIOVANNI

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se ha ordenado en los autos caratulados: "Comuna de Santa Rosa de Calchines c/Otra s/Apremio"- Expte Nº 497/06, que la Martillera Pública Sonia De Giovanni; Mat. Nº 658, (CUlT. 27-16483736-5), proceda a vender en pública subasta el día 11 de Abril de 2007, a las 11 horas, o el día hábil inmediato posterior a la misma hora si aquél resultara feriado en el Juzgado Comunal de Santa Rosa de Calcines. Pcia SFe. El bien saldrá a la venta en única subasta sobre las siguientes bases:1) Avalúo Fiscal, 2) de no mediar postores con la retasa del 25% y 3) de persistir la falta de oferentes, sin base y al mejor postor. (fs.48/56) UN INMUEBLE. Base: $6.777,29 (Pesos Seis Mil Setecientos Setenta y Siete c/29 ctvos); Ubicados en la zona urbana de Santa Rosa de Calchines sobre las calles Santa Rosa y Urquiza.- Manzana Comunal Nº 19 – Conforme al Plano Nº 111.514 de Catastro de la Pcia y Parcelario Comunal se identifican: LOTE Nº 1 –Constatación Judicial:Lote 3) – LOTE Nº 2 –(Constatación Judicial Nº 4) – LOTE Nº 3 –(Constatación Judicial Lote Nº 5).LOTE Nº 4 (Constatación Judicial lote Nº 6). LOTE NUMERO Nº 5 (Constatación Judicial Lote Nº 7)(fs.9 vta/34) lnscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Dominio Nº 8191- Tomo Nº 36 - Folio Nº 8vto -Dpto: Garay, con la siguiente descripción: "…Una fracción de terreno ubicada en Santa Rosa de Calchines en su frente compuesta de cuarenta y tres metros treinta y tres centímetros por sus costados, lindando: Luis Ruperto Sarate; Oeste, el fisco y Norte y Este las calles públicas ".- (fs.35) Informa el Registro de Referencia que el Dominio subsiste a nombre de la demandada - No registra Inhibición ni Hipotecas, registra el siguiente Embargo: 1) Nº 018940 "DE AUTOS" por $14.176,55 – fecha: 24/05/06- (fs. 46/56) - A.P.l informa que le corresponde la siguiente Partidas Inmobiliaria Nº 05-03-00-022244/0002-2/ (Subpartidas: /0001-0002/- 0003/-0004-0005-; adeuda en total la suma de $1.323,75 - Fecha:30/10/06 -(fs. 39) Comuna de Santa Rosa de Calchines, Fichas Nº 105 a 109 – que adeuda en total por Tasa General de Inmuebles la suma de $11.968,08 - fecha:13/12/06.- –(fs. 32) Informa el Sr. Juez en la constatación realizada en fecha: 01/11/06.-, dice: "… constato los lotes resaltados en plano adjunto y que corresponden a los números 3, 4, 5 y 6, sobre calle Santa Rosa y el lote Nº 7 sobre calle Urquiza. Lote Nº 6, hay una construcción tipo casa para vivienda de aprox.. 18 mts. X 5 mts., de material e estado de absoluto abandono, paredes con revoque quebrado y caído en gran parte, la pintura es muy vieja, el techo es de chapa y en la parte interior tiene una especie de ladrillos fino tipo tejín liso que forma el cielorraso, aberturas de madera muy precarias y viejas, en total cuatro ventanas y tres puestas de 2 hojas., vereda de ladrillos rota en su totalidad, la casa tiene dos ambientes solamente separados por una pared con puerta. Al costado de ésta construcción hay un baño con techo de chapa y sólo sanitario. Patio de tierra y tres árboles. Los ocupantes son una mujer ….. con tres hijos menores y un Sr….. quienes ocupan la casa en calidad de prestatarios por parte de la Comuna. Hay lúz eléctrica, agua corriente y las calles que la rodean son de arena. LOTE Nº 4 y Nº 5: en la línea divisoria es éstos dos lotes hay construída una vivienda con las misma características que la del lote Nº 6 difiere que tiene techo de paja en la parte interior y está dividida en tres ambientes, el primer ambiente está ocupado por con dos hijos menores, en la habitación contigua vive …. Y en la tercera una pequeña familia según informan vecinos ya que no se encontraban, todos ocupan en calidad de prestatarios de la Comuna. Este lote no tiene árboles y tiene también vereda perimetral destruida y patio de pasto. LOTE Nº 3.Terreno baldío con un solo árbol sin límite perimetral plantado o construido al fondo y en el límite Sur hay una cantidad de plantas tipo monte que no permite delimitar con exactitud por lo que no se podrá medir con comodidad, puede ser que el límite coincida con un tejido precario del lote del vecino pero ello no se puede precisar. La construcciones de los lotes no tienen mejoras y el estado de conservación es malo.- CONDICIONES: El comprador deberá abonar en dinero efectivo el 10% a cuenta del precio con más el 3% de la comisión del martillero en dinero en efectivo.- El saldo del precio deberá ser abonado al aprobarse la subasta. Hágase saber al adquirente que estarán a su cargo los impuestos, tasas y demás contribuciones que pesan sobre el inmueble a partir de la compra. Se hace saber que esta prohibido la compra en comisión.—Lo que se publica a sus efectos legales en el Boletìn Oficial por el tèrmino de ley.- Informes en Secretaria y/o al Martillero.- Tel. 0342-4565814/155-474850-E-mail soniadg@gigared.com- Santa Fe, 27/03/07- Nilda G. OJEDA, SECRETARIA.

S/C 7005 Mar. 29 Abr. 3

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

POR

GUSTAVO NIHOUL

Dispuesto por Juzgado 1ra. Instancia Circuito N° 5 Rafaela, donde tramitan autos: "ROSSI, DOMINGO c/OTRO (LE 6.294.421) s/APREMIO. Expte. 2931/01, el martillero Gustavo Nihoul, matr. 452 y CUIT 20-13854426-6, rematará el día 18 de Abril de 2007 a las 10 hs., ó día hábil inmediato, posterior a la misma hora si aquél fuera feriado en el Hall Tribunales locales y por ante Actuario y con la base del avalúo fiscal $ 9.645,44 y en caso de no haber postores y luego de tiempo prudencial se rematará con la retasa del 25% y de persistir la falta de postores saldrá a la venta sin base, siempre al mejor postor Un Inmueble ubicado en calle Cervantes 787 de Rafaela inscripto bajo Dominio N° 25225 F° 2052 T° 219 Impar Castellanos. Descripción: "Una fracción de terreno con lo clavado, plantado y edificado, y demás adherido al suelo, parte de mayor superficie, ubicada en la manzana número cincuenta y uno, concesión doscientos cuarenta y siete, de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, y que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Civil don Justo Jiménez (H), en el mes de Abril del corriente año, e inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el número sesenta y siete mil novecientos setenta y cinco, en fecha catorce de mayo del mismo año, y aprobado por la Oficina de Obras Públicas de la Municipalidad de Rafaela, "Expte. 17144 - letra M", se designa el Lote que se transfiere con la letra "1b" y consta de las siguientes medidas, linderos y superficies y demás circunstancias a saber: seis metros sesenta y siete centímetros en su frente al Este (Puntos B-E), a contar esta medida después de los once metros veinte centímetros de la esquina Nord-Este, de la manzana de que forma parte, desde este último punto en dirección, al Oeste formando parte del costado Norte, se miden once metros (Puntos F-E), desde aquí y siguiendo con rumbo al Oeste, completando dicho costado Norte, doce metros ochenta y cuatro centímetros (Puntos G-F); seis metros treinta y dos centímetros en el costado Oeste (Puntos C-G), veinte y tres metros noventa centímetros en el costado Sud (Puntos C-B), lindando: al Este, con calle Cervantes, (sin pavimentar), que lo separa de la manzana número cincuenta; al Norte, con lote "1a", del mismo plano, al Oeste, con propiedad de Ermindo e Italo Moreno y al Sud, con propiedad de Asestillo Bonino, todo lo cual forma una superficie total de ciento cincuenta y seis metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados todo conforme al citado plano de mensura y subdivisión." Informes Previos: Registro Propiedad Sta. Fe informa con bloqueo el 01/11/06 inscripto como se cita precedentemente a nombre accionado, registrando los siguientes gravámenes: Embargo N° 89471 del 26/09/01 $ 480 Expte. 2175/01 Capella Antonio c/Otro s/sumario Juzg. Circuito 5° Rafaela; Embargo N° 109653 del 23/11/01 $ 1.360 que corresponde a los presentes; Embargo N° 84991 del 28/08/06 $ 1.976,88 Expte. 1225/98 Municipalidad Rafaela c/Otro s/Apremio Juzg. Circuito 5° Rafaela; no tiene inhibiciones ni registra hipotecas. Catastro Sta. Fe informa con fecha 01/11/06 que adeuda por Ley 2406 TO - repavim. Ruta 34, $ 30 con vencimiento 30/11/06. A.P.I. Rafaela informa al 31/10/06 empadronado a nombre accionado con partida inmobiliaria N° 08-24-01-047556/0002-2 adeudando impuesto inmobiliario períodos: 2002/2-3-4, 2003/1-4, 2004/total, 2005/total, 2006/total sumando $ 275,40 y convenio pendiente N° 4519697-7 $ 486,18 y Mejoras Ley 10547 sin referencia. Aguas Santafesinas: Distrito Rafaela informa al 11/12/06 cuenta N° 098-0021063-000-3 adeudando período 5/06 $ 15,74. Municipalidad Rafaela informa: Depto. Catastro corresponde N° 533 a nombre accionado y debe: Iluminación $ 107,20; Tasa Gral. $ 744, Convenio n° 23373 por Tasa $ 2.417,10; Convenio n° 58912 por Tasa $ 2.263,20; Convenio n° 58917 Cloaca $ 971,80 todo actualizado al 18/12/06; registra juicio municipal por convenio 23373 Juzg. Circuito 5° Rafaela Expte. 1033 de fecha 15/09/98; Obras Privadas detectó construcción no declarada adeudando al 27/12/06 $ 770,40. La Constatación de fecha 02/03/07 dice que constituido el Oficial de Justicia en el inmueble ubicado en calle Cervantes 787 de Rafaela, se trata de una vivienda construida en ladrillos, con dos dormitorios, baño cocina comedor, galería precaria, garage y patio con un depósito en mal estado. Ocupado por Silvia Cremón y dos hijo. Está sobre pavimento, tiene agua corriente, cloacas y electricidad; gas natural por red. externa no conectado. La venta se hará en dinero efectivo y el Comprador abonará en el acto del remate: el 10% del precio con más la comisión del martillero. El saldo de precio, el impuesto a la compra venta, IVA (éste si corresponde) los pagará una vez aprobada la subasta. También se hará cargo de los impuestos, tasa y/o contribuciones que adeude el inmueble, conformándose con la documentación que le entregue el Juzgado. Podrán revisarlo el día anterior al remate en horario comercial. Publíquense edictos de ley en BOLETIN OFICIAL y sedes Judiciales. Más informes Secretaría Juzgado, Alvear 214 1° piso Tribunales Rafaela, o martillero tel. 03492-436615. Rafaela, 8 de Marzo de 2007. Gustavo Mié, secretario.

$ 245,52 6572 Mar. 29 Abr. 3

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

POR

MIGUEL ANGEL CIGNETTI

Por estar así dispuesto en los autos: "ASOCIACION PARA EL DESARROLLO REGIONAL c/Otro s/Ejecución Prenda con Registro, Expte. Nº 650/02", que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista (SF), se hace saber que el Martillero Público Miguel Angel Cignetti, Matrícula Nº 664, CUIT. Nº 20-08323688-5, procederá a vender en pública subasta, en el Hall de Tribunales, calle San Martín Nº 1060 de la ciudad de Reconquista, el día 16 de Abril de 2007, a las 17 horas o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado y a la misma hora, con la base de la Prenda con Registro de $ 10.000, en primera subasta, si no hubiera postores, con la base retasada en un 25% o sea la suma de $ 7.500, en segunda subasta y si tampoco hubiere postores, seguidamente en tercera subasta, sin base y al mejor postor; la siguiente maquinaria: 1) Una Maquina Incubadora, Marca INCUBAR, Modelo INC-2600, Nº de Serie AAA-106, capacidad 2.592 huevos, fabricada por MAQUIN TEC SRL., en funcionamiento. Todo de acuerdo al informe del Registro de Créditos Prendarios, según Prenda con Registro Nº 46.370. De la constatación realizada conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia, agregadas en autos; en la que surge la existencia de: Una (1) Maquina, incubadora, marca Incubar, Modelo Inc-2600, serie Nº AAA-106, capacidad de 2592 huevos, fabricada por Maquin-Tec SRL., según datos de autos y verificados en este acto. Informando que la maquinaria es usada, de industria argentina y esta en buen estado de uso y funcionamiento, con todos sus accesorios, de propiedad del deudor. También se informa que todas las numeraciones coinciden con las detalladas en el mandamiento y con la fotocopia de la prenda adjuntada en autos. Con respecto a la antigüedad de la maquinaria, según nos informa el deudor, es de aproximadamente cinco años y en los cuales solamente se uso tres veces, para luego no utilizársela más. Se encuentra depositado judicialmente en el domicilio de Gdor. Iriondo Nº 599, esquina Roca de la ciudad de Reconquista, en donde se podrá revisar y controlar su estado y funcionamiento. Según informe del Registro Nacional de Créditos Prendarios, la Maquina posee una Prenda con Registro, Nº 46.370, en Primer Grado, a favor de la Asociación para el Desarrollo Regional, por un importe de $ 10.000, inscripta con fecha 18-08-99. El Bien Mueble, se subasta en el estado en que se encuentra y será exclusivo cargo, cuenta y riesgo del comprador el retiro y traslado del mismo, tomando debido conocimiento del Bien a subastar, no admitiéndose reclamo alguno, una vez efectuada la subasta. El título de propiedad o documental del mismo, no han sido presentados, por lo que el que resulte comprador, deberá conformarse con las fotocopias agregadas en autos y las actuaciones que expida el juzgado, y tomará a su exclusivo cargo los trámites necesarios para inscribir a su nombre lo adquirido, no admitiéndose reclamo alguno, una vez efectuada la subasta. El comprador abonará en el acto del remate el 10% como seña y a cuenta de precio, con más el 10% por comisión de Ley del Martillero e IVA si correspondiere, todo en dinero efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, una vez ejecutoriada que quede e intimado el o los compradores, depositando en "Cuenta Judicial", en los términos del Art. 499 del C.P.C.C. y sin perjuicio de la aplicación del Art. 497 del mismo Código, debiendo el comprador hacerse cargo de los impuestos que afecten al mismo, a partir de la fecha de la aprobación de la subasta. Y deberá constituir domicilio legal en jurisdicción del Juzgado interviniente en esta causa. Publíquese Edictos de Ley en el BOLETIN OFICIAL, sin cargo, conforme lo dispuesto en los Art. 67 y 492 del C.P.C.C. Más informes en Secretaría del Juzgado o al Martillero, en su domicilio de calle Gdor. Iriondo Nº 141, TE. 03482-426691, de la ciudad de Reconquista. Reconquista, 15 de marzo de 2007. Patricia Vanrrell, secretaria.

S/C 6577 Mar. 29 Mar. 30

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