picture_as_pdf 2004-03-29

MINISTERIO DE EDUCACION

 

NOTIFICACIONES

 

“Hago saber a Ud. que en el Expte. Nº 00416-0060712-9 del registro de este Ministerio caratulado: “Escuela de Educación Técnica Nº 365-Ref:” Solicita inicio cese por abandono de cargo de Marta García, D.N.I. Nº 5.701.870, portera titular del establecimiento, se le corre vista según lo establece el Art. 56 de la Ley Nº 8525, por el término de cinco días, a fin de que presente descargo respecto de las inasistencias injustificadas desde el 18/04/03 a la fecha; en esta Dirección Regional de Educación y Cultura - Región VI - Coordinación General de Recursos Humanos, sita en calle Gaboto 450 de Rosario, Santa Fe.

S/C         5576       Mar. 29 Mar. 31

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MINISTERIO AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

 

DISPOSICION 002

 

SANTA FE, 17 de marzo de 2004.-

VISTO: El Expediente 00701-0052845-6 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO: Que en dichas actuaciones, la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de la Producción de la Provincia, promueve, en base al Art. 35 de la Ley 2499, regularizar los servicios provinciales, con modalidad urbana-interjurisdiccional de autotransporte público de pasajeros en el corredor Santa Fe - La Guardia - Colastine Norte - Rincón - Arroyo Leyes - Pje. Los Zapallos (jurisdicción de la Comuna de Santa Rosa de Calchines) y Santa Fe - Colastine Sur, por Rutas Nacional 168 y Provincial 1;

Por ello.-

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

DISPONE

ARTICULO 1°. - Llamar a concurso de ofertas para cubrir dicho corredor en base a las siguientes condiciones:

Material rodante: veinte (20) unidades automotoras, categoría ómnibus (M3), encuadradas en el Decreto 2311/99 reglamentario de la Ley 11583.-

Tarifas: Las correspondientes a los servicios mixtos, urbanos interjurisdiccionales, en base a las disposiciones vigentes -(Decreto 0867/2002).-

Horarios: Línea Santa Fe - Rincón y viceversa

Días hábiles = 125 frecuencias

Sabados, Domingos y Feriados = 90 frecuencias

Línea Santa Fe - Rincón - Arroyo Leyes - Pje. Los Zapallos

Días hábiles = 25 frecuencias

Sábados, Domingos y Feriados = 20 frecuencias

Línea Santa Fe - La Guardia - Colastine Sur

Días hábiles = 20 frecuencias

Sábados, Domingos y Feriados = 10 frecuencias.-

ARTICULO 2°. - La Empresa que resulte seleccionada, deberá reunir y cumplir con las disposiciones establecidas en el Art. 7° de la Ley 2499 y los Decretos Nros. 11755/61 y 2041/81.-

ARTICULO 3°. - Es condición necesaria para operar en la traza, la absorción del actual personal que cumple tareas de conducción en el servicio de transporte que se está realizando en el sector, con el reconocimiento de los derechos laborales y la debida homologación por parte de la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia.-

ARTICULO 4°. - Las ofertas serán presentas por triplicado en Mesa de Entradas y Salidas de la Subsecretaría de Transporte, sita en el Dique 1 - Puerto de Santa Fe, ex edificio de la Junta Nacional de Granos, recepcionándose hasta los diez (10 días posteriores a partir de la publicación en un medio gráfico de publicación en la zona. Cualquier aclaratoria o solicitud deberá ajustarse al Reglamento de Actuaciones Administrativas aprobado por Decreto 10204/58.

ARTICULO 5°. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Firmado Ingeniero Miguel A. Latorre - Subsecretario de Transporte de la Provincia.

S/C         5914       Mar. 29 Mar. 31

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