picture_as_pdf 2008-01-29

DECRETO Nº 0113

Santa Fe, 21 de Enero de 2008

VISTO:

El Expediente N° 00301-0057778-2 del Registro del Sistema de información de Expedientes mediante el cual se gestiona la adecuación del Decreto Nº 2011/06 de creación de la Unidad de Gestión a cargo de la ejecución del Programa de Infraestructura vial - Santa Fe, Préstamo BIRF 7429-AR, a la Ley Nº 12817; y

CONSIDERANDO:

Que a partir de la sanción de la Ley Nº 12.817, Ley de Ministerio, resulta necesario adecuar lo establecido en los Art. 1º y 2º del Decreto Nº 2011/06, de Creación de la Unidad de Gestión del "Programa de Infraestructura Vial - Santa Fe" (UG);

Que dado el grado de avance por el que se encuentra la ejecución del Programa de Infraestructura Vial - Santa Fe, resulta indispensable modificar la denominación de la autoridad superior a cargo de la Coordinación General de la Unidad de Gestión, por las de Ministros de Economía y de Obras Públicas y Vivienda;

Que además, resulta necesario adecuar los cargos para las distintas funciones de la UG establecidas en el Anexo "A" del Art. 5º del Decreto Nº 2011/06;

Que atento a que por el Art. 2º del Decreto Nº 2011/06 se designó el personal que se desempeñaría en la Unidad de Gestión creada por el mismo, corresponde dejar sin efecto dichas designaciones en razón de que el personal que ahora cumplirá funciones en dicha UG, será designado por resolución de la Coordinación General de la misma;

Que se ha expedido el Area Legal de la Subsecretaría de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo, la Dirección General de Asesoría Letrada y la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía, considerando pertinente la gestión y aconsejaron el dictado del decreto;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 2011/06, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTÍCULO 1º: Créase la Unidad de Gestión del "Programa de Infraestructura Vial - Santa Fe", cuya Coordinación General estará a cargo como autoridad superior de la misma, por los señores Ministros de Economía y de Obras Públicas y Vivienda.

ARTÍCULO 2º: Modifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 2011/06, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 2º: Para el cumplimiento de sus funciones, la Unidad de Gestión, además de la Coordinación General establecida en el Artículo 1º, estará conformada por una Coordinación Ejecutiva a cargo de los señores Secretario de Obras Públicas (MOPyV) y Subsecretario de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo (ME); una Coordinación Operativa a cargo del Administrador Provincial de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo (ME) y del Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad (MOPyV); un Área Técnica de Proyectos Viales y Contrataciones, integrada por el Director General de Licitaciones Nacionales e Internacionales de la UEP (ME) y el Ingeniero Jefe de la DPV (MOPyV), de la que tendrán dependencia directa las Áreas de Gestión de los componentes Ambientales, y de Seguimiento de la Ejecución de Proyectos integrada por personal de la SPIFE (ME) y DPV (MOPyV); un Área Técnica de Proyectos Complementarios, integrada por la SubDirectora General de Coordinación de Proyectos de Infraestructura, Preinversión y Obras de la SUPCE (ME), un Área Administración, Finanzas y Desembolsos integrada por el SubDirector General de Programación y Coordinación Administrativa de la SUPCE (ME) y un agente profesional contable del Area de Coordinación Administrativa de la UEP (ME) y un Área Legal integrada por el Director General de Asesoría Jurídica de la UEP (ME) y un agente profesional del Área Legal de la SUPCE (ME); sin perjuicio de las funciones que desarrollan según el cargo que cada uno detenta en la dependencia donde presta servicios.

ARTICULO 3º: Déjanse sin efecto las afectaciones del personal dispuestas por el Artículo 2º del Decreto Nº 2011/06.

ARTÍCULO 4º: Refréndese por los señores Ministros de Economía y de Obras Públicas y Vivienda.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

C.P.N. Angel Jose Sciara

Arq. Hugo Guillermo Storero

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