picture_as_pdf 2018-12-28

ENTE ADMINISTRADOR

PUERTO RECONQUISTA


CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS EXPLOTACIÓN ASTILLERO Y TALLER NAVAL


El EAPRE invita a tos interesados a presentar ofertas para la explotación de Astillero y Taller naval en jurisdicción Puerto Reconquista. Se ofrece emplanada norte del Puerto Comercial con superficie aproximada de 2.000 m2, herramientas y maquinarias atinentes las que quedarán a disposición de los interesados. Cierre recepción ofertas 31 de enero de 2019. Para información dirigirse a Presidente Moisés L. Mansur ENTE ADMINISTRADOR PUERTO RECONQUISTA, TEL 03482 - 499706 o al email:enteadministradorpuertoreconquista@playcomla.com.ar

$ 135 379088 Dic. 28 En. 3

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MUNICIPALIDAD DE SANTA FE


LISTADO DE INFRACTORES

SANCIONADOS

MES DE NOVIEMBRE


$ 400 379034 Dic. 28

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TRIBUNAL DE FALTAS


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado Nº 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ VELAZQUEZ Facundo Sebastián s/acta de infracción Nº 101299689 del 30/11/2016 en Bv. Gálvez 952 de Santa Fe, (18.30 hs) por infracción a los art. 72 (circular sin licencia), 99 (enganche antirreglamentario), 84 (falta de dispositivos correspondientes a faros o luces reglamentarias “stop trasero”), 133 a (circular sin la documentación exigible del vehículo), 133 d (circular sin seguro obligatorio) y 133 ult. párrafo (Circular sin el certificado de Revisión Técnica del vehículo) de la Ord. 7.882”, se ha dictado la Resolución Nº 217 que dispone: “Santa Fe, 06 de Marzo 2018. Y VISTOS: Estos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ VELAZQUEZ Facundo Sebastián s/ acta de infracción Nº 101299689 del 30/11/2016 en Bv. Gálvez 952 de Santa Fe, (18.30 hs) por infracción a los art. 72 (circular sin licencia), 99 (enganche antirreglamentario), 84 (falta de dispositivos correspondientes a faros o luces reglamentarias “stop trasero”), 132 a (circular sin la documentación exigible del vehículo), 133 d (circular sin seguro obligatorio) y 133 ult. párrafo (Circular sin el certificado de Revisión Técnica del vehículo) de la Ord. 7.882”, de los que RESULTA: Que en estos autos se atribuye a VELAZQUEZ Facundo Sebastian, D.N.I. N° 37.765.556, domiciliado en calle Centro La Guardia Pcia. de Santa Fe, el haber cometido las infracciones previstas en los arts. 72 (circular sin licencia), 99 (enganche antirreglamentario), 84 (falta de dispositivos correspondientes a faros o luces reglamentarias “stop trasero”), 133 a (circular sin la documentación exigible del vehículo), 133 d (circular sin seguro obligatorio) y 133 ult. párrafo (Circular sin el certificado de Revisión Técnica del vehículo) de la Ord. 7.882 por acta Nº 101299689 la que diera lugar a la retención del vehículo dominio VQK344 de propiedad Rodolfo Oscar Zapata D.N.I. 35.448.695. Que el imputado fue citado a comparecer a audiencia, bajo apercibimiento de dictarse sentencia en caso de incomparencia injustificada (art. 40 y 41 CPMF) y; CONSIDERANDO: Que, a los efectos de garantizar el derecho de defensa, se lo citó conforme a derecho a audiencia de descargo, sin que asista a la misma. Que, no habiendo comparecido, ni habiendo sido desvirtuada por prueba en contrario el acta de constatación de infracción que conforma estas actuaciones, ha de tenerse por acreditada la materialidad de los hechos atribuidos, por reconocidas las infracciones atribuidas y la responsabilidad del mismo en su comisión, lo que así he de declarar (art. 40 y 41 C.M.F.). Que a efectos de conmensurar la pena a aplicarse, han de merítuarse las circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la falta y las condiciones personales y antecedentes (art. 27 y 28 C.P.M.F.). Por lo que, estando en estado de sentenciar, conforme lo previsto en los arts. 40 y 55 del C.P.M.F., RESUELVO: 1) Condenar a VELAZQUEZ Facundo Sebastian, D.N.I. Nº 37.765.556, domiciliado en calle Centro La Guardia Pcía. de Santa Fe, por infracción a los arts. 72, 99, 84, 133 a, d y 133 ultimo párrafo de la Ordenanza N° 7882, por acta N° 101299689, al pago de una MULTA de Pesos Ocho Mil Quinientos Sesenta y Cinco (S 8.565), mas gastos de grúa ($450), sellado ($26), notificaciones ($ 163) y estadía desde la fecha de la retención (30/11/2016) al 15/09/2017 inclusive ($ 23.120). lo que hace un Total de PESOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO (S 32.324). La que deberá pagarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notificación de la presente. Dicha suma, en caso de falta de pago en el plazo indicado, devengará intereses de ley. 2) Si fuere necesario expídase título ejecutivo por la suma total líquida detallada, que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art. 22 C.P.M.F.).- 3) Notifiquese, expídase copia y oportunamente archívese. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.

Santa Fe, 04 de diciembre de 2018.

Dra. ANA MARÍA CAPRIO

JUEZ DE FALTAS.

$ 152 379044 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado Nº 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ ZELLER, Walter Daniel s./ Acta de Infracción Nº 101328397 del 07/01/2017 en Ruta Pcial de Santa Fe (17.04 hs) por infracción a los arts. 101 (circular sin chapa), 96 (sin espejos), 84 (falta de faros reglamentarios), 132 (circular con la documentación del vehículo vencida) de la Ordenanza N° 7882”, se ha dictado la Resolución Nro. 051/2018 que dispone: “Santa Fe, 17 de Enero de 2017. Y VISTOS ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Condenar a ZELLER, Walter Daniel, D.N.I. N° 22367522, domiciliado en 125- Ruta 1 Km. 2.500 de Colastine Norte, Santa Fe, por infracción a los arts. 101, 96, 84, 132 de la Ordenanza N° 7882, acta 101410557 del 15/06/2017, al pago de una MULTA de pesos cinco mil trescientos seis ($ 5.306.-), más gastos de sellado ($26), grúa (230), notificación ($163) y estadía desde la fecha de retención al 15/09/2017 inclusive ($8.534. -) lo que hace un Total de DOCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($12.490.-). El pago deberá realizarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notíficación de la presente. Dicha suma, en caso de falta de pago en el plazo indicado, devengara, intereses de ley. 2) Si fuere necesario expídase titulo ejecutivo por la suma liquida detallada, que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art 22 C.P.M.F,).- 3) Notifiquese, expídase copia y oportunamente archívese.-“ Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.

Santa Fe, 27 de noviembre de 2018

Dra. ANA MARÍA CAPRIO

JUEZ DE FALTAS.

$ 70 379042 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado Nº 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ GARCÍA, Carlos s/ acta de infracción Nº 101344775 del 07/02/2017 en Ruta 11 Altura Cilsa de Santa Fe, (19.11 hs) por infracción a los arts. 72 (circular sin licencia de conducir), 101 (falta de chapa patente) y 96 (falta de espejos) de la Ordenanza Nº 7.882, se ha dictado la Resolución Nro. 358/2018 que dispone: “Santa Fe, 20 de abril de 2018. Y VISTOS ...RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Condenar a GARCÍA, Carlos, D.N.I. N° 34.618.155, domiciliado en calle Hipólito Irigoyen 4879, Santo Tome, por infracción a los arts. 72, 101 y 96 de la Ordenanza Nº7882 por acta N° 101344775, al pago de una MULTA de Pesos SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 7.680.-). Mas gastos de sellado ($35), traslado ($ 230), notificación ($ 8) y estadía desde la fecha de la retención al 19/12/2017 inclusive ($ 8632.-), lo que hace un Total de PESOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCOVEINTICINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 16.585.-). La que deberá pagarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notificación de la presente. Dicha suma, en caso de falta de pago en el plazo indicado, devengará intereses de ley. 2) Si fuere necesario expídase titulo ejecutivo por la suma liquida detallada, que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art 22 C.P.M.F.).- 3) Notifiquese, expídase copia y oportunamente archívese.- Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial. Santa Fe,

29 de noviembre de 2018.-

Dra. ANA MARÍA CAPRIO -

JUEZ DE FALTAS.

$ 65 379039 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado N° 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ PIEDRABUENA Sebastián Ariel s/ acta de infracción N° 101362085 del 20/03/2017 en Paseo Danilo Villaverde de Santa Fe, (18.52 hs) por infracción a los art. 132 (circular con tarjeta verde vencida ) y 96 (Circular sin espejos) de la Ord. 7.882 se ha dictado la Resolución Nro. 218/2018 “Santa Fe. 06 de Marzo 2018. Y VISTOS: ... RESULTA. ... CONSIDERANDO. ... RESUELVO. ... 1) Condenar a PIEDRABUENA Sebastián Ariel, D.N.I. N° 32.179.363, domiciliado en calle Zona Rural s/n San Carlos Centro Pcia. de Santa Fe, por infracción a los arts. 132 y 96 de la Ordenanza N° 7882, por acta N° 101362085, al pago de una MULTA de Pesos Un Mil Doscientos (S 1.200.), mas gastos de traslado ($230), sellado ($26), notificaciones ($ 8) y estadía desde la fecha de la retención al 19/12/2017 inclusive ($ 9.316) lo que hace un Total de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 10.780). La que deberá pagarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notificación de la presente. Dicha suma, en caso de falta de pago en el plazo indicado, devengará intereses de ley. 2) Si fuere necesario expídase título ejecutivo por la suma total líquida detallada que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art. 22 C.P.M.F.).- 3} Notifiquese, expídase copia y oportunamente archívese. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.

Santa Fe. 05 de diciembre de 2018

Dra. ANA MARÍA CAPRIO

JUEZ DE FALTAS.

$ 63 379037 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado N° 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ ESPINDOLA Jorge Alberto s/ acta de infracción N° 101414025 del 17/06/2017 en calle San Jerónimo y Eva Perón de Santa Fe (02.52hs), por infracción a los arts. 101 (Circular sin chapa patente); 96 (circular sin espejos); 84 (circular sin luces); 72 (circular sin licencia de conducir) de la Ordenanza Nº 7882 y Nº 101414026 del 17/06/2017 en calle San Jerónimo y Eva Perón de Santa Fe (03.03 hs), por infracción al art. 70 (circular en estado de intoxicación alcohólica - valor del test 1,230 gr/lt) de la Ordenanza Nº 7.882, se ha dictado la Resolución Nro. 493/2018 que dispone: “Santa Fe; 07 de Junio de 2017. Y VISTOS ...RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Condenar a ESPINDOLA Jorge Alberto, D.N.I. N° 25.339.917, domiciliado en Demetrio Gómez Mza. 6 de Alto Verde, Santa Fe, por infracción a los arts. 101 (Circular sin chapa patente); 96 (circular sin espejos); 84 (circular sin luces); 72 (circular sin licencia de conducir) y 79 (circular en estado de intoxicación alcohólica - valor del test 1,231) gr/lt) de la Ordenanza N° 7882, actas N° 101414025 y N° 101414926 del 17/96/2017, al pago de mu MULTA de PESOS DIESIS1ETE MIL ($ 17.000.-), mas gastos de sellado ($ 35) traslado ($230) notificación ($ 164) y estadía desde la fecha de la retención al 07/02/2018 inclusive ( $8.266.-), lo que hace un Total de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 25.695.-). La que deberá pagarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notificación de la presente. Dicha suma, en caso de falla de pago en el plazo indicado, devengará intereses de ley. 2) IMPONER como pena la INHABILITACIÓN para conducir por el término de TREINTA (39) días a contar desde la notificación de la presente, oficiándose a sus efectos al organismo respectivo. 3) Si fuere necesario expídase titulo ejecutivo por la suma líquida detallada que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art. 22 C.P.M.F.).- 4) Notifíquese. expídase copia y oportunamente archívese.” Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial. Santa Fe,

29 de noviembre de 2018.-

Dra. ANA MARÍA CAPRIO

JUEZ DE FALTAS.

$ 90 379038 Dic. 28

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NOTIFICACIÓN


Por disposición de la señora Jueza de Faltas a cargo del Juzgado No 4 de la Justicia Administrativa de Faltas de la Municipal de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ SOTO, Sergio s/Acta de Infracción Nº 101410557 del 15/06/2017 en Obispo Gelabert y 9 de julio de Santa fe (23.53hs) por infracción a los arts. 70 (circular en estado de intoxicación alcohólica - valor de test 0,670 gr/lt), 101 (circular sin chapa patente), 72 (circular sin licencia de conducir) de la Ordenanza N° 7882, se ha dictado la Resolución Nro. 606/2017 que dispone: “Santa Fe, 12 de Diciembre de 2017. Y VISTOS ...RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Condenar a SOTO, Sergio, D.N.I. N° 14.764.031, domiciliado en MANZANA 1 s/n° ALTO VERDE, Santa Fe, por infracción a los arts. 70 (circular en estado de intoxicación alcohólica- valor de test 0,670 gr/lt), 101 (circular sin chapa patente), 72 (circular sin licencia de conducir) de la Ordenanza N° 7882, acta 101410557 del 15/06/2017, al pago de una MULTA de PESOS TRECE MIL ($ 13.000.-), más gastos de sellado ($26), grúa (230), notificación ($163) y estadía desde la fecha de retención al 12/12/2017 inclusive ($6.154.-) lo que hace un Total de PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES ($19.573. -). El pago del monto total de 19.573.- deberá realizarse en el plazo de TRES (3) DÍAS desde la notificación de la presente. IMPONER como pena la INHABILITACIÓN para conducir por el término de TREINTA (30) dias a contar desde la notificación de la presente. oficiándose a sus efectos al organismo respectivo. 2) Si fuere necesario expídase titulo ejecutivo por la suma liquida detallada, que se remitirá al Departamento de Apremios Fiscales, para la ejecución del crédito, de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 5066 y sus modificatorias (art 22 C.P.M.F.).- 3) 3) Notifiquese, expídase copia y oportunamente archívese. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.

Santa Fe, 27 de noviembre de 2018

Dra. ANA MARÍA CAPRIO

JUEZ DE FALTAS.

$ 80 379036 Dic. 28

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COMUNA DE LLAMBI CAMPBELL


ORDENANZAS


La Comuna de Llambi Campbell hace saber que ha dictado la Ordenanza IMPOSITIVA Nº 1704/18 que regirá a partir del 1 de enero de 2019.

$ 90 379172 Dic. 28 En. 2

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