picture_as_pdf 2016-12-28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAÚL ALBINO MARAVIGLIA


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 3ra. Nominación de Rosario, Dra. María Silvia Albertti, Secretaría autorizante hace saber en autos “LANNER, FLAV1A D. c/FERNÁNDEZ, DANIEL Y OTRO s/Cobro de Pesos”, Expte. Nº 982/2010, se ha dispuesto que el Martillero Público Raúl Albino Maraviglia, Mat. 968-M-101, CUIT 20-11812749-9, venda en pública subasta el día 24 de Febrero de 2016, a las 16,30 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, sita Entre Ríos 238, Rosario, el sig. inmueble: La Mitad Indivisa de “Un lote de terreno, con todo lo en él existente, el que de conformidad con el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Mario Elio Sinich, en julio de 1976, Inscripto bajo el Nº 90391, año 1977, es el designado como lote SEIS-Q, y se encuentra ubicado en esta ciudad, con frente a calle Colombres, entre las calles San Lorenzo y Santa Fe, a los 36,38 m. de la última hacia el Norte y mide 12,11 m. de frente por 17,92 m. de fondo, lindando: por su frente al Oeste, con calle Colombres; al Norte, con el lote 6-R; al Este, con lote 6-H; y al Sud. con lote 6-P, todos del mismo plano. Encierra una superficie total de 217,01 m2”. Informa el Registro General Rosario: Dominio inscripto al T° 620, F° 498, N° 257.663, Dpto.Rosario, a nombre de la demandada (DNI 14.087.161) s/p/i. No Informa Hipotecas. Informa. Embargo al T° 124 E, F° 3096, N° 379891, de fecha 29/09/2015, por $ 210.952,30. Nota anterior: T° 119 E, F° 5262. N° 393951, de fecha 10/11/2010. Obs: Reinscripción y ampliación. Consta Ampliación de Embargo por monto al T° 23 M.E. F°155, N° 370745 de fecha 15-09-2016, por orden de los Autos y Juzgado del presente trámite. No Informa Inhibiciones s/t/r s/p/i. El bien saldrá a la venta en su Mitad Indivisa, en el carácter de Ocupado conforme acta de constatación, con la Base de $ 690.000,00, con Retasa del 25% y Ultima Base del 20% de la Base. Quién resulte comprador abonará en el acto de la subasta el 10% del precio total de compra con más el 3% de comisión al Martillero en dinero en efectivo y/o cheque certificado s/Rosario. El saldo del precio deberá abonarse dentro de los cinco días de aprobada la subasta en los términos del art. 499 del CPCC, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el art. 497 del mismo cuerpo normativo. Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia e IVA si correspondiera. En el supuesto de comprarse en comisión se deberán indicar los datos del comitente.- Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Exhibición desde dos días antes de la fecha de subasta en el horario de 14,00 a 15,00 hs. Publíquese edictos sin cargo en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Copias de títulos agregados en autos a disposición de los interesados, en Secretaría, no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta. Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar. Secretaría, 21 de Diciembre de 2016. Dra. Adriana García Valverde, Secretaria.

S/C 312199 Dic. 28 Dic. 30

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

NOLBERTO ANTONIO QUINTEROS


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Irazabal, Secretaria a cargo del Dr.Leandro Carozzo, hace saber que en autos “ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. c/GERLO HÉCTOR ELIO s/Ejecución de Prenda con Registro” (Exp. Nº 1510 - año 2014), se ha dispuesto que el Martillero Nolberto Antonio Quinteros (C.U.I.T. 20-06143742/9), proceda a vender en pública subasta el día 17 de Febrero del año 2017, a las 10,30 horas, en el Hall de Entradas del Juzgado de 1ra. Inst. de Distrito Nº 16 en lo Civ., Com., y Laboral sito en Córdoba y Belgrano de la ciudad de Firmat, La Pulverizadora que más adelante se describe, con La Base de U$S 104.158,77 y/o su conversión en moneda nacional al momento de realizarse la subasta, con más la suma de $ 22.758,50 (correspondiente a la planilla practicada a Fs. 70, 760 vlto. 71; y aprobada a Fs. 78 respectivamente), y/o en caso de no haber ofertas sobre la Base, con la Retasa de Ley pertinente (25%), y/o en caso de no haber oferta sobre la retasa, sin base y al mejor postor; haciéndose saber que para el supuesto eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se efectuará el día siguiente hábil posterior en el mismo lugar y a la misma hora, subastándose el siguiente Bien Prendado: “1 (Una) Pulverizadora, Marca PLA, Modelo MAP 3000F BD, Chassis PLA N° 0055B, Motor Marca Deutz N° H718886, código del automotor 42 - 0001817/2006- país de fabricación Brasil - Dominio BCW- 98. Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva sobre maquinaria Agrícola, Vial, Industrial y de Créditos Prendarios de Chañar Ladeado, consta inscripto el dominio de la pulverizadora a subastar a nombre de la co-demandada (CUIL Nº 27- 32648276-0); registrando la Pulverizadora Prenda en primer grado de fecha 20/11/12 por la suma de U$S 70.000,00, siendo acreedor la firma “Aceitera General Deheza S.A.”; y Embargo de fecha 26/06/15 por la suma de U$S 70.000 en concepto de capital, con más la suma de U$S 28.000 intereses y costas, orden Juzgado 1ra. Inst. Civ., Com. y Lab. de Melincué, en autos “Aceitera General Deheza S.A. c/Gerlo Héctor Elio s/Ejecución de Prenda con Registro”(Exp. Nº 1510/14), no registrándose ningún otro gravamen. Que obra glosado en autos fotocopia del Contrato de Prenda con Registro, original a disposición de los interesados en Secretaria del Juzgado, en el mismo se relaciona la pulverizadora a subastar, además el informe evacuado pro el Registro de Créditos Prendarios de Chañar Ladeado, no aceptándose reclamo alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos. Asimismo se hace saber que debe convenirse con el Martillero actuante y/o la persona que el mismo designe, para realizarse la revisación del bien a subastarse. Téngase presente las condiciones generales de la pulverizadora, las que deberán ser informadas por el Martillero en el acto de subasta. Asimismo hágase saber a los interesados, en los edictos arriba ordenados, y en el acto de subasta que para el caso de que el precio a abonar en dicho acto supere el valor de $ 30.000,00 el pago deberá realizarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en la cuenta judicial, a la orden de éste Juzgado y para estos autos, conforme disposición del BCRA (comunicación “A” del 23.11.10) respecto del saldo de precio, si superase los $ 30.000,00 deberá efectuarse por transferencia interbancaria. El y/o los compradores se obligan a realizar la transferencia de la pulverizadora adquirida dentro del término de ley, siendo todos los gastos que se originaren a cargo de los mismos, como si también el pago de multas, sellados, honorarios, y/o cualquier otro impuesto Nacional, Provincial y/o Municipal que gravare dicha pulverizadora, constando en el acta a labrarse. El y/o los compradores abonarán en el acto del remate para la pulverizadora, el 20% del precio de compra para en dinero efectivo o cheque certificado con más la Comisión de Ley al Martillero (10%), e I.V.A si correspondiere, el saldo lo depositarán judicialmente aprobado el remate; y una vez efectivizado el mismo se procederá a la entrega del Pulverizador subastado al y/o los compradores del mismo. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho subiere lugar. -Melincué, 16 de Diciembre de 2016. - Leandro Carozzo, Secretario.

$ 673,20 312132 Dic. 28 Dic. 30

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