picture_as_pdf 2015-12-28


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

AUGUSTO LEO VIRGILIO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 4 de Rosario, a cargo de la Dra. Silvia Cicuto, Secretaría de la Dra. Daniela Jaime, en autos "FEIJOO, DIEGO HERNAN c/OTRO s/APREMIO", Expte. Nº 335/2006", se ha dispuesto que el Martillero Augusto Leo Virgilio, Cuit nº 20-06044231-3, venda en pública subasta el día 4 de Febrero de 2016, a las 16 hs. en la Asociación de Martilleros Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 Rosario, el inmueble inscripto en mayor área, al Tomo 687, Folio 348, N° 307.678 Departamento Rosario, que se describe: "Parte del lote D1, formado por la unión de los polígonos nº 18, 19, 20, 36, 39, 38, 37 y 18, los cuales miden según plano n° 134678/93: polígono 18 a 20: 61,04 mts. de frente a calle José Hernández; 20-36: 116,92 metros; 36 a 39: a mensurar; 39 a 37: 49,74 mts. y 37-18: 99,43 mts. Saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación, con base de $ 1.200.000 de no haber postores retasa del 25% y de persistir falta postores una última retasa del 80%, precio mínimo que saldrá a la venta. El adquirente deberá abonar finalizada la subasta, el 10% del precio más la comisión del 3% al martillero. Si ese 10% supera la suma de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medo de cheque certificado o en su defecto deberá depositarse al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario, en cuenta abierta para estos autos que se detalla más abajo, conforme disposición BCRA, Comunicación "A" 5147 del 23/11/10. Se hace saber que el deudor no se encuentra inhibido y la única cautelar que pesa sobre el bien es la ordenada para estos autos. Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones, gastos e impuestos por transferencia quedan a cargo del adquirente. Debiendo el martillero informar los importes adeudados en el acto de subasta. Para el caso de compra por terceros, se deberá identificar, en el acto de remate, al comitente debiendo éste ratificar la compra en el término de 5 días bajo apercibimiento de considerarse que el tercero ha comprado para sí. El adquirente deberá depositar el saldo de precio en el Banco Municipal de Rosario - Sucursal 80 - Caja de Abogados - Cta. Nº 2208836 CBU nº 0650080103000022088368, por transferencia interbancaria si tal monto supera la suma de $ 30.000, conforme Comunicación "A" del BCRA n° 5147 del 23/11/10; en caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El saldo referido deberá abonarse al aprobarse la subasta, de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la venta con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. El adquirente deberá acudir a escribano público para la transferencia del dominio a su favor, siendo a su exclusivo cargo todas las erogaciones correspondientes, sea honorarios, impuestos, IVA etc., como asimismo los gastos de mensura, subdivisión y nuevo plano. Rosario, 21 de Diciembre de 2015.- Fdo. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 590 281332 Dic. 28 Dic. 30

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