picture_as_pdf 2012-12-28

REGISTRADA BAJO EL Nº 13320


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 26432 modificatoria del régimen de Inversiones para Bosques Cultivados, por la cual se sustituyó el artículo 4 y se prorrogó el plazo previsto en el artículo 17 (segundo párrafo) y artículo 25 de la Ley Nacional Nº 25080.

ARTÍCULO 2.- Desígnase al Ministerio de la Producción como Autoridad de Aplicación del régimen previsto en la presente ley, en concordancia expresa a lo estipulado por la Ley Provincial Nº 11768.

ARTÍCULO 3.- Invítase a los Municipios y Comunas a que manifiesten su adhesión al presente régimen a través del dictado de normas legales pertinentes que a tal efecto sancionen.

ARTÍCULO 4.- Facúltase al Ministerio de la Producción a firmar convenios con Municipios y Comunas y demás entidades de carácter público y/o privado pertenecientes al sector foresto-industrial de la región, a fin de fomentar la realización de actividades comunes que promuevan la correcta difusión, implementación y seguimiento de la presente norma, en atención al enriquecimiento, conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los bosques cultivados.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO 2012.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Alberto Crossetti

Presidente Provisional Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 3860


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

17 DIC 2012


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.320 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Carlos Alcides Fascendini

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