RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
PATRICIO E. ALEMAN
Por estar así dispuesto en los autos: TORTUL, FABIAN CEFERINO c/Otro s/Ejecutivo - Expte. Nº 851/2003, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación de Reconquista (SF); se hace saber que el Martillero Publico Patricio E. Alemán, Matrícula Nº 1.026, CUIT. N° 20-04433518-3, procederá a vender en publica subasta, en las puertas del Juzgado Comunal de Pequeñas Causas de Lanteri (SF), el día 05 de diciembre de 2017, a las 11;00 horas o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado y a la misma hora, con la base del Avalúo Fiscal, de fs. 128 de autos, la suma de $ 16.209,20, en primera subasta, si no hubiera postores, con la base retasada en un 25% o sea la suma de $ 12.156,90 en segunda subasta, y, si tampoco hubiere postores, seguidamente en tercera subasta, sin base y al mejor postor (Art. 496 C.P.C.): Una fracción de campo, que es parte del lote Nº 47, Sección Sud, de la Colonia de Las Garzas, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, compuesto de Diecinueve Hectáreas, Sesenta Áreas, según mensura y plano de subdivisión hechos por el Ingeniero Civil, Sr. Norberto J. Nardelli, en el mes de marzo de 1962, registrado bajo el Nº 34.225 en el Departamento Topográfico de la Dirección Gral. de Catastro de Santa Fe. La fracción de campo que se adjudica, figura en dicho plano con el Nº2, es de forma regular y tiene cuatrocientos metros al Sud, por cuatrocientos noventa metros de fondo al Norte, y linda: por el Sud con camino público proyectado; por el Este y el Norte, con parte de la fracción Nº 1 del mismo plano, adjudicado al coheredero José Enrique Sandrigo, y por el Oeste, con el lote Nº 3 del mismo plano, adjudicado a la coheredera Yolanda Raquel Sandrigo. De la Constatación realizada con el Sr. Juez Comunitario de Pequeñas Causas de la localidad de Lanteri (SF), a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre de 2016, siendo las 11;00 horas, nos constituimos junto al autorizado Dr. Luis Gabriel Tanino, en el lugar, donde fuimos atendido por una persona que dice llamarse Dante Dario Lovey, quien justifica su identidad exhibiendo su DNI: 21.032.061, a quien enteré de mi cometido, mediante fiel e íntegra lectura del precitado mandato judicial. En este estado procedí a constatar que el inmueble designado como Una fracción de campo, que es parte del lote Nº47, Sección Sud de la Colonia Las Garzas, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, compuesto de Diecinueve Hectáreas, Sesenta Áreas; El inmueble se encuentra enmalezado y sin sembradío alguno; totalmente cercado con alambrado de 4 hilos en regular estado. En el mismo se encuentra una casa habitación edificada sobre ladrillos y mampostería, en regular estado de uso y conservación, un pequeño corral y una huerta familiar. Habitan la propiedad, según el atendiente, el mismo y su padre, don Rubén Darío Lovey. Manifiesta asimismo que no conoce si sobre el inmueble pesa otro gravamen. Finalmente, es intimado para que dentro del plazo de seis días haga entrega del título original del inmueble, bajo apercibimientos de exrarse copia a su costa de los protocolos públicos. Inscripto en el Registro General de la Propiedad en el Dominio Nº 14.208, Folio 333, Tomo 99 Impar, Dpto. Gral. Obligado, Pcia. Sta. Fe. Empadronado a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo la partida N° 03-16-00-616832/0003-7, no adeudándose suma alguna, al 13-09-2017. A la Comuna de la localidad de Lanteri (SF), en concepto de Tasa General de Inmuebles Rurales, adeuda la suma de $ 549,15, al 20-09-2017. Todas estas deudas están a cargo de esta subasta, a cargo del comprador, desde el día de la aprobación de la subasta. Según informe del Registro General de la Propiedad, y según Oficio Nº94.065 del 22808/08, se reinscribe la presente medida sobre los derechos y acciones que le pudieren corresponder a Dante Darío Lovey, D.N.I. 21.032.061, sobre el inmueble de titularidad de Lina Leonor Sandrigo. Los títulos de propiedad no han sido presentados, por lo que el que resulte comprador, deberá conformarse con las fotocopias agregadas en autos y las actuaciones que expida el Juzgado, y tomara a su exclusivo cargo los tramites necesarios para inscribir a su nombre lo adquirido, no admitiéndose reclamo alguno una vez efectuada la subasta Art. 494 C.P.C.SF . El comprador abonara en el acto del remate el 10% como seña y a cuenta de precio, con mas el 3% por comisión de Ley del Martillero, más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan (I.V.A.; Impuesto a la Transferencia de Bienes, etc) todo en dinero en efectivo, el saldo al aprobarse la subasta una vez ejecutoriada que quede e intimado el o los compradores, depositando en Cuenta Judicial, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el Art. 497 del C.P.C.SF.. Si no se depositara el saldo en el plazo acordado, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta de precio. Y deberá constituir domicilio legal en jurisdicción del Juzgado interviniente en esta causa. Conforme a lo que dispone la Ley de I.V.A., la presente no está gravada con dicho impuesto. Mas informes en Secretaría o al Martillero, en su domicilio de Chacabuco Nº 941, de la ciudad de Reconquista (SF), lo que se publica a sus efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y transparente del Juzgado según Ley Nº11.287. Reconquista, 17 de noviembre de 2017.- Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario.
$ 759 342085 Nov. 28 Nov. 30
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