picture_as_pdf 2008-11-28

SECRETARIA DE TECNOLOGIA

PARA LA GESTION


RESOLUCION N° 0167


Santa Fe, 21 de Noviembre de 2008.

VISTO:

El Expediente N° 00101-0181907-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Despacho y Decretos del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario .... “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Despacho y Decretos en este expediente, es para la adquisición e instalación del software propietario Sistema Operativo MS-Windows, MS Office Standrad y MS Office Profesional que incluya Access, que será instalado en siete (7) computadoras que estarán destinadas específicamente a tareas directamente relacionadas con las aplicaciones que se usan en la citada Secretaría, en virtud de que el software en que están desarrolladas, así lo requiere;

Que las aplicaciones ya existen, y al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraban en uso desde hace años, particularmente lo que refiere al sistema Síntesis de Normas Legales desarrollado en lenguaje de programación Access que requiere sistema operativo MS-Windows para su ejecución;

Que a los efectos de cumplimentar con lo normado por la Ley 12.360 y el Decreto 1.820/2005 en el Artículo 6to de este último, la Sectorial de Informática presentó en su inventario de sistemas el software que se utilizó oportunamente para desarrollar las aplicaciones (Access) y Sistema Operativo requerido (Windows).

Que el Decreto 1.820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido que es el caso en el que se encuentra las citadas aplicaciones;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la, Dirección General de Despacho y Decretos en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1. Autorizar a la Dirección General de Despacho y Decretos del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS WINDOWS en su última versión en castellano, siete (7) Licencias.

MS Office Standard en su última versión en castellano, cuatro (4) Licencias.

MS Office Profesional en su última versión en castellano, tres (3) Licencias.

2. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C 2330 Nov. 28

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MINISTERIO DE SALUD


ORDEN N° 98


Santa Fe, 19 de Noviembre de 2008.


VISTO:

El Expediente N° 00501-0065976-1 y en relación al mismo el legajo Nº 105-00571-4-07-04-06642 de Renovación de la habilitación conforme Ley N° 9.847, modificatoria N° 10.169, y su reglamentación, del establecimiento de salud con internación GERIATRICO CORAZON DE JESUS” de la localidad de Coronda; y

CONSIDERANDO:

Que el geriátrico precitado renovó Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847 por Orden Nº 53 del 9 de agosto de 2005, bajo la denominación e identificación de “Geriátrico Corazón de Jesús”, a nombre de la Sra. Gladis Mabel Romagnoli, L.C. Nº 4.259.811;

Que por nota de fecha 25 de setiembre de 2008 la Sra. María de los Angeles Dettoni, D.N.I. Nº 17.174.467, en su carácter de hija de la titular del establecimiento, comunica el fallecimiento de la Sra. Gladis Mabel Romagnoli de Dettoni, adjuntando partida de defunción a tales efectos, y asimismo hace saber que “ha cesado de funcionar el geriátrico” precitado fojas 195 y 196;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

ORDENA:

1º Dar de baja al establecimiento de salud con internación “GERIATRICO CORAZON DE JESUS” ubicado en Sarmiento Nº 1.751 de la localidad de Coronda, Departamento San Jerónimo, de la provincia de santa Fe, en razón de que el mismo “ha cesado de funcionar” por fallecimiento de su titular.

2º Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º Previa tramitación de estilo, archívese.

Dr. JORGE A. PRIETO

Director General

S/C 2328 Nov. 28 Dic. 1º

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