JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JORGE VACCHINO
Por disposición Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación De Rosario a cargo del Dr. Néstor Osvaldo García (Juez S), Secretaría de la Dra. María Belén Baclini (Secretaria S) se hace saber que en los autos Veraldi, Gladis Noemí- Expte. 170/2011, se ha dictado el decreto del tenor siguiente;: Rosario, 17 de Octubre de 2016 Señálase fecha de subasta para el día 08/11/16 a las 16:30 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario respecto del inmueble ubicado en calle Pje. Rufino Ortega 222 Bis, Rosario inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el T. 249; F. 419 N° 150877 PH, Depto. Rosario. El mismo saldrá a la venta en el estado de ocupación que da cuenta el acta de constatación. Saldrá a la venta con una base de $ 250.000, sin retasa y de no haber postores por la base, se suspenderá a misma. El comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo y/o cheque certificado el 10% del precio de compra a cuenta con más el 3% de comisión al martillero. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000,no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicha monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 CPCC . Los impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios que se adeudaren, gastos de transferencia e IVA sobre el precio de compra, si correspondiere, son a cargo del comprador. El saldo se depositará una vez aprobada la subasta judicialmente en los términos de los arts. 497 y 499 CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley y aviso en Diario La Capital de Rosario. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas de la realización de la subasta, y con la debida antelación acompañarse constancia del diligenciamiento cinco días antes del acto de subasta. Ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del C.P.C.C.; y notifíquese a los acreedores hipotecarios que pudieren existir en la forma prevista por el art. 488 del C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra, quien deberá además aceptar la misma en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta, bajo apercibimiento de tener al comprador en comisión como adjudicataria definitivo. A los fines de la exhibición del inmueble a subastar, desígnanse los días 4 y 7 de noviembre de 10 a 12 hs, haciéndosele saber a los ocupantes que deberán permitir el ingreso a tal fin. Hágase saber que el adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2° párr. Del CPCC. Dr. García (Juez). - Dra. Baclini (Secretaria). A continuación se describe el inmueble a subastarse: La parte proporcional proindivisa del terreno que se deslindará y de las cosas comunes y el Dominio exclusivo del departamento individualizado con los guarismos Cer Cuatro-Cero Dos (04-02), en el plano de división y Reglamento de Copropiedad y Administración respectivo conforme a los cuales y a su título se encuentra ubicado en la cuarta planta alta de el edificio sito en esta ciudad de Rosario, conocido bajo la denominación de “Edificio calle Pasaje sin nombre-hoy Rufino Ortega N° 222 Bis. Dicho departamento está destinado a vivienda familiar con la entrada común que lleva el N° 222 Bis del pasaje sin nombre -hoy Rufino Ortega-, con una superficie total de dominio exclusivo de 66,96 m2 lo que hace una superficie total general de 162,56 m2 correspondiéndole un valor de 2,546% en relación al conjunto del inmueble, igual porcentaje para la contribución de las cargas comunes y se compone de living comedor, tres dormitorios, cocina, paso y baño y balcón, este último bien común pero de uso exclusivo de cada departamento. El conjunto del inmueble consiste en un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, ubicado en la ciudad de Rosario, en el Pasaje sin nombre 222 Bis y que según plano confeccionado por el Agrimensor Mateo M. Beovide en marzo 1968, archivado en el mismo año en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de la Provincia, Delegación Rosario con el Nº 54.364, es el lote dos a (2ª) y esta ubicado dentro de la manzana comprendida entre las calles Ayolas, Abanderado Grandoli, calle pública sin nombre y Zona de las vías del Ferrocarril Nacional General Bartolomé Mitre y tiene las medidas y linderos y superficie siguientes: 60,19 m en su lado Norte, línea AN, lindando en parte con Elias Moss SACI y en el resto con la Cía. Rosarina de cueros y Subproductos ganaderos; 366,59 m en su lado Este, línea MN, formando un punto N un ángulo interno de 85ª14’, lindando con el lote Dos B; 60m de frente al Sud, línea LM, formando un punto M un ángulo interno de 90°, lindando por este rumbo con el Pje. S/n nombre y 31,60m también de frente y fondo línea LA lindando con la calle Abanderado Grandoli y formando el punto L un ángulo de 90ª y en el punto A un ángulo de 94ª 46”44”. Encierra una superficie de 2.045,40m2. Informe Registro General: Dominio T° 249 - F° 419 - Nº 150.877 - Dpto.. Rosario P.H. a nombre del demandado. Hipoteca: Tª 581 B - Fª 42 - Nº 305085 inscripta el 15/l/2008. Escritura 127 del 21/12/2007 Escribana Gil, María Marcela por $ 13.000. Embargo: Tª 125 E - Fª 19 - N° 301093 de fecha 06/1/2016 orden Juz Ejec. C. Nom. 2 de Rosario en autos Sapia Fernando Hugo c/Otros s/ Juicio ejecutivo Expte 456/2011. Of. 4031 por $ 7.680. Inhibición No Surge: Copia de títulos en autos no aceptándose reclamos después de la subasta. Martillero actuante Jorge Vacchino (Mat. 191-V-3). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 21 de octubre de 2016 - María Belén Baclini, Secretaria.
$ 1140 306272 Oct. 28 Nov. 1
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POR
JUAN JOSÉ RIVAROLA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo de la Ora. Silvia Cicuto y Secretaría de la Dra. Daniela A. Jaime y dentro de los autos caratulados “CEREDA, SUSANA BEATRIZ contra CEREDA, ALICIA MABEL sobre Fijación Canon Locativo” Expte. N° 557/12 (CUIJ 21-01163066-6) se ha ordenado al martillero Juan José Rivarola que el día 4 de noviembre de 2016 a las 14 :00 hs. proceda a vender en pública subasta en la Asociación de Martilleros de Rosario cita en Entre Ríos 238 de Rosario, el 50% indiviso del inmueble, propiedad de la demandada, inscripto en el Registro General de Propiedades al T° 1189, Folio 351, N° 396224 y T° 1189, Folio 353, N° 396225 departamento Rosario. Del informe del Registro General de Propiedades surgen Embargos: al Tomo 125 E, Folio 1009, Número 326135 de fecha 15/04/2016 J. Distr. Nom. 4, Rosario. Expe. 557, Año 2012, Oficio 586 y Tomo 125 E, Folio 1010, Número 326136 de fecha 15/04/2016 j. Ditr. Nom. 4 Rosario Expe. 557, Año 2012. Saldrá a la venta en la condición de ocupación que figura en el acta de constatación. El inmueble saldrá a la venta con la base de cinco veces el avalúo fiscal informado por la A.P.I., esto es la suma de $ 96.805; de no haber postores por dicha base, con la retasa del 25% y de subsistir la falta de postores con una retasa del 80%, precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble; quien resulte adquirente deberá abonar, finalizada la subasta, el 20% del precio ofertado más la comisión del 3% al Martillero en pesos o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario Sucursal 80 - Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10.- Los Impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y eventualmente expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. Para el caso de compras por terceros, fijase como condición de subasta que el adquirente designe en el acta de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participo personalmente en el acto de remate. El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en tos edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos en el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R-A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y exhíbanse en el hall de Tribunales El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Desígnense los días 02 y 03 de noviembre, en el horario de llhs. A 12hs., a los fines de la exhibición del inmueble a los eventuales interesados. El expediente quedará depositado en Secretaría cinco días antes de la subasta a los fines del art. 494 y 495 C.P.C.C., bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. - Dra. Silvia Ciucuto Jueza Distrito Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rosario, Dra. Daniela A. Jaime Secretaría Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4a Nominación de Rosario. - Rosario, 21 de octubre de 2016 - Daniela A. Jaime, Secretaria.
$ 780 306287 Oct. 28 Nov. 1
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
MARCELO EDMUNDO POLIOTTI
Por orden Sr Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de la Ciudad de Villa Constitución, la Secretaría que suscribe hace saber en autos caratulados: “BANCO HIPOTECARIO S.A. c/OTRO s/Ejecución Hipotecaria” (Expte. N° 1061/15 se ha Apuesto que el Martillero Público Marcelo E. Poliotti, (Mat. 934-P-80) CUIT Nº 20-12112569-3, venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 8 de Noviembre 2016 a las 13,15 Hs. en la sede de los Tribunales de Villa Constitución, y de resultar inhábil, el día hábil posterior a la misma hora y lugar, a los fines de la realización de la subasta ordenada en autos. El siguiente inmueble, hipotecado en autos, propiedad del demandado consistente: “Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad de Villa Constitución, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe en el Barrio “Amelong”, designado en el plano inscripto en la Dirección General de Catastro, Departamento Topográfico, Delegación Rosario de esta Provincia, bajo el número setenta y siete mil dieciséis, año mil novecientos setenta y cuatro, como lote nueve de la manzana letra “Q” y ubicado de acuerdo al mismo en calle Nueve, hoy Maipú, a los cuarenta y ocho metros de la calle Santiago del Estero, hacia el Nord-Oesto, de allí a los seis metros sesenta y siete centímetros hacia el Nord-Este y de allí a los cuarenta y ocho metros hacia el Nord-Oeste, compuesto de doce metros de frente Sud-Oeste por veinticinco metros de fondo. Encierra una superficie total de trescientos metros cuadrados y linda, por su frente al Sud-Oeste, con calle Nueva, hoy Maipu por el Sud-Este con el lote ocho; por el Nord-Este, con la fracción “XVI” (espacio verde) y por el Nord-Oeste, con el lote diez, todos de igual manzana y plano”. Según certificado registral Nro. 154590-0 de fecha 09/09/2016, el dominio del inmueble a subastar, consta inscripta en el Registro General Rosario a nombre del DEMANDADO bajo la siguiente nota: T° 217, F° 96, N° 102534 Depto. Constitución. Registrándose libro de Embargo e Inhibiciones pero sí la siguiente Hipoteca, al T° 400 A, F° 55, N° 102535, en 1er. Grado, por Australes 28.080, por los autos que se ejecuta. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de $ 85.827,85 monto origen en el capital más intereses reclamados. Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% ($ 64.370,89), y de persistir la falta de interesados a continuación con la última base del 30% de la base inicial ($ 25.748,35). En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante, 3% en efectivo o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posean los inmuebles. Para el caso que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por el cheque certificado o cancelatorio, efectivo (solo si no supera la cantidad de $ 30.000) y/o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal Villa Constitución a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010 y circular N° 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Con relación al saldo de precio, deberá ser consignado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito judicial en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Villa Constitución, para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que percibe el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la fecha de la subasta, y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Asimismo que la compra podrá efectuarse “en comisión” indicando nombre, apellido, domicilio, y DNI del comitente. Se deja constancia que respecto al saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber asimismo que el titulo del inmueble se encuentra agregado a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia del mismo en el acto de remate o con posterioridad. Impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el inmueble adeudos a la fecha del remate (nacionales, provinciales y/o comunales), e IVA si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los honorarios, gastos y tributos de cualquier índole que graven la transferencia dominial del bien subastado será a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularizaciones de planos y/o medianerías en su caso. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67del C.P.C.C., reformado por la Ley Provincial N° 11.287, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Asimismo hágase saber que los comparecientes a la subasta judicial deberán acudir munidos de su Documento Nacional de Identidad. Hágase saber a los ocupantes del inmueble que los dos días hábiles anteriores a la fecha de la subasta en el horario de 10 a 12 hs., deberá permitir al martillero actuante mostrar el inmueble a los interesados. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. - Villa Constitución, Octubre de 2016 - Melisa Peretti, Secretaria.
$ 1045 306277 Oct. 28 Nov. 1
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