REGISTRADA BAJO EL Nº 13194
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio suscripto en fecha 05 de octubre de 2009 entre la Provincia de Santa Fe, representada por el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado y la Secretaría de Deporte del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, por el cual la Provincia se adhiere al Programa Social y Deportivo “Juegos Nacionales Evita” 2009, comprometiéndose a su desarrollo y organización dentro de su jurisdicción, en las etapas que la componen: local, regional y provincial y a participar con su representación en la etapa denominada “Final Nacional”.
El mencionado Convenio fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 2170 de fecha 06 de noviembre de 2009 e inscripto en fecha 7 de octubre de 2009, con el Nº 3745, al Folio 174, Tomo VII, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto Nº 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa y como anexo forma parte de esta Ley.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional, 24 10 2011
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado.
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: ditecleg@arnetbiz.com.ar
7284
__________________________________________