DECRETO Nº 1701
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
17 SEP 2009
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0074331-0 del Sistema de Información de Expedientes, por el cual la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna del Ministerio de la Producción, gestiona la fijación de una tasa de bonificación sobre los costos netos de forestación año 2009; y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se origina en la puesta en vigencia del Programa de Incentivos a la Forestación en predios privados a través del Régimen de Plazo Fijo Forestal, Ley Nº 11111;
Que el artículo 3 de la mencionada ley establece que el mismo se materializará por medio de una tasa de bonificación equivalente a la Tasa Prime vigente al mes de diciembre anterior al año de plantación, aplicada sobre los costos netos de forestación efectuados en terrenos con aptitud forestal y que las mismas serán anualmente fijadas por el Poder Ejecutivo;
Que la Tasa Prime vigente al mes de diciembre del año 2008 ha sido de 3,25%;
Que la gestión cuenta con dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio actuante;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º - Fíjase para el Año Forestal 2009, una tasa de bonificación del 3,25% sobre los costos netos de forestación que oportunamente fijarán por resolución conjunta los Ministerios de la Producción y de Economía.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Ing. Juan José Bertero
3676
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