REGISTRADA BAJO EL Nº 12602
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco de Cooperación de fecha 21 de octubre de 2004, suscripto
entre la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones y
Otros comportamientos de Alto Riesgo, dependiente de la Secretaría de Estado de
Promoción Comunitaria, la Secretaría de Programación para la Prevención de la
Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación,
la Universidad Nacional de Rosario, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de
Santa Fe y la Asociación de Voluntarios para el cambio del Drogadependiente,
aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N°
2313 de fecha 3 de octubre de 2005 e inscripto con fecha 6 de abril de 2005,
bajo el N° 2413 al folio 108, Tomo V en el Registro
de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica
Legislativa, cuya copia en dos (2) fojas se adjunta.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 21 09 2006
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
____________