picture_as_pdf 2006-09-28

REGISTRADA BAJO EL Nº 12602

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación de fecha 21 de octubre de 2004, suscripto entre la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones y Otros comportamientos de Alto Riesgo, dependiente de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación, la Universidad Nacional de Rosario, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe y la Asociación de Voluntarios para el cambio del Drogadependiente, aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto 2313 de fecha 3 de octubre de 2005 e inscripto con fecha 6 de abril de 2005, bajo el 2413 al folio 108, Tomo V en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia en dos (2) fojas se adjunta.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 21 09 2006

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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