REGISTRADA BAJO EL Nº 12599
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco y el Acta Complementaria N° 1
suscriptos el 19 de Diciembre de 2002, entre el Ministerio de Educación de la
Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Contador Daniel
Germano y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación,
representado por el entonces Secretario de Educación, Dr. Ricardo Roberto Biazzi; e inscripto bajo los N°
1712 y 1788 con fecha 7 de Abril y 8 de Agosto de 2003, a los Folios 58 y 96,
respectivamente, del Tomo IV; en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos
Interjurisdiccionales, Decreto N°
1767/84, de la Dirección de Técnica Legislativa, aprobados por Decreto del
Poder Ejecutivo Provincial N° 2953/04, cuyas copias en
seis (6) fojas forman parte del presente decisorio.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 21 09 2006
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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