picture_as_pdf 2004-09-28

 

DECRETO 1750

 

Santa Fe, 17 de Setiembre de 2004.

VISTO:

El Expediente 15120-0024273-9, del registro del Sistema de Información de Expedientes, la Ley 11.373; la Ley 11.696; la Ley 11.965, el Decreto 1.413/96, el Decreto 1.928/99, el Decreto 3.725/99 y las Resoluciones de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en los autos caratulados: GALIANO, Angélica Máxima, c/Provincia de Santa Fe (Expte 508/01); MORERO DE RODRIGUEZ, Nelly Raquel Catalina, c/Provincia de Santa Fe (Expte. 49/95); ROSSI, Carlos Alberto c/Provincia de Santa Fe (Expte. 763/95); SANTAMARIA DE YAGGI, Baciliza c/Provincia de Santa Fe (Expte. 77/94); STRIFEZZA, Salvador, c/Provincia de Santa Fe (Expte. 679/95); GRIVARELLO DE ENCINA, Haydee Concepción, c/Provincia de Santa Fe (Expte. 676/95); BRUNIS, Eugenio Ismael, c/Provincia de Santa Fe (Expte 517/95); BEGUE, Gastón Raimundo, c/Provincia de Santa Fe (Expte. N’ 107/01), GARELLO, Hilario Pedro, c/Provincia de Santa Fe (Expte. 80/01); VILLARREAL, Filomeno Manuel, c/Provincia de Santa Fe (Expte 410/01); y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 11.696 prorrogada por Ley 11.965, complementa las disposiciones de la Ley 11.373 fijando el monto máximo de BONOS PREVISIONALES DE SANTA FE autorizados a emitir; afectando en garantía los fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y autorizando la realización de las modificaciones presupuestarias pertinentes;

Que el Decreto 1928/99 autorizó en su artículo primero la emisión de la cantidad de Bonos Previsionales dispuestos por la Ley 11.373 y con las características y procedimientos fijados por el artículo 24° del Decreto 1.413/96 y el Decreto 3.725/99, necesarios para cumplir con las Resoluciones judiciales citadas en el Visto del presente;

Que el Decreto mencionado en primer término en el párrafo anterior, dispuso que la entrega de los Bonos a sus beneficiarios no se efectuará sin previo dictado del decreto particular que la autorice, por una cantidad determinada necesaria para cumplir cada una de las concretas decisiones judiciales;

Que las sentencias que constan en el visto ordena que se entregue la cantidad de títulos públicos necesaria para satisfacer el saldo total de las acreencias reclamadas en autos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 11.696, mediante la emisión de Bonos Previsionales de la 3ra. Serie conforme a las disposiciones del artículo 21° de la Ley 12.014;

Que según formulario F. B-3 confeccionado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, se procedió de acuerdo a las liquidaciones aprobadas por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe;

Que corresponde por lo tanto dictar la norma particular que autorice la entrega de los Bonos Previsionales de acuerdo a los beneficiarios y montos determinados;

Que el Presupuesto vigente Ley 12.261 promulgada por el Decreto 0773 del 18 de mayo de 2004, contempla las partidas a las que corresponde imputar la erogación reconocida por el presente decreto;

Que han tomado intervención , la Dirección General de Finanzas, la Contaduría General de la Provincia, la Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y la Fiscalía de Estado;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°.- Encuádrese en las disposiciones del artículo 2° de la Ley 11373 la deuda emergente de los casos: GALIANO, Angélica Máxima, MORERO DE RODRIGUEZ, Nelly Raquel Catalina; ROSSI, Carlos Alberto; SANTAMARIA DE YAGGI, Baciliza: BRUNIS, Eugenio Ismael; BEGUE, Gastón Raimundo; GARELLO, Hilario Pedro; VILLARREAL, Filomeno Manuel; y en las disposiciones del artículo 4° de la misma Ley la deuda emergente de los casos: STRIFEZZA, Salvador y GRIVARELLO DE ENCINA, Haydee Concepción, ajustándose su cancelación a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 11.696 y artículo 21° de la Ley 12.014.

Artículo 2.- Hágase entrega de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1.928/99, de la cantidad de Bonos Previsionales necesarios para cumplir con las Resoluciones de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en los autos citados en el Visto, de acuerdo a los montos y beneficiarios que se determinan en el Anexo “A” que forma parte integrante del presente.

Artículo 3.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas informará, al momento de efectivizar la entrega de los Bonos Previsionales de la Provincia de Santa Fe que se autoriza por el presente, los datos de nominatividad exigidos por la CAJA DE VALORES S.A.

Artículo 4.- Autorízase a la Contaduría General de la Provincia a liquidar e imputar las sumas correspondientes, a las respectivas partidas del presupuesto vigente.

Artículo 5.- Regístrese, Comuníquese, Notifíquese, Publíquese y Archívese.

OBEID

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

 

ANEXO “A”

 

Cantidad de BONOS PREVISIONALES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE de Valor Nominal $ 1 (UN PESO) ex cupón 006 a entregar a cada beneficiario:

 

Apellido y Nombre

 

DOCUMENTO

Deuda Reconocida

Cantidad de Bonos

 

TIPO

NUMERO

C.U.l.T.

al 21/01/1996

a Acreditar ($ 1 V.N.)

 

 

 

 

 

 

1 GALIANO, ANGELICA MAXIMA

L.C.

3,076,668

 

0.00

0

2 MORERO DE RODRIGUEZ,

 

 

 

 

 

NELLY RAQUEL CATALINA

L.C.

6,455,668

 

0.00

0

3 ROSSI, CARLOS ALBERTO

L.E.

5.987.646

 

0.00

0

4 SANTAMARIA DE YAGGI, BACILIZA

L.C.

7.576.708

 

2.157.60

2.580

5 STRIFEZZA, SALVADOR

L.E.

6.110.733

 

0.00

0

6 GRIVARELLO DE ENCINA,

 

 

 

 

 

HAYDEE CONCEPCION

L.C.

2.828.814

 

0.00

0

7 BRUNIS, EUGENIO ISMAEL

D.N.I.

6.400.278

 

2.313.99

2.767

8 BEGUE, GASTON RAIMUNDO

L.E.

5.970.674

 

3,146.98

3.764

9 GARELLO, HILARIO PEDRO

D.N.I.

6.005.123

 

1.674.29

2.002

10 VILLARREAL, FILOMENO MANUEL

L.E.

2.435.324

 

2,243.15

2,683

DE FEO, ARMANDO MIGUEL; DE FEO, ARMANDO

 

 

 

 

 

11 FRANCISCO J. Y DE FEO GUSTAVO -

 

 

 

 

 

 Sociedad de Hecho -

 

 

30-67838899-4

465.05

556

12 TABORDA, MAURICIO SALVADOR

D.N.I.

13,333,161

-

1,307.84

1,483

13 GOMEZ, ENRIQUE MARIO

D.N.I.

11,511,113

20-11511113-3

352.56

474

14 COPPOLETTA, ROBERTO FELIPE

L.E.

6,243,522

20-06243522-5

963.29

1.153

15 HERCOWITZ, SUSANA

D.N.I.

5.701.664

27-05701664-2

192.70

230

16 TROD, SUSANA LIA

D.N.I.

21.412.574

27-21412574-4

198.88

268

17 Obra Social Bancaria Argentina

 

-

30-69156146-8

206.61

247

18 Instituto Autárquico Provincial de

 

 

 

 

 

Obra Social (IAPOS)

 

 

30-99917935-

1 427.79

512

19 Caja de Jubilaciones y Pensiones de

 

 

 

 

 

la Pcia. de Santa Fe

 

 

30-99900285-0

448.81

538

TOTAL GENERAL                                                                16,099.54              19,257

 

CAPITALIZACION INICIAL INTERESES SEGUN DECRETO 1086 DEL 05.06.2002                                           1,421.33

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