CAJA
DE ASISTENCIA SOCIAL
RESOLUCION
DE DIRECCION GENERAL Nº 212
Ref.: APROBANDO
LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL”QUINI-6” PARA EL MES DE AGOSTO DE
2003.-
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº 00302-0047478-1 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la GERENCIA DE
QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de AGOSTO
de 2003.
Que dicha Programación se ajusta a
pautas de comercialización oportunamente establecidas.
Que la misma prevé la realización de
los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL” “REVANCHA” y “SIEMPRE
SALE” Nros. 1026, 1027, 1029, 1030, 1031, 1032, 1033
y 1034 a sortearse los días 03, 06, 13, 17, 20, 24, 27 y 31 de AGOSTO de 2003,
a las 21,30 horas.
Que el día 10/08/2003 se realizará el
XXV CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A.
(ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA).
Que asimismo resulta necesario aprobar
la participación de ésta Caja de Asistencia Social en el XXV CONCURSO FEDERAL
DE QUINI-6 DE A.L.E.A., a sortearse el día
10/08/2003, el que se rige por su propio Reglamento específico al que
corresponde su adhesión.
Que resulta procedente aceptar la
designación de ésta Caja de Asistencia Social como Ente Organizador de dicho
Concurso Federal, al que se le asigna el número 1028 a los fines de un mejor
ordenamiento administrativo.
Que el precio de venta al público de
cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de
AGOSTO de 2003, inclusive el de A.L.E.A., se ha
establecido en PESOS DOS ($ 2,00), mientras que los adicionales optativos para
participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI6
SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.
Que se estima importante establecer la
condición que el Primer Premio de las modalidades Quini-6
Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha, otorgarán como mínimo un premio de Pesos
Un millón ($ 1.000.000) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos,
caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los
porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio
Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma
necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de
Reserva para Premios Especiales.
Que se considera conveniente seguir
otorgando en todos los concursos del mes de AGOSTO de 2003 un PREMIO EXTRA cuyo
importe ascienda a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) de acuerdo
a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.
Que en lo que respecta a la modalidad
“BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros.
177, 178, 179, 180 y 181 cuyos sorteos se realizaran los días domingo 03, 10,
17, 24 y 31 de AGOSTO de 2003 a las 21,00 horas, estableciéndose el precio de
venta al público en PESOS UNO ($ 1,00) cada apuesta.
Que además en esta modalidad denominada
BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de AGOSTO de 2003, DIEZ
(10) PREMIOS ADICIONALES que serán asignados mediante un sorteo electrónico a
realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos
aquellos tickets del respectivo concurso.
Que cada premio adicional será de PESOS
SEIS MIL ($ 6.000) cada uno, los que serán abonados a los ganadores en doce
(12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500) cada una,
libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros.
20.630, 23.351 y 24.800.
Que los fondos necesarios para el pago
de los cincuenta (50) premios mencionados anteriormente, más los importes que
correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de
Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Por ello y atento a lo dispuesto por la
Ley Nº 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia
Ejecutiva Nº 134/2001 y su modificatoria Nº 045/2003 aprobatoria del Reglamento
del juego,
EL DIRECTOR
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Aprobar la Programación
de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y
“SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de AGOSTO de 2003, la que como ANEXO I
forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los
Concursos Nros. 1026, 1027, 1029, 1030, 1031, 1032,
1033 y 1034 a sortearse los días 03, 06, 13, 17, 20, 24, 27 y 31 de AGOSTO de
2003, a las 21,30 horas.
ARTICULO 2º - Aprobar la participación
de ésta Caja de Asistencia Social en la comercializacíón
del XXV CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A.
(ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA), y
asignarle al mismo, para un mejor ordenamiento administrativo el número 1028,
cediendo en forma expresa dicha numeración para el mencionado sorteo, el que se
realizará el día 10/08/2003.
ARTICULO 3º - Establecer el precio de
venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba
en los artículos anteriores en PESOS DOS ($ 2,00), para participar del “QUINI-6
TRADICIONAL”, mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta
en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($
1,00) para cada uno.
ARTICULO 4º - Otorgar un PREMIO EXTRA
DE PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) en cada uno de los concursos de
QUINI-6 aprobados en los artículos 1° y 2° de la presente, de acuerdo a lo
previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.
ARTICULO 5º - Asegurar en todos los
concursos del mes de Agosto de 2003, como mínimo un premio de PESOS UN MILLON
($ 1.000.000) para el Primer Premio de las modalidades Quini-6
Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha, solo en caso de registrarse ganador o
ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá
la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de
apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto
al aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 6º - Aprobar la Programación
de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte
integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 177, 178, 179, 180 y 181 a sortearse los días 03, 10,
17, 24 y 31 de AGOSTO de 2003 a las 21,00 horas.
ARTICULO 7º - Establecer el precio de
venta al público de cada apuesta de “BRINCO” en PESOS UNO ($ 1,00).
ARTICULO 8º - Otorgar en cada Concurso
de BRINCO del mes de AGOSTO de 2003, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES que serán
asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo
habitual y en el que participarán todos los tickets
de apuestas del respectivo sorteo.
ARTICULO 9º - Cada uno de los premios
adicionales dispuestos en el artículo anterior será de PESOS SEIS MIL ($ 6.000)
los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y
consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500) cada una, libre de los gravámenes
establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y
24.800.
ARTICULO 9º - La suma necesaria para
alcanzar el mínimo para premios establecido en el artículo 5°, como los
importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 8º
y 9º, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
ARTICULO 10º - Regístrese, comuníquese
y archívese.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General Caja de
Asistencia Social
ANEXO
I
PROGRAMACION DE
LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”
MES: AGOSTO DE
2003
CONCURSO |
FECHA |
HORA DE |
FECHA DE |
ENTREGA |
PRECIO |
DE APUESTAS |
|
NUMERO |
DE |
SORTEO |
PRESCRIP. |
DE |
TRADIC. |
CON |
CON S. |
|
SORTEO |
|
|
ACIERTOS |
|
REVANCHA |
SALE |
|
|
|
|
|
|
|
|
1026 |
03/08/03 |
21,30 |
18/08/03 |
25/08/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1027 |
06/08/03 |
21,30 |
21/08/03 |
25/08/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
(#) 1028 |
10/08/03 |
21,30 |
25/08/03 |
01/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1029 |
13/08/03 |
21,30 |
28/08/03 |
01/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1030 |
17/08/03 |
21,30 |
01/09/03 |
08/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1031 |
20/08/03 |
21,30 |
04/09/03 |
08/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1032 |
24/08/03 |
21,30 |
08/09/03 |
15/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1033 |
27/08/03 |
21,30 |
11/09/03 |
15/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
1034 |
31/08/03 |
21,30 |
15/09/03 |
22/09/03 |
$ 2,00 |
$ 3,00 |
$ 4,00 |
PREMIO EXTRA: En todos los concursos
cuyos sorteos se realizarán durante el mes de AGOSTO de 2003, se ha establecido
otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000).
# MUY IMPORTANTE: El día 10/08/03 se
realizara el sorteo del XXV CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A.
(ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA), al que
para un mejor ordenamiento administrativo se le asigna el número 1028.
HORARIOS DE RECEPCION DE APUESTAS:
SORTEO DIA MIERCOLES:
* SISTEMA OFF LINE: MIERCOLES 13,15
horas.
* SISTEMA ON LINE: MIERCOLES 18,00
horas.
SORTEO DIA DOMINGO:
• SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas.
• SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.
ANEXO
II
PROGRAMACION DE
CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”
MES: AGOSTO de
2003
CONCURSO |
FECHA DE |
HORA DE |
FECHA DE |
ENTREGA |
PRECIO DE APUESTA |
NUMERO |
SORTEO |
SORTEO |
PRESCRIP. ACIERTOS |
|
|
|
|
|
|
|
|
177 |
03/08/03 |
21,00 |
18/08/03 |
25/08/03 |
$ 1,00 |
178 |
10/08/03 |
21,00 |
25/08/03 |
01/09/03 |
$ 1,00 |
179 |
17/08/03 |
21,00 |
01/09/03 |
08/09/03 |
$ 1,00 |
180 |
24/08/03 |
21,00 |
08/09/03 |
15/09/03 |
$ 1,00 |
181 |
31/08/03 |
21,00 |
15/09/03 |
22/09/03 |
$ 1,00 |
MUY IMPORTANTE: En cada concurso del
mes de AGOSTO de 2003, mediante un sorteo electrónico en el que participarán
todos los tickets intervinientes
en el concurso que se trate, se otorgarán DIEZ (10) premios adicionales de
PESOS SEIS MIL ($ 6.000) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce
(12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500) cada una.
HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE
APUESTAS:
• SISTEMA OFF LINE: SABADO 19,15 horas.
• SISTEMA ON LINE: SABADO 19,30 horas.
Santa Fe, 21 de Julio de 2003.