VENADO TUERTO
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
NESTOR PABLO SEBALE
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, Secretaría del autorizante, Dr. Alejandro Walter Bournot, en autos: S y L EQUIPAMIENTOS S.A. c/CARIS LUCAS GASTON s/Dem. Ejecución Prendaria, Expte. Nº 506 año 2017, se ha dispuesto que el martillero Néstor Pablo Sebale proceda a vender en publica subaste el día 6 de Julio de 2018 en calle 12 de Octubre 24 de la ciudad de Venado Tuerto a partir de las 9.30 hs. y/o el día hábil posterior de ser este feriado y/o inhábil, el siguiente bien: Peugeot Sedan 5 ptas. – 207 GTI 156 CV – Motor Nº 10FJBF0873293 – Nº Chasis: VF3WC5FR8AW086720 marca Peugeot – Dominio: JON 950. Del informe del Registro surge a nombre del ejecutado. 1) Registra prenda y embargo que se ejecuta de fecha 23/05/2017. 2) Embargo Mut e/Asoc. de Coop. Mutual Patronal de fecha 16/08/2017 – Base: $ 270.463,88 Retasa de ley. Todo según escrito de fs. 91. El comprador abonará el importe de compra en dinero en efectivo y/o cheque certificado. Los impuestos adeudados, patentes, multas y transferencia son a cargo del comprador. Edicto a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero del Juzgado. Se hace saber a los interesados que de comprar en comisión deberán indicar los datos del comitente. Para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el precio de $ 30.000,- el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio, o en su defecto, se podrá depositar en el día de la subasta hasta dicho monto en el nuevo Banco de Santa Fe S.A. a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la Rep. Argentina, según comunicación A 5147 de fecha 23/11/10, dejando constancia que respecto del saldo de precio también deberá asimismo cumplirse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 del BCRA, por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se ha saber de manera expresa que la infracción de normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP, todo lo que se hace saber a sus efectos. Este edicto se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, de 2018. Dr. Walter Bournot, Secretario.
$ 444 360640 Jun. 28 Jul. 2
__________________________________________