RESOLUCION N°
0684
SANTA FE, 15 de Junio de 2006
Visto el Expediente N°
00201-0112360-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes en cuyas
actuaciones se gestiona la provisión de maquinarias con destino a la Dirección
General del Servicio Penitenciario de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1
la Dirección General del Servicio Penitenciario destaca la necesidad de contar
con el equipamiento solicitado para equipar las distintas unidades dependientes
de esa Dirección General, denotando que la gestión debe encuadrarse dentro de
lo normado por el Decreto N° 1978/04 “Emergencia
Carcelaria” prorrogado por el Decreto N° 2274/05,
Que a fs. 2/3
se observa la planilla Anexa 1 al Decreto N° 4504/92
debidamente cumplimentada por los Funcionarios competentes, glosándose a fs. 4/6 los Anexos “A”, I y II detallando cantidades,
características y costos estimativos de los elementos a adquirir,
Que a fs. 11
se imputa preventivamente el gasto en la contabilidad presupuestaria, dando
satisfacción a lo impuesto por el Decreto N° 155/03 y
Resolución N° 004/04 del Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la Dirección Provincial de
Contrataciones y Suministros instrumenta el llamado a la Gestión Directa N° 03/06 con fecha de apertura el 26 de Abril de 2006,
agregándose a fs. 17/23 las Cláusulas Particulares y
Generales del Pliego de Bases y Condiciones y a fs.
24 la Disposición N° 093/06 de la Directora
Provincial de Contrataciones y Suministros aprobatoria de dicho pliego;
observándose a fs. 25 vta. la intervención del Tribunal de Cuentas de la Provincia en
orden a lo establecido por el Art. 255 inc.a) del
Decreto -Ley 1757/56 y Modificatorios -Ley de Contabilidad, conforme lo
solicitado mediante Informe N° 0544/06 de esa
Dirección obrante a fs. 25 ,
Que a fs. 26
el Registro de Proveedores cursa invitación a Diecisiete (17) Empresas de las
localidades de Santa Fe, Rosario, y Venado Tuerto, constando a fs. a 28/29 las certificaciones
con aviso de retorno remitidas por el correo Argentino, y a fs.
30/32 las participaciones enviadas vía e-mail,
Que a la convocatoria responden los
siguientes oferentes a saber: 1-MARIUTTI HNOS S.H.,
2-ANTONIO MARINARO, 3-SEBASTIAN MONTALBETTI, 4- ZUQUELI HNOS S.R.L., 5-DI SIENA OSCAR Y MIGUEL S.H.,
6- LORENZO TEJEDA S.C.A., 7- CORPORACION COMERCIAL S.R.L. 8- BODRONE HOGAR S.H.,
9-CROMA -S.R.L., 10-MELENZANE S.A., adjuntándose a fs. 33/259 los respectivos presupuestos y a fs. 260 el Acta de Apertura firmada sin observaciones por
los presentes;
Que a fs. 261
el Registro de Proveedores de la Provincia informa que
con excepción del oferente LORENZO TEJEDA S.C.A. ,
las demás firmas están debidamente inscriptas en ese Registro, y ninguna de
ellas contraviene lo dispuesto en el Art. 28 inc, j,
k) y l) del Decreto 2809/79, conforme surge de los antecedentes de
responsabilidad Patrimonial y Financiera, que se agregan a fs.
262/294,
Que a fs.
295/304 de autos obran los formularlos de verificación de requisitos formales
de las ofertas que denotan el grado de cumplimiento de cada oferente;
Que a fs.
305/311 mediante Notas Nros C074 a C080 la División
Adjudicaciones de la Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros
requiere a las Empresas MARIUTTI HNOS S.H., ANTONIO
MARINARO, SEBASTIAN MONTALBETTI, ZUQUELI HNOS S.R.L.,
LORENZO TEJEDA S.C.A., BODRONE HOGAR S.H., y CROMA S.R.L. el
cumplimiento de la omisión de documentación relacionadas a los siguientes
Puntos del Pliego de Bases y Condiciones: A) Informar quien realizará el
Servicio Técnico durante el período de garantía de los productos cotizados,
indicando nombre y apellido o razón social según corresponda, dirección y
teléfono, Punto 3) Acompañar folletos ilustrativos que avalen las
especificaciones técnicas de los bienes ofertados y el Punto 5.E.4) Declaración
jurada que para cualquier cuestión que se suscite, se acepta la competencia y
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Santa Fe; de no subsanarse las
referidas formalidades en el término de dos días hábiles de su notificación
será desestimada la propuesta con pérdida de garantía de mantenimiento de
oferta y/o aplicación de la correspondiente sanción -(Art. 31 del Decreto
2809/79, habiendo respondido satisfactoriamente todos excepto CROMA S.R.L.
Que a fs. 312
CORPORACION COMERCIAL S.R.L. presenta impugnación
contra la oferta N° 1 de DANTE MARIUTTI S.H. por condicionar el plazo de entrega establecido en el
pliego, a la oferta N° 2 de ANTONIO MARINARO y a la
oferta N° 6 de LORENZO TEJEDA S.C.A.
por no ajustarse el ancho de corte al requerido en los renglones 3 y 4 , a las
ofertas N° 4,5 y 8 correspondientes a ZUQUELI HNOS S.R.L., a DI SIENA OSCAR y MIGUEL S.H.
y a BODRONE HOGAR S.H. respectivamente en el renglón
4 por los motivos ut-supra
referidos y exigidos en el pliego;
Que a fs. 400
mediante Informe N° 696/06 la Dirección Provincial de
Contrataciones y Suministros remite las actuaciones al Servicio Penitenciario
para que proceda al análisis de las ofertas y a la emisión del informe técnico
fundado, sobre las especificaciones requeridas, la razonabilidad
de los precios cotizados, y el cumplimiento en cuanto a marca y garantía del
equipamiento, prestando especial atención a tablas de conversión de unidades
KW-CV y HP, debiendo tomarse en cuenta lo informado por la División de
Adjudicaciones a fs. 399 en lo atinente a las ofertas
que son desestimadas, total o parcialmente y las que no cumplen con lo
solicitado a pliego, luciendo a fs. 401 el informe de
la División Logística del Servicio Penitenciario Provincial cumpliendo con el
requerimiento peticionado previamente;
Que a fs. 403
se advierte la nómina de las Empresas que acudieron a la Gestión Directa N° 3/06;
Que previo análisis del Cuadro
Comparativo de Precios de fs. 404 la
Comisión de Adjudicaciones decide la preadjudicación a favor de las Empresas
ZUQUELI HNOS S.R.L. por el monto de $ 30.286,00 los
renglones 1 y 3 ; a MELENZANE S.A. el importe de $ 6.533,97 el renglón 4 y a
ANTONIO MARINARO la suma de $ 2.685,00 el renglón 5 A conformando un total de $
39.504,97 en un todo de acuerdo a los fundamentos del Informe de
Preadjudicación N° 041/06, puntualizando que a fs. 411/414 se adjuntó Nota de DI SIENA OSCAR y MIGUEL S.H. por la cual comunican el desestimiento
del mantenimiento de su oferta produciéndose por ese motivo una diferencia que
se observa en el total preadjudicado que expresa la citada Comisión a fs. 405,-
Que se deja sin efecto el renglón N° 2 -Motoguadaña- y se desestima
a la Empresa DI SIENA OSCAR y MIGUEL S.H. por la suma
de $ 1.647,00 atento a los argumentos antes mencionados;
Que los fundamentos de preadjudicación
vertidos a fs. 405/407 son: por menor costo que se
ajusta los renglones 1 y 5 A cumpliendo las preadjudicatarias
lo solicitado en el llamado, considerando los costos razonables y de plaza y
por menor costo los renglones 2 y 3 por las mismas razones según el informe
técnico de la Dirección General del Servicio Penitenciario a fs. 401/402; por única oferta que se ajusta el renglón N° 4;
Que dan cumplimiento con la
documentación según lo estipulado en el Art. 31° del Decreto 2809/79 los
oferentes MARIUTTI HNOS S.H., ANTONIO MARINARO,
SEBASTIAN MONTALBETTI, ZUQUELI HNOS S.R.L. Y BODRONE
HOGAR S.H.;
Que se desestima a LORENZO TEJEDA S.C.A. por presentar fuera de término lo pedido por Nota
C078 de fs. 309, se notificó el día 03/05/06 según
aviso del correo a fs. 321 y presentó la
documentación el día 09/05/06;
Que también se desestiman los renglones
N° 4 de CROMA S.R.L. por no
cumplir lo exigido en Nota C080 de fs. 311 -folletos
que avalen las especificaciones técnicas- y a MARIUTTI HNOS S.H.
los renglones N° 1,2, 4 y 5 por condicionar la
entrega de los productos;
Que las Empresas que no cumplen los
requisitos establecidos en el pliego son: MARIUTTI HNOS S.H.
en los renglones Nros 4-5, ANTONIO MARINARO en los
renglones Nros 1-4-5, SEBASTIAN MONTALBETTI y ZUQUELI
HNOS S.R.L. en el renglón N°
4, DI SIENA OSCAR Y MIGUEL S.H. en los renglones Nros 1-4-5, CORPORACION COMERCIAL S.R.L.
y BODRONE HOGAR S.H. en los renglones 1-4 y CROMA S.R.L. el renglón N° 1 y el
renglón N° 1 alternativa;
Que en lo que respecta a la impugnación
de CORPORACION COMERCIAL S.R.L. contra MARIUTTI HNOS S.H. se hace lugar para los renglones 1-2-4- y 5, ANTONIO
MARINARO en el renglón 3 no se hace lugar porque no lo cotiza, haciéndole lugar
al renglón 4; también para ZUQUELI HNOS S.R.L., DI
SIENA OSCAR Y MIGUEL S.H. y BODRONE HOGAR S.H. se hace lugar en el renglón N°
4, finalmente en cuanto a LORENZO TEJEDA S.C.A. no se
hace lugar porque es desestimada por la Comisión según lo expresado
anteriormente;
Que a fs.
408/408 vta. la Dirección de
Asuntos Legales de la Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros interviene
sin presentar objeciones a lo actuado;
Que a fs.
409/410 esa Dirección Provincial emite Informe D. N°
0819/06 sin reparos al trámite de referencia;
Que la presente gestión se encuadra en
los requisitos exigidos en materia de compras por la Ley de Contabilidad
-Decreto Ley 1757/56 y modificatorios -Dto. N°
2809/79, pliego de bases y condiciones, cláusulas generales y particulares del
llamado y Ley 12.105,
Por ello y de acuerdo a lo dispuesto en
los Decretos 4504/92 y 3226/05;
EL MINISTRO DE GOBIERNO,
JUSTICIA Y CULTO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la
Impugnación efectuada por la firma CORPORACION COMERCIAL S.R.L.
contra MARIUTTI HNOS S.H. -(Renglones 1,2,4 y 5)-,
ANTONIO MARINARO, ZUQUELI HNOS S.R.L., DI SIENA OSCAR
Y MIGUEL S.H. y BODRONE HOGAR S.H.
-(todos en el renglón 4)-, en virtud de lo expresado en los considerandos
del presente decisorio.
ARTICULO 2°.- No hacer lugar a la
impugnación efectuada por la firma CORPORACION COMERCIAL S.R.L.
contra ANTONIO MARINARO en el renglón N° 3 porque no
cotiza y contra la oferta de LORENZO TEJEDA S.C.A.
porque es desestimada por la Comisión de Preadjudicaciones.
ARTICULO 3°.- Desestimar a DI SIENA OSCAR
Y MIGUEL S.H. por desistir en el mantenimiento de su
oferta, a LORENZO TEJEDA S.C.A. por presentar fuera
de término la documentación requerida; a CROMA S.R.L.
en el renglón 4 y a MARIUTTI HNOS S.H. en los
renglones 1,2,4 y 5 conforme lo expresado en los considerandos de este decisorio.
ARTICULO 4°.-Exceptuar la presente
gestión de lo establecido en el Decreto N° 580/89 y
adjudicar de conformidad a la Gestión Directa N° 3 de
la Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros a favor de ZUQUELI HNOS
S.R.L. los renglones 1 y 3, de MELENZANE S.A. el
renglón 4 y de ANTONIO MARINARO el renglón 5 A conformando un monto total de $
39.504,97 (PESOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUATRO CON NOVENTA Y SIETE
CENTAVOS), por la adquisición de Maquinarias con destino a la Dirección General
del Servicio Penitenciario de la Provincia, conforme los presupuestos de fs. 54/70, 81/96, 227/259 y al detalle Anexo “A” que forma
parte integrante de la presente norma legal.
ARTICULO 5°.- Imputar el gasto al
Presupuesto General vigente a: Sector I-Subsector
I-Carácter I-Jurisdicción 20-Subjurisdicción
00-Programa 17 Subprograma 00-Proyecto 00-Actividad, 00-Obra 00 Fuente
Financiamiento 5008 Inciso 4-Partida Principal 3-Partida Parcial 0-Partida Subparcial 00-Ubicación Geográfica 82-63-0-Finalidad
2-Función 20.
ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese,
publíquese y pase a la Dirección General de Administración del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto y a la Dirección Provincial de Contrataciones y
Suministros para la emisión de las ordenes de
provisión.
Dr. ROBERTO A. ROSUA
Ministro de Gobierno
Justicia y Culto
Expte N° 00201-01.12360-6
Adquisición de Maquinarias con destino
al S. Penitenciarlo de la Pcia..
ANEXO “A”
Adjudicatario |
Reng. |
Concepto |
Cant. |
C.Unitario |
Parcial |
Total |
|
1 |
Minitractores c/cortadoras cesped marca Yard |
5 |
4.850,00 |
24.250,00 |
|
|
|
Machines, motor B&S
de 12,5HP.a explosión de |
|
|
|
|
|
|
cuatro tiempos. Ancho de corte 96 cm. Y |
|
|
|
|
ZUQUELI |
|
altura regulable.Arranque
eléctrico.Caja de 6 |
|
|
|
|
HNOS S.R.L |
|
velocidades p/adelante y 1 p/atrás. |
|
|
|
|
|
3 |
Desmalezadoras nuevas,
marca AGROAR, |
2 |
3.018,00 |
6.036,00 |
|
|
|
modelo D.M.
1.500, de 1,5 m de ancho de cor- |
|
|
|
|
|
|
te p/levante de tres puntos. Accionamiento por |
|
|
|
|
|
|
toma de fuerza. |
|
|
|
30.286,00 |
|
|
|
|
|
|
|
MELENZANE S.A. |
4 |
Cortacespedes Motor 4 T- 195 cc 6,5HP tecum- |
3 |
|
2.177,99 |
6.533,97 |
|
|
seh toro equipo Recycler y bolsa trasera ancho |
|
|
|
|
|
|
56cm/22 pulg.-Altura 32a 108mm 9
posiciones |
|
|
|
|
|
|
tracción delantera marca TORO modelo
R225 |
|
|
|
|
|
|
2003 Autopropulsora. |
|
|
|
|
FERRETERIA Y |
|
|
|
|
|
|
PINTURERIA |
5A |
Motosierra Mot.Expl.55cc-51
cm largo espada |
3 |
895,00 |
|
2.685,00 |
LUJAN de |
|
AC 310220 3 HP-2 KW, marca Talon |
|
|
|
|
Antonio Marinaro |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total Preadjudicado |
|
: |
39.504,97 |
__________________________________________________________________________________________________