DECRETO N° 0842
SANTA FE, 17 de Mayo de 2002
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0043133-4 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, gestiona la fijación de una tasa de bonificación sobre los costos netos de forestación año 2002; y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se origina en la puesta en vigencia del Programa de Incentivos a la Forestación en predios privados a través del Régimen de Plazo Fijo Forestal, Ley Nº 11111;
Que el artículo 3 de la Ley Nº 11111 establece que el mismo se materializará por medio de una tasa de bonificación equivalente a la Tasa Prime vigente al mes de diciembre anterior al año de plantación, aplicada sobre los costos netos de forestación efectuados en terrenos con aptitud forestal y que las mismas serán anualmente fijadas por el Poder Ejecutivo;
Que la Tasa Prime vigente al mes de diciembre del año 2001 ha sido de 4,75%,
Que la gestión cuenta con la intervención de la Dirección General de Administración y dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio actuante;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Fíjase para el año Forestal 2002, una tasa de bonificación del 4,75% sobre los costos netos de forestación que oportunamente fijarán por resoluciones conjuntas los Ministerios de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
Ing Mec. Ricardo E. Fragueyro