DECRETO N° 0832
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"
20 ABR 2017
VISTO:
El Expediente N° 15302-0011151-8 (I.A.P.O.S.) del registro del Sistema de Información de Expedientes — SIE, referido a la Prórroga de la Vigencia del Orden de Mérito correspondiente al Proceso de Selección de Personal autorizado por Disposición General N° 120 y 122/2012 de la Dirección Provincial del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.); y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones se inician con Nota N° 0034/17 de la UPCN Seccional Santa Fe, por la cual solicita a la Dirección Provincial del I.A.P.O.S. se prorrogue la vigencia del Orden de Mérito para el ingreso de personal, en orden a la nutrida cantidad de postulantes que lo conforman y que los mismos participaron de un largo Proceso de Selección y se ajustan a los puestos que demandan cubrirse en la Obra Social, ante la inminente cantidad de trabajadores próximos a obtener el beneficio jubilatorio;
Que la Dirección Provincial del Instituto toma conocimiento y remite las actuaciones a intervención de la Dirección General de Administración;
Que dicha Dirección General informa que el Decreto N° 2764/15, que homologara el Acta N° 3/15 de la Comisión Paritaria Central — Ley 10.052, dispuso en su Artículo 5° la prórroga del Orden de Mérito vigente para el I.A.P.O.S. hasta el 06/02/2017, agregando copia del acto;
Que por tanto, sugiere propiciar la gestión de prórroga solicitada, conforme a las pautas establecidas por el Decreto N° 0291/09 y sus modificatorias;
Que la Dirección Provincial eleva las actuaciones a la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía para su intervención, la cual no formula observaciones y autoriza la emisión del acto que prorrogue la vigencia del orden de mérito hasta el 31/12/2017;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°): Prorrógase el plazo de vigencia del Orden de Mérito vigente en el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.), correspondiente al Proceso de Selección aprobado por Disposiciones Generales N° 120 y 122/2012 de la Dirección Provincial de dicho Instituto, hasta el 31 de diciembre de 2017, en virtud de los considerandos expuestos en el presente.-
ARTICULO 2°): Refréndese por los Señores Ministros de Salud y de Economía.-
ARTICULO 3°) : Regístrese, comuníquese y archívese.
LIFSCHITZ
Bioq. MIGUEL CIRO GONZALEZ
Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE
19401
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