picture_as_pdf 2015-04-28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JUAN JOSE M. ENRICO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación Rosario, Dr. Luciano Daniel Juárez, Secretaría autorizante hace saber en autos “BUTTICE, PAULINA s/ PROPIA QUIEBRA”, Expte. Nº 737/2010, se ha dispuesto que el Martillero Juan José M. Enrico, Mat. 771-E-10, CUIT 20-11118925-1, venda en pública subasta el día 13 de Mayo de 2015, a las 15,00 hs., o día hábil siguiente de resultar inhábil el fijado o si por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto, misma hora, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, sita Entre Ríos 238, Rosario, el siguiente inmueble: “a) Un lote de terreno, con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, designado como lote Veinticinco b” en el plano especial de sub-división inscripto bajo el número 64.134 año 1970, ubicado dentro de la manzana formada por las calles Pasaje Clave, Gaboto, J.M. de Rosas y Amenábar, ubicado su vértice Nord-Este a los 14,75 m. del Pasaje Clave hacia el Oeste; y a los 28,71 m. de la calle Amenábar hacia el Sud, compuesto de 8,35 m. en sus lados Norte y Sud, por 9,53 m. en sus lados Este y Oeste, formando una superficie total de 79,58 m2., y lindando: al Este en parte con el lote veinticinco a y en parte lote veinticinco c, al Sud con propiedad de César Vema y otros; al Oeste con propiedad de Juan Galimberti y señora; y al Norte con propiedad de Antonio Dal Mastro y señora, b) Las partes indivisas que tiene y le corresponde sobre el lote Veinticinco c”, pasillo en condominio, del plano antes mencionado, ubicado en el Pasaje Clave, a los 28,71 m. de la calle Amenábar hacia el Sud; mide 1,30 m. de frente al Este por 14,75 m. de fondo, formando una superficie total de 19,17 m2., lindando: al Este con el Pasaje Clave; al Sud con lote veinticinco a; al Oeste con parte del lote veinticinco b y al Norte con propiedad de Antonio Del Mastro y señora”.- Informa el Registro General Rosario: Dominio inscripto al T° 855, F° 236, N° 385406, Dpto. Rosario, RGR, a nombre de la fallida (DNI. 05.988.620). No Informa Hipotecas. No Informa Embargos. Informa Inhibiciones s/t/r: Al T° 125 I, F° 6985, N° 382546, fecha 08/10/2013, por $ 11.419,97, Nota anterior: T° 120 I, F° 10676, N° 401660, fecha 29/10/2008. Orden Autos: Costa, Silvia María c/ Zaragoza, Erida Cladis y Otros s/ Cobro de Pesos, Expte. N° 384/2008; Juzgado de Circuito 5ta. Nominación de Rosario (Santa Fe). Y al T° 20 IC, F° 553, N° 398812, fecha 26/11/2010, Sin Monto. Orden Autos y Juzgado del presente trámite.- El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la Base de $ 350.000.- y seguidamente, en caso de no haber postores, con una Retasa del 25% y en caso de persistir la falta de ofertas, el bien saldrá de la venta. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (3%) más IVA, en efectivo y/o cheque certificado. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hacer saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El comprador en remate podrá solicitar la inscripción del mismo en el Registro General de la Propiedad Inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a su favor. Los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto, no aceptándose la compra en comisión ni ofertas superadoras de la anterior que sean inferiores a $ 500.- Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), desde la fecha de quiebra, IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la protocolización de las actuaciones, que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Edictos, sin cargo en el Boletín Oficial, y además en el Diario ‘El Forense’ y en el Hall de Tribunales.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar.- Secretaría, 22 de Abril de 2015. Dr. Santiago M. Malé Franch, secretario.

S/C.- 259191 Ab. 28 May. 5

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

ALFREDO RODRIGUEZ MOUCHARD


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 3, en lo Civil, y Comercial, de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Andrea Chaparro, se hace saber que en autos caratulados: “COMUNA DE AMENABAR c/ Otra s/ Juicio de Apremio, Exp. Nº 205/2014”, se ha dispuesto que el Martillero Público Alfredo Rodríguez Mouchard, Mat. 736-R-51, Cuit: 20-06141327-9, proceda a vender en pública subasta el día 27 de Mayo de 2015, a las 10,00 hs. en el Juzgado Comunal de la localidad de Amenábar, si el día fijado fuera inhábil o feriado el mismo se realizará el primer día hábil posterior, igual, día, hora y condiciones, el siguiente inmueble: una fracción de terreno con todo lo en ella existente, ubicada en la localidad de Amenábar, Departamento General López, Pcia. de Santa Fe, que es parte de la manzana 11 del plano oficial Duplic. 100 GL se designa como LOTE “p” que mide 15 metros de frente al Nor-Este por 50 metros de fondo, tiene una superficie de 750 metros cuadrados, está ubicado a los 35 metros hacia el Nor-Oeste del ángulo Este y linda: al Nor-Este calle San Martín, al Nor-Oeste lote “o”; al Sud-Este fondo del lote “d” y al Sud-Este lote “q” y fondo del lote “I”. Nota de Dominio: Tomo 457 Folio 485 Nº 251083 Dpto. Gral López. Partida Imp. Inmobiliario Nº 17-31-00-385664/0006-0. El inmueble saldrá a la venta, con la base de $ 50.000.-, y en caso de no haber ofertas acto seguido se reducirá la base en un 20% o sea $ 40.000.- y de continuar la falta de ofertas se declarará desierto el remate y se ordenará realizarse una nueva subasta.- Quien resulte comprador abonará en el acto de remate el 30% del precio de venta baja de martillo, con más 3% de comisión al martillero, e impuesto valor agregado si correspondiere, y el 70% del importe del saldo del precio deberán abonarse dentro de los diez días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, todos los pagos deberán efectuarse en dinero efectivo o cheque certificado, cuando el monto del precio a abonar en el acto de la subasta no supere el valor de $ 30.000.-; pero, para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el valor de $ 30.000.- el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar en el día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010 dejándose constancia que respecto del saldo de precio también deberá asimismo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual, de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o martillero actuante a la Afip. El comprador toma a su cargo los gastos totales de escrituración, como así también los impuestos, tasas, aranceles, regularización de planos, servicios que adeuda la propiedad de acuerdo a los informes agregados en autos, y cualquier rubro de cualquier naturaleza que deba abonarse como consecuencia de esta venta, los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de la subasta. Hágase saber a los interesados en el acto de subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberán indicar los datos del comitente. El adquirente del bien subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura que publica que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente exclúyese en autos la opción prevista en el art. 505, 2do. Párrafo C.P.C.C.- Informes del Registro de Propiedades hace saber dominio a nombre de la demandada L.C Nº 4.098.083, si registra embargo ordenado en éstos autos y ante éste Juzgado, inscripto al Tomo 123 E Folio 3012 Nº 376319 Dpto. Gral López, de fecha 18/09/2014 por $ 104.876.03.-, no registra hipoteca, no registra inhibición. Oficio de constatación y acta agregada en autos a fs. 72, lote baldío. Informes y demás documentación agregada al expediente a disposición de interesados en Secretaría del Juzgado, no aceptándose reclamo alguno por falta o insuficiencia de los mismos, una vez efectuada la subasta Art. 494 CPCC. Revisar dos días previos al remate en horario 09 a 10 hs. Se publica en BOLETIN OFICIAL (sin cargo) y tablero del Juzgado. Lo que se hace saber a sus efectos. Informes y entrevistas con el martillero Cel. 03462-15673183. Todo lo que se hace saber a sus efectos. Expte. 205/14. Secretaría, Venado Tuerto, 21 de abril de 2015. Andrea G. Chaparro, secretaria.

S/C.- 259149 Ab. 28 Ab. 30

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