DECRETO Nº 0741
SANTA FE, 8 de abril de 2003
VISTO:
El Expediente Nº 00401-5014020-V del registro del Ministerio de Educación,
mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada, solicita la
aprobación definitiva del Plan de Estudios de la carrera de “Profesorado en
Matemática y Computación para el 3° Ciclo de la Educación General Básica y la
Educación Polimodal”, que se aplica en el Instituto
Superior Particular Incorporado Nº 9009 “San Juan Bautista De La Salle” de la
ciudad de Rosario, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo comenzó a aplicarse a partir del período lectivo 1997 en el
referido instituto y fue aprobado con carácter experimental por Disposición Nº
0012/97 del Servicio Provincial precitado, en orden al Articulo 9º inciso e) de
la Ley Nº 6427 y del Artículo 1º - Capítulo I - Título 1º - Punto 8º del
Decreto Nº 2880/69, cumplimentando los requisitos previstos en el Artículo 4º
del Decreto Nº 5799/91;
Que debe señalarse que se trata de una carrera de cuatro años de duración,
en cuyo transcurso al aprobar el segundo año se obtiene el título intermedio de
Técnico Superior en Gabinete de Computación y al finalizarla el de Profesor en
Matemática y Computación para el 3er. Ciclo de la Educación General Básica y la
Educación Polimodal;
Que si bien el Plan propuesto ha dejado de aplicarse a partir del ciclo
lectivo 2000 por adaptación de la oferta a la propuesta jurisdiccional Decreto
Nº 0696/01, resulta necesario a los fines de legitimar las competencias para el
ejercicio de la docencia otorgadas por la Comisión Provincial Permanente
-Decreto 5799/91, en su Dictamen Nº 089/02, disponer de conformidad a lo
solicitado;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
aportados por los organismos intervinientes, estima
procedente resolver al respecto en uso de las atribuciones conferidas por el
Artículo 72º inciso 5º de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Dase por aprobado el Plan de
Estudios de la Carrera de Profesorado en Matemática y Computación para el 3er.
Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Polimodal”,
que como Anexo en dieciocho (18) fojas forma parte del presente Decreto y por
autorizada su aplicación a partir del ciclo lectivo 1997, hasta la finalización
de estudios de los alumnos ingresados a la misma en el ciclo lectivo 2000
inclusive, en el Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9009 “San Juan
Bautista De La Salle” de la ciudad de Rosario, dependiente del Servicio
Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación.
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
C.P.N. Daniel Germano
NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados
en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
_________________________________________