picture_as_pdf 2007-03-28

REGISTRADA BAJO EL Nº 12.707

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio suscripto en fecha 31 de enero de 2007, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el Consejo Federal de Inversiones, sobre bonificación de la Provincia de la tasa nominal anual fijada por el Consejo Federal de Inversiones en la denominada "Línea de Créditos para la Reactivación Productiva" - Ley N° 12381 -, a empresarios de los sectores agropecuarios, industrial y de servicios afectados por los fenómenos meteorológicos ocurridos en los departamentos Rosario; Caseros; San Lorenzo; La Capital y Las Colonias en los meses de noviembre y diciembre de 2006. Dicho convenio que fuera inscripto en fecha 02 de febrero de 2007 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el N° 3020, Folio 112, Tomo VI, forma parte integrante de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 0422

SANTA FE, 21 MAR 2007

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.707 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

OBEID

Rubén Héctor Michlig

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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