DECRETO N° 600
Santa Fe, 20 de Marzo de 2006.
VISTO:
El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes n° 00201-0045449-9 y agregados nros. 00201-0068034-8, 00201-0088253-3, 00201-0088312-9, 00201-0088459-7, 00201-0088513-8, 00201-0088620-7 y 00201-0088661-0 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), relacionados con la modificación efectuada al artículo 7 inciso r) del Reglamento Orgánico de las Comisarías y Subcomisarías (R.O.C.S.), aprobado por Decreto n° 3119/72; y
CONSIDERANDO:
Que la gestión tiene su fundamento en la necesidad de establecer claramente el respaldo normativo pertinente para la actividad de la autoridad policial en lo atinente, puntualmente, a las certificación de firmas y documentos que se expiden en las Comisarías y Subcomisarías;
Que en esos extremos se dictaron el Decreto n° 0327/2002 y su modificatorio n° 2339/2003, en donde se incluyeron algunas excepciones a la limitación de las certificaciones, en atención a la situación socioeconómica de la región, y las necesidades de sectores poblaciones que requerían de tal intervención y no pueden acceder a los costos notariales o judiciales para el trámite;
Que por los mismos motivos, se hace necesario incluir expresamente en dichas excepciones, por su naturaleza, a los trámites de subsidios otorgados por los integrantes de las H. Cámaras Legislativas de la Provincia;
Que sometido a consideración de las reparticiones involucradas, la Jefatura de Policía de la Provincia se expide favorablemente a la gestión, y tanto el Subsecretario de Seguridad Pública como el Ministro de Gobierno, Justicia y Culto, compartiendo el criterio de la autoridad policial, dan el visto bueno al trámite incoado, conforme lo sugerido en el dictamen n° 1627/05 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de dicha Jurisdicción;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Incorpórase como segundo párrafo del inciso r) del artículo 7, correspondiente al Título II - Capítulo I del Reglamento Orgánico de las Comisarías y Subcomisarías (R.O.C.S.) aprobado por Decreto n° 3119/1972 y modificatorio n° 2339/2003, el siguiente texto:
"Quedan incluidas en las atribuciones conferidas por la normativa a las autoridades policiales, las certificaciones de firmas y documentos para los trámites correspondientes a los subsidios que otorgan los integrantes de la H. Cámaras Legislativas de la Provincia."
ARTICULO 2) - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
Dr. ROBERTO ARNALDO ROSUA
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