picture_as_pdf 2006-02-28

MINISTERIO DE EDUCACION

 

SERVICIO PROVINCIAL DE

ENSEÑANZA PRIVADA

 

Decreto Nº 3212/05

“ARTICULO 1º - Déjase sin efecto, con retroactividad al 1 de marzo de 2005, la incorporación otorgada por Decreto Nº 3971/88, modificado por su similar Nº 3671/93, a la Escuela Particular Incorporada Nº 1302 “D’ Ibarre” de Rosario, dependiente del Servicio Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación. ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. Ing. Jorge Alberto Obeid - Adriana E. Cantero de Llanes. Es copia fiel.”

 

Disposición Nº 022/06 Servicio Provincial de Enseñanza Privada

“1º) Tomar nota de la caducidad de la incorporación con aporte estatal del 60% de la Ex Escuela Particular Incorporada Nº 1302 “D’ Ibarre “ de la ciudad de Rosario.

2º) Comunicar y archivar.

Fdo. Lic. María del Carmen Quaglia - Claudia Romano de Sale. Es copia fiel”.

 

Decreto 3213/05

“ARTICULO 1º - Déjase sin efecto, con retroactividad al 1º de marzo de 2005, la incorporación con aporte estatal del 80% otorgada por Decreto Nº 2515/94, a la Escuela Particular  Incorporada Nº 1401 “Vida Nueva” de Villa Constitución - Departamento Constitución.  ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.  Fdo. Ing. Jorge Alberto Obeid - Adriana E. Cantero de Llanes. Es copia fiel”.

 

Disposición 023/06 Servicio Provincial de Enseñanza Privada

“1º) Tomar nota de la caducidad de la incorporación con aporte estatal del 80% de la Ex Escuela Particular Incorporada Nº 1401 “Vida Nueva” de la ciudad de Villa Constitución.

2º) Comunicar y archivar.

Fdo. Lic. María del Carmen Quaglia - Claudia Romano de Sale. Es copia fiel.”

S/C         3181       Feb. 28 Mar. 2

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MINISTERIO DE SALUD

 

RESOLUCION 032 - 25/01/06

 

VISTO:

La propuesta formulada por la Subsecretaría Legal y Técnica tendiente a ordenar y normatizar el procedimiento en lo que refiere a la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos en actuaciones administrativas que tramitan por ante este Ministerio, y sus considerandos.

LA MINISTRO DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1: Déjase sin efecto la Resolución Ministerial 34 de fecha 24 de enero de 2005 y dispónese que la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos tendrá lugar en los casos en los que reglamentariamente corresponda, a cuyo efecto se dará estricto cumplimiento a las normas de Procedimiento contenidas en los Decretos Nros. 10204/58, 132/94 y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Artículo 2°, Establécese que las consultas que pretendan formularse a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no comprendidas en las previsiones del artículo anterior, deberán encauzarse por ante la Subsecretaría Legal y Técnica, la que evaluará si corresponde o resulta necesaria o conveniente la intervención del organismo de asesoramiento, siempre que se produzca tal Intervención y se emita dictamen jurídico, éste será elevado a conocimiento y consideración de dicha Subsecretaría

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dra. SILVIA R. SIMONCINI

Ministra de Salud

S/c          3180       Feb. 28 Mar. 2

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