REGISTRADA BAJO EL Nº 13812
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE
SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Prorrógase en todos sus términos por el plazo de dos (2) años la vigencia de la Ley 13317 y sus modificatorias 13439 y 13590, a favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada.
ARTÍCULO 2 - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIDOS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional
18/DIC/2018
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Dr. PABLO GUSTAVO FARÍAS
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado
27363
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