picture_as_pdf 2018-12-27

REGISTRADA BAJO EL Nº 13812


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE

SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1 - Prorrógase en todos sus términos por el plazo de dos (2) años la vigencia de la Ley 13317 y sus modificatorias 13439 y 13590, a favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada.

ARTÍCULO 2 - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIDOS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

18/DIC/2018


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Dr. PABLO GUSTAVO FARÍAS

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado

27363

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