REGISTRADA BAJO EL Nº 13585
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase Área Natural Protegida a la “Laguna Juan de Garay” (ex “Laguna Bedetti”), ubicada al Sur-Este de la localidad de Santo Tomé, extendiendo su alcance al Arroyo “El Tientuco” hacia el Sur, siendo aplicable a dicho régimen las prescripciones de la Ley N° 12175,
ARTÍCULO 2.- El Área Natural Protegida estará limitada al Norte por el ejido urbano (a la altura de la Calle Colón), al Sur por el Arroyo “El Tientuco”, incluyéndose el mismo dentro del área protegida, al Este por el Río Salado y al Oeste por la trama urbana (a la altura de calle Mitre).
ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo determinará, mediante la reglamentación de la Protegida.
presente ley, la superficie y ubicación exactas del Área Natural Protegida.
ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo dispondrá las partidas presupuestarias correspondientes para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
ANTONIO JUAN BONFATTI
PRESIDENTE
CAMARA DE DIPUTADOS
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
PRESIDENTE
CAMARA DE SENADORES
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CAMARA DE DIPUTADOS
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
SECRETARIO LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
20 DIC 2016
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.
Dr. Pablo Farías
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
18613
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