picture_as_pdf 2013-12-27

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RENE TARDIVO


Por orden del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación, de Rosario, en autos: “RODRIGUEZ, CARLOS ALBERTO s/Propia Quiebra” Expte. 896/10”, el Martillero Público René Tardivo, Matrícula 865, D.N.I. 16.648.048 subastará el día 10 Febrero de 2014 a las 16:30 hs., en la Sala de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos Nº 238 de Rosario, con la base de $ 200.000, retasa 25% $ 150.000 y Ultima Base 20% de la primera $ 40.000, luego se retira de la venta, será comprador el último y mejor postor. El 50% Indiviso del siguiente inmueble que se describe según título: “Un lote de terreno situado en esta ciudad, el que de acuerdo al plano archivado en la Dirección General de Catastro de esta Provincia bajo el N° 95.663 del año 1978, es el designado con el N° Nueve de la manzana letra B y se encuentra ubicado en la esquina que mira al Este y al Sud formada por EL Pasaje Aneaste y la calle Gaboto; es de forma irregular y mide: 21 metros treinta centímetros de frente al Este; 14 metros 96 centímetros de fondo y frente al sud; 23 metros un centímetro en línea inclinada al Oeste y 20 metros 47 centímetros en su lado Norte, formando una superficie total de 377 metros 33 decímetros cuadrados; lindando por el frente al Este con el Pasaje Aneaste; por su otro frente al Sud con calle Gaboto; al Oeste con Farray y Saman y al Norte con el lote 8, todo de acuerdo al plano. Inscripto al T° 417 A F° 124 N° 125.670 Departamento Rosario a nombre de Carlos Alberto Rodríguez (50% indiviso). No se registran Hipoteca. Embargo: Al T° 118 E, F° 2166, N° 334.844 del 12-05-09, Monto $ 20.000, ampliación al T° 17 ME F° 121 N, N° 326.34-1 del 14-04-2010, provisorio 180 días, definitivo 29-10-09, autos Martínez, Vicente c/Rodríguez Carlos s/Daños y Perjuicios, Expte. 803/05 Juzgado Extracontractual 2° Nom. Rosario. Inhibición: 1) Al T° 21 IC, F° 195 N° 398.745 del 23-05-11, Sin Monto, por estos autos y actuados. 2) T° 21 IC, F° 307, N° 361.722 del 3-08-11, sin monto por estos autos y actuados. Quién resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio de su compra en el acto de remate, con más el 3% de comisión, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado; el saldo deberá abonarse dentro de lo cinco días de intimado el comprador al aprobarse la subasta. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A.) (si correspondiere) serán a cargo del adquirente, a partir de la fecha del auto declarativo de quiebra (06-10-10), como así también los gastos de transferencia e inscripciones correspondientes. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Diario El Forense por el término de ley. Autorízase publicidad adicional, consistente en la ubicación de Cartel de publicidad, volantes etc., y la publicación de 1 Aviso en el Diario La Capital de Rosario, el domingo previo a la realización de la subasta. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cuál se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Desígnase los dos días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 13,00 a 15,00 hs., a fin de la exhibición de los inmuebles a los eventuales interesados. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes del acto de subasta. De acuerdo a lo establecido en las comunicaciones “B” 10085 “A” 5147 y “A” 5212 del B.C.R.A., cuando la suma ofertada supere los $ 30.000.- no podrá realizarse en efectivo optando por los medios de pago mencionados ó bien depositando el importe en el Banco Municipal de Rosario, suc. 80- Caja de Abogados, a la orden de éste Juzgado y para la presente causa. Para el pago del saldo de precio deberá adoptarse la misma modalidad. En caso de incumplimiento de la norma vigente, se hace saber de manera expresa que se efectuará la comunicación respectiva por éste Tribunal y/o Martillero interviniente, a la A.F.I.P. Sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta Títulos, informes previos, constatación y demás constancias de ley se encuentran agregados autos para ser revisados por interesados en Secretaría, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta o insuficiencia de ellos. Exhibición: dos días hábiles anteriores a la subasta de 13 a 15 hs. Informes: Tel: 0341-4487443 cel. 155001560- Edictos en el BOLETÍN OFICIAL (Sin Cargo), diario Judicial El Forense y Hall de Tribunales. Rosario, 19 de diciembre de 2013. María Belén Baclini, secretaria.

S/C 219711 Dic. 27 Feb. 5

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