REGISTRADA BAJO EL Nº 13379
LA LEGISLATURA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Contrato de Comodato celebrado el 15 de Junio de 2010, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la entonces Ministra de Educación, Lic. Élida Rasino y la Biblioteca Escolar Popular “Laura Roldan”, representada por su Presidenta, señora Maria Luisa Ittig. La Personería Jurídica y autorización para funcionar a la Biblioteca fueron otorgadas por Resolución Nº 452/98 – Legajo Nº 5719 de la Inspección General de Personas Jurídicas de la Fiscalia de Estado Provincial (Estatutos reformados y modificaciones comprobadas por Resolución Nº 369/07 de dicho organismo), reconocida como Biblioteca Popular e incorporada al registro de Bibliotecas Populares por la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares dependiente de la Secretaria de Cultura de la Nación – Disposición Nº 010/09. Mediante el mencionado contrato el Gobierno de la Provincia entrega en comodato una parte de un inmueble de su propiedad, afectado al Ministerio de Educación, situado en la localidad de Berna, para ser utilizado exclusivamente para el funcionamiento de la Biblioteca Escolar Popular “Laura Roldan” y para el desarrollo de actividades culturales. El contrato fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales – Decreto Nº 1767/84, Dirección de Técnica Legislativa, el 30 de Junio de 2010, al Tomo VIII, Folio 14, bajo el Nº 4020, aprobado por Decreto Nº 1007 del 04 de abril de 2012, y como anexo forma parte de esta ley.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 4239
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 13 DIC 2013
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.379 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Claudia Elisabeht Balagué
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@santafe.gov.ar
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