picture_as_pdf 2011-12-27

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

 

POR

MIGUEL ANGEL GASTIASORO

 

Por disposición del Juzgado de 1ª. Inst. de Distrito en lo C. y C. de 7ª. Nom., de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Norberto Quiroga- Juez; Dra. Liliana Mónica Peruchet- Secretaria, dentro de los caratulados: SCALCIONE FERNANDEZ CARLOS c/DIAZ CLARA Y OTROS s/Apremio, Expte. Nº 386/2.009, de tramite por ante el Juzgado del acápite, se ha dispuesto: Téngase por fijado el día 09/02/2.012, a las 15:00 horas, en la Asociación de Martilleros, (Entre Ríos 238- Rosario), las bases y condiciones para la realización de la subasta ordenada en autos del inmueble cautelado en autos que se describe a continuación: Unidad Nº 2, Parcela/s 00-02, del plano Nº/Año 83.051/1.975: “Inmueble sito en calle Urquiza N° 7.226/7.230 del Dpto., Distrito y Localidad de Rosario, que consiste en Unidad de Propiedad Horizontal de destino vivienda, compuesta de una Superficie de Propiedad Exclusiva de 52,37m2, una Superficie de Propiedad Común de 39,45m2, con un Valor Proporcional de 25%, inscripto su dominio en R.G.P. Rosario al Tomo 369, Folio 185, Nº 161.651, Dpto. Rosario, Prop., H, a nombre del demandado, Mandolini, Roberto Benigno, L.E. Nº 7.624.652: catastrado bajo la partida Nº 1603162904830002-3. Certificados Registrales informan: Que el inmueble cautelado se encuentra a nombre de la persona demandada en un 100% y que registra reinsc., de Embargo al Tomo 117E, Folio 2.089 Nº 335.919, Dominio PH PI Tomo 369, Folio 185, Nº 161.651 a nombre Mandolini, Roberto Benigno L.E. Nº 7624652 por Monto $ 11.033,40 N/R fecha 23/04/2.008, orden Juzgado Dist., 7° Nom., Autos: Citibank N.A. c/Díaz de Mandolini Clara y Otro s/Cobro de Pesos. Observ. Relacionado con otros inmuebles. Consta Ampliación de Monto $ 66.217,52 Anotada en Tomo 17 M.E. 326 N° 374.853 del 10/09/2.010 y al Tomo 119E, Folio 1.553, Nº 328.210, Dominio PH PI Tomo 369, Folio 185, N° 161.651 a nombre Mandolini, Roberto Benigno L.E. N° 7624652 por Monto de $ 18.000, N/R fecha 20/04/2.010 Orden Juzgado Dist., 7º Autos: Scalcione Fernández Carlos c/Díaz Clara y Otros s/Apremio e Inhibición al Tomo 1181, Folio 7.343, N° 370.921 fecha 14/08/2006 a nombre de a nombre Mandolini, Roberto Benigno L.E. N° 7624652 por Monto $ 3.171,32 N/R, Autos: Bid CL c/Mandolina Roberto B s/Prepara Vía Ejecutiva. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra según acta de constatación con las condiciones de subasta consignadas en autos a fs. 68, con la Base del Valor Estimado propuesto a fs., 136 $ 80.000.00, Retasa del 25% $ 60.000,00, de no haber postores por la base ni por el 25% de la retasa, saldrá a la venta por un 20% de la base como última base $ 16.000.00. Deudas Totales que soporta el inmueble $ 538,28, las que “se leerán actualizadas en el acto serán abonadas por Adquirente y en las siguientes condiciones: Aquel que resultare adquirente en la subasta, deberá abonar el 30% del Monto Total de su Compra, como Seña a Cuenta de Precio y Principio de Ejecución, con mas el 3% de Arancel a la Martillera, todo dinero efectivo y/o ch/certificado, cargo Banco de Plaza, a satisfacción y el Saldo de Precio deberá ser depositado en el Banco Municipal de Rosario, (Sucursal Caja Jubilación Abogados), en la cuenta del Juicio y a la orden del Juzgado interviniente, dentro del plazo de cinco días de intimado acerca de la Judicial Aprobación de la Subasta. El mencionado comprador deberá aclarar en el acto de remate si compra para si o por cuenta y orden de tercero a quien deberá identificar con sus datos filiatorios, constituyendo domicilio legal a los efectos del Acta de Remate, siendo obligación de este ultimo comparecer por ante el Juzgado de tramite, con patrocinio de letrado, a ratificar la condición de comprador real, dentro de los cinco días del Acto de Remate, caso contrario alcances y efectos de la subasta recaerán sobre aquel que hubiere resultado adquirente en el Acto. Será obligación del nombrado tomar a su cargo las deudas generadas por el inmueble ya descriptas, los gastos de la Inscripción Marginal del Acta de Remate, en R.G.P., Rosario, sin que implique transferencia dominial, los de toma de posesión y aquellos que se generen en la transferencia dominial. El Martillero Actuante, solicita la autorización del Juzgado interviniente para efectuar los gastos necesarios para la Inscripción Marginal de Subasta, mencionada en el acápite, como asimismo se libre notificación a los ocupantes del inmueble de calle Urquiza N° 7.226, de la ciudad de Rosario, ordenando bajo apercibimientos de ley, se permita el acceso a la vivienda que se subasta al Martillero actuante y/o su colaboradora en autos y ante rebeldía, será solicitado el concurso de la fuerza publica. Exhibición: del inmueble en calle Urquiza Nº 7.226, el día 07/02/2.012, de 10,30 a 11,30 hs. Publíquense edictos en el Hall de Tribunales y BOLETIN OFICIAL por el termino de ley. Hágase saber al martillero interviniente que sin excepción alguna y con el apercibimiento de aplicar sanciones previstas en los arts. 78, inc. b. y 79 ley 7.547, y 223, inc. 3, Ley 10.160, deberá rendir cuentas documentadas de su cometido y depositar el importe recibido por su persona en concepto de precio acompañando boleta de deposito judicial de los importes correspondientes, dentro del término de cinco días sin plazo de gracia. Notifíquese por cédula a los demandados, embargantes y demás acreedores si los hubiere. Fdo. Dr. Marcelo Norberto Quiroga Juez; Dra. Liliana Mónica Peruchet, Secretaria.- 16/12/11.

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