picture_as_pdf 2013-11-27

REGISTRADA BAJO EL Nº 13368


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


Artículo 1 - Amplíase por el término de 90 días, a partir de la promulgación de la presente ley, el plazo para acogerse a los beneficios estipulados en la Ley Provincial N° 9.528, sus modificatorias y ampliatorias.

Artículo 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

Dr. JORGE HENN

Presidente

Cámara de Senadores

LUIS DANIEL RUBEO

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

C.P.N. JORGE RAUL HURANI

Secretario

Cámara de Diputados


DECRETO Nº 3665


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

30 de Octubre de 2013

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13.368 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BONFATTI

Juan Treharne Lewis

10518


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