REGISTRADA BAJO EL Nº 13368
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1 - Amplíase por el término de 90 días, a partir de la promulgación de la presente ley, el plazo para acogerse a los beneficios estipulados en la Ley Provincial N° 9.528, sus modificatorias y ampliatorias.
Artículo 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
Dr. JORGE HENN
Presidente
Cámara de Senadores
LUIS DANIEL RUBEO
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
C.P.N. JORGE RAUL HURANI
Secretario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 3665
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
30 de Octubre de 2013
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13.368 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
BONFATTI
Juan Treharne Lewis
10518
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