REGISTRADA BAJO EL Nº 13572
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Adhiérese La Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 25682, por la cual se adopta, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del Bastón Verde.
El Bastón Verde será considerado un elemento y/o instrumento de apoyo de las personas con baja visión y su cobertura será obligatoria para los efectores del servicio público de salud y para la Obra Social provincial.
ARTÍCULO 2.- La autoridad de aplicación de la presente, será el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo deberá, a través de la autoridad de aplicación, implementar los mecanismos necesarios para difundir acabadamente la presente norma.
ARTÍCULO 4.- Invítase a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 5.- El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones de la presente Ley dentro de los noventa días de promulgada.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 18/OCT/2016
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial.
Dr. PABLO G. FARIAS
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
18221
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